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/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G36/G30/G38/G36/G35 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, viernes 30 de enero de 2004 2003-TR, de fecha 3 de marzo del 2003, en los términos siguientes: Artículo 1º.- Autorízase el viaje de la señora NELLY DORIS MARÍA LOAYZA BARRANTES, Médico Asistente del Servicio de Pediatría del Hospital Nacional Sur Este de la Gerencia de la Red Asistencial Cusco, del Seguro So-cial de Salud - ESSALUD, a la ciudad de Murcia, Reino de España, a partir del 10 de marzo y hasta el 15 de mayo del 2003, para los fines expuestos en la parte considerativa dela presente Resolución. Artículo 2º.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente Resolución serán cubiertos con recursosdel Presupuesto del Seguro Social de Salud - ESSALUD, de acuerdo al siguiente detalle: Viáticos : US$ 4,507.00 Pasajes : US$ 2,053.70 Tarifa CORPAC : US$ 25.00 Regístrese, comuníquese y publíquese. JUAN DE DIOS RAMÍREZ CANCHARI Ministro de Trabajo y Promoción del Empleo 01843 TRANSPORTES Y COMUNICACIONES /G50/G72/G6F/G72/G72/G6F/G67/G61/G6E/G20/G65/G78/G6F/G6E/G65/G72/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G20/G6C/G61/G20/G65/G78/G69/G67/G65/G6E/G63/G69/G61 /G64/G65/G20/G63/G6F/G6E/G74/G61/G72/G20/G63/G6F/G6E/G20/G65/G6C/G20/G43/GF3/G64/G69/G67/G6F/G20/G56/G49/G4E/G20/G63/G6F/G6E/G74/G65/G6E/G69/G64/G61/G65/G6E/G20/G6C/G61/G20/G53/G65/G67/G75/G6E/G64/G61/G20/G44/G69/G73/G70/G6F/G73/G69/G63/G69/GF3/G6E/G20/G43/G6F/G6D/G70/G6C/G65/G6D/G65/G6E/G2D/G74/G61/G72/G69/G61/G20/G64/G65/G6C/G20/G52/G65/G67/G6C/G61/G6D/G65/G6E/G74/G6F/G20/G4E/G61/G63/G69/G6F/G6E/G61/G6C/G20/G64/G65 /G56/G65/G68/GED/G63/G75/G6C/G6F/G73 DECRETO SUPREMO Nº 002-2004-MTC EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICACONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Supremo Nº 058-2003-MTC, se aprobó el Reglamento Nacional de Vehículos, el mismo que tiene como objeto establecer los requisitos y característicastécnicas que deben cumplir los vehículos para que ingre- sen, se registren, transiten, operen y se retiren del sistema nacional de transporte terrestre; Que, la Segunda Disposición Complementaria del cita- do Reglamento dispuso que los vehículos importados usa- dos por el régimen de los CETICOS, para su importación,se encuentran exonerados de contar con el VIN hasta el 31 de enero del 2004; sin embargo, pese a la proximidad de la fecha señalada, todavía no se dan las condiciones para laexigencia de este requisito en vista que un considerable porcentaje de estos vehículos carecen de VIN asignado por su fabricante original, siendo conveniente prorrogar elplazo de exoneración para su exigibilidad Que, por otro lado, mediante el artículo 3º del Decreto Supre- mo Nº 065-2003-MTC, se suspendió, hasta el 31 de enero del2004, la exigencia de la Ficha Técnica de Importación de Vehícu- los Usados a que se refiere el artículo 94º del Reglamento Nacio- nal de Vehículos, siendo conveniente prorrogar dicha suspensiónpor un plazo razonable, habida cuenta que se viene trabajando en la elaboración de una nueva ficha que permita la verificación de las características técnicas del vehículo sin necesidad de des-montarlo o que las Empresas Verificadoras tengan que imple- mentar una planta de inspección técnica; De conformidad con lo dispuesto en el inciso 8) del ar- tículo 118º de la Constitución Política del Perú y la Ley Nº 27181, Ley General de Transporte y Tránsito Terrestre; DECRETA: Artículo 1º.- Prorróguese hasta por un máximo de se- senta (60) días, a computarse a partir del 1 de febrero del 2004, la exoneración de la exigencia de contar con el Códi-go VIN contenida en la Segunda Disposición Com- plementaria del Reglamento Nacional de Vehículos.Artículo 2º.- Prorróguese hasta por un máximo de se- senta (60) días, a computarse desde el 1 de febrero del 2004, la suspensión de la exigibilidad de la Ficha Técnica de Importación de Vehículos Usados dispuesta medianteel artículo 3º del Decreto Supremo Nº 065-2003-MTC. Du- rante el período de prórroga, se seguirá exigiendo, para la nacionalización de tales vehículos, la Declaración Juradadel Importador consignado los Códigos de Identificación Vehicular correspondientes en cada caso y las caracterís- ticas técnicas solicitadas en la Declaración Única de Adua-nas. Artículo 3º.- El presente Decreto Supremo será refren- dado por el Ministro de Transportes y Comunicaciones. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los veinti- nueve días del mes de enero del año dos mil cuatro. ALEJANDRO TOLEDO Presidente Constitucional de la República EDUARDO IRIARTE JIMÉNEZ Ministro de Transportes y Comunicaciones 02008 /G41/G70/G72/G75/G65/G62/G61/G6E/G20/G41/G64/G64/G65/G6E/G64/G61/G20/G61/G6C/G20/G43/G6F/G6E/G76/G65/G6E/G69/G6F/G20/G73/G75/G73/G63/G72/G69/G2D /G74/G6F/G20/G63/G6F/G6E/G20/G65/G6C/G20/G50/G4E/G55/G44/G20/G63/G6F/G6E/G20/G65/G6C/G20/G6F/G62/G6A/G65/G74/G6F/G20/G64/G65/G20/G65/G6A/G65/G63/G75/G2D/G74/G61/G72/G20/G65/G6C/G20/G50/G72/G6F/G67/G72/G61/G6D/G61/G20/G64/G65/G20/G41/G70/G6F/G79/G6F/G20/G61/G20/G6C/G61/G20/G4D/G6F/G64/G65/G72/G6E/G69/G2D/G7A/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G6C/G20/G6D/G69/G6E/G69/G73/G74/G65/G72/G69/G6F RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 001-2004-MTC Lima, 29 de enero de 2004 CONSIDERANDO:Que, por Resolución Suprema Nº 012-2003-MTC, se aprobó el Convenio entre el Ministerio de Transportes yComunicaciones y el Programa de las Naciones Unidas para el Desarrollo - PNUD, con el objetivo de ejecutar el Programa de Apoyo a la Modernización del Ministerio deTransportes y Comunicaciones durante el Ejercicio Fiscal 2003; Que, a fin de culminar la ejecución de las activida- des y proyectos comprendidos en el proceso de modernización del Ministerio de Transportes y Comuni- caciones previstos en el Programa de Apoyo mencio-nado es necesario suscribir una Addenda mediante la cual se extienda la vigencia del citado Convenio, du- rante el Ejercicio Fiscal 2004; Que, el numeral 18.1 del artículo 18º de la Ley Nº 28128, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2004, dispone que los Convenios de Adminis-tración de Recursos, así como sus Addendas, Revisio- nes u otros, que suscriban las entidades del Gobierno Nacional con organismos o instituciones internaciona-les para encargarles la administración de sus recursos, deben aprobarse mediante Resolución Suprema refren- dada por el Ministro del Sector correspondiente, previoInforme de la Oficina de Presupuesto y Planificación, en el que se demuestre las ventajas y beneficios de su concertación, así como la disponibilidad de los recur-sos para su financiamiento; Con la opinión favorable de la Oficina General de Plani- ficación y Presupuesto, a través del Informe Nº 012-2004-MTC/09.03; De conformidad con lo dispuesto en el inciso 24) del artículo 118º de la Constitución Política del Perú, los artí-culos 3º y 37º del Decreto Legislativo Nº 560, Ley del Po- der Ejecutivo y el artículo 18º de la Ley Nº 28128, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2004; Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Aprobar la Addenda al Convenio suscrito entre el Ministerio de Transportes y Comunicaciones y el Programa de las Naciones Unidas para el Desarrollo -PNUD con el objeto de ejecutar el Programa de Apoyo a la Modernización del Ministerio de Transportes y Comunica- ciones, que extiende la vigencia del mismo hasta el 31 dediciembre de 2004.