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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 30 DE ENERO DEL AÑO 2004 (30/01/2004)

CANTIDAD DE PAGINAS: 112

TEXTO PAGINA: 52

/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G36/G30/G38/G38/G32 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, viernes 30 de enero de 2004 conforme a lo dispuesto por el Art. 166º del Reglamento, conjuntamente con todos los actuados (propuestas del postor apelante y del ganador de la Buena Pro y otros docu- mentos) en el proceso de selección de Adjudicación deMenor Cuantía Nº 0886-2003-UNFV - "Adquisición de Pin- tura de Látex color Blanco y Marfil"; 2.- Que, al advertirse la nulidad desde el momento en que el Comité Especial notificó al recurrente para que sub- sanara su recurso interpuesto, devienen en nulos todos los actos posteriores con relación al trámite del mismo, porconsiguiente no corresponde pronunciarse sobre el fondo del Recurso de Apelación hasta que el Comité Especial organice y eleve el expediente completo de la impugnaciónpresentada en el proceso de selección que nos ocupa; Por los fundamentos expuestos y, en mérito a la opi- nión de la Oficina Central de Asesoría Jurídica contenida en Informe Legal Nº 0059-2004-OCAJ-UNFV; y, de confor- midad con lo dispuesto en los Artículos 54º y 55º del TUOde la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado y, Artículos 26º y 171º concordante con el inciso c) del Art. 180º de su Reglamento, aprobados por los Decretos Su-premos Nºs. 012-2001-PCM y 013-2001-PCM, respectiva- mente; y, Estando a lo dispuesto por el señor Rector en Proveído Nº 0111-04-R-UNFV, de fecha 19.1.2004; y, en uso de las facultades conferidas por la Ley Nº 23733 - Ley Universi- taria, el Estatuto y el Reglamento General de la Univer-sidad Nacional Federico Villarreal; SE RESUELVE:Artículo Primero.- DECLARAR de oficio la nulidad del acto administrativo contenido en el Oficio Nº 0372-2004-CEP/OBRAS, de fecha 7.1.2004, que dispone subsanar el Recurso de Apelación interpuesto por don ZAMUDIO HINOSTROZA NICASIO DE JESÚS, en el proceso de se-lección de Adjudicación de Menor Cuantía Nº 0886-2003- UNFV - "Adquisición de Pintura de Látex color Blanco y Marfil", careciendo de objeto pronunciarse sobre el fondode dicho recurso, por las razones expuesta en la parte con- siderativa de la presente resolución. Artículo Segundo.- DISPONER que el Comité Espe- cial a cargo de la Adjudicación de Menor Cuantía Nº 0886- 2003-UNFV - "Adquisición de Pintura de Látex color Blan- co y Marfil", organice y remita el expediente completo refe-rido al Recurso de Apelación de fecha 7.1.2004, presenta- do por don ZAMUDIO HINOSTROZA NICASIO DE JESÚS, de conformidad con el Art. 166º del Reglamento de la Leyde Contrataciones y Adquisiciones del Estado. Artículo Tercero.- DISPONER la publicación de la pre- sente resolución en el Diario Oficial El Peruano, dentro delos cinco (5) días siguientes de su expedición. Artículo Cuarto.- DISPONER que la Oficina de Trámi- te Documentario de la Secretaría General de la Universi-dad notifique la presente resolución al Comité Especial Permanente para los Procesos de Adjudicaciones Direc- tas Públicas, Directas Selectivas y, de Menor Cuantía paraObras conformado mediante Resolución R. Nº 4924-2003- UNFV; así como a don ZAMUDIO HINOSTROZA NICA- SIO DE JESÚS. Artículo Quinto.- El Vicerrectorado Administrativo, la Oficina Central de Logística y Servicios Auxiliares, el Co- mité Especial Permanente para los Procesos de Adjudica-ciones Directas Públicas, Directas Selectivas y, de Menor Cuantía para Obras, dictarán las medidas necesarias para el cumplimiento de la presente resolución. Regístrese, comuníquese y archívese. JOSÉ MARÍA VIAÑA PÉREZ Rector 01871 UNIVERSIDAD NACIONAL FEDERICO VILLARREAL RESOLUCIÓN R. Nº 7662-2004-UNFV San Miguel, 27 de enero de 2004VISTOS, el Recurso de Apelación, con fecha de recep- ción 7.1.2004, interpuesto por don ZAMUDIO HINOSTRO-ZA NICASIO DE JESÚS (en adelante el Impugnante) en el proceso de selección de Adjudicación de Menor Cuantía Nº 0885-2003-UNFV - "Adquisición de Pintura de Látex C/Por- celana"; el Informe Legal Nº 0058-2004-OCAJ-UNFV; y, CONSIDERANDO: 1.- Que, con fecha 19.12.2003 el Comité Especial de la Adjudicación de Menor Cuantía Nº 0885-2003-UNFV - "Adqui- sición de Pintura de Látex C/Porcelana" (en adelante el ComitéEspecial), otorgó la Buena Pro a la empresa CORPORACIÓN PERUANA DE PRODUCT OS QUÍMICOS S.A.; 2.- Que, mediante Oficio Múltiple Nº 002-2003-CEP/O- BRAS, de fecha 22.12.2003, el Comité Especial comunicó el 30.12.2003 el otorgamiento de la Buena Pro a la empre- sa ganadora así como al Impugnante; 3.- Que, con fecha 7.1.2004, el impugnante interpone Recurso de Apelación contra el acto administrativo que descalifica su Propuesta Técnica por no haber presentadofirmadas las especificaciones técnicas de los bienes de su propuesta, en el proceso de selección que nos ocupa; 4.- Que, mediante Oficio Nº 0371-2004-CEP/OBRAS, de fecha 7.1.2004, el Comité Especial comunica al Impug- nante sobre omisiones a los requisitos de admisibilidad advertidos en su Recurso de Apelación, otorgándole unplazo de dos (2) días a partir de la presentación de la ape- lación para que los subsane; 5.- Que, con fecha 8.1.2004, el Impugnante presentó escrito de subsanación, no cumpliendo con acompañar según el Comité Especial, copia del RUC, ni haberse iden- tificado correctamente como persona con negocio; 6.- Que, mediante Oficio Nº 0378-2004-CEP/OBRAS, con fecha de recepción 13.1.2004, el Comité Especial ele- va el Expediente con NT/948, para resolver el Recurso deApelación que nos ocupa; Que, del análisis del expediente del proceso de Adjudicación de Menor Cuantía Nº 0885-2003-UNFV, con NT/948, se desprende: 1.- Que, el TUO de la Ley de Contrataciones y Adqui- siciones del Estado (en adelante la Ley) y su Reglamento, contienen los límites mínimos y máximos que deben obser-var las Entidades del Sector Público, dentro de los criterios de racionalidad y transparencia, en los procesos de contrata- ciones y adquisiciones de bienes, servicios u obras, y regulalas obligaciones y derechos que se derivan de los mismos; 2.- Que, el Art. 4º de la Ley establece: "La presente Ley y su Reglamento prevalecen sobre las normas generalesde procedimientos administrativos y sobre aquellos de de- recho común que fueran aplicables", determinando, de esta manera, la especialidad de la norma, que adicionalmentepor ser de orden público, es de cumplimiento obligatorio; 3.- Que, el Art. 54º de la Ley establece que: "( ...) La ape- lación será conocida por el titular del pliego o la máxima auto-ridad administrativa de la Entidad que convocó al proceso. (...)", y el segundo párrafo del Art. 166º del Reglamento esta- blece que: "El recurso de apelación se presentará al ComitéEspecial, quien lo elevará, para su correspondiente resolu- ción, al Titular del Pliego o a la máxima autoridad administrati- va de la Entidad, según corresponda. Esta competencia esindelegable.", en consecuencia, los Comités Especiales du- rante los procesos de selección se deberán de conducir en estricto cumplimiento de lo dispuesto por la citada normativa,puesto que, los actos administrativos que pudieran dictarse contraviniendo lo antes expuesto devendrían en nulos; 4.- Que, mediante Oficio Nº 0371-2004-CEP/OBRAS, de fecha 7.1.2004, el Comité Especial observó el Recurso de Apelación de fecha 7.1.2004, interpuesto por el Impug- nante por no cumplir con ciertos requisitos de admisibili-dad, otorgándole el plazo de dos (2) días para que subsa- ne, computados a partir de la fecha en que presentó dicho Recurso y fue notificado para la subsanación del mismo; y,con Oficio Nº 0378-2004-CEP/OBRAS, con fecha de re- cepción 13.1.2003, el Comité Especial elevó la apelación que nos ocupa conjuntamente con la subsanación presen-tada por el Impugnante para su resolución; 5.- Que, desde el momento en que Comité Especial dis- puso la subsanación del Recurso de Apelación que nosocupa mediante Oficio Nº 0371-2004-CEP/OBRAS, ha in- currido en vicio de nulidad, contraviniendo el Art. 166º del Reglamento de la Ley; Sin perjuicio de lo expuesto, a ello debe agregarse que el Comité Especial transgredió el Art. 18º del Reglamento de la Ley (... El plazo excluye el día inicial e incluye el día