Norma Legal Oficial del día 30 de enero del año 2004 (30/01/2004)


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TEXTO DE LA PÁGINA 42

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NORMAS LEGALES
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MORDAZA, viernes 30 de enero de 2004
SECRETARIA JUDICIAL TECNICO JUDICIAL AUXILIAR ADMINISTRATIVO I AUXILIAR ADMINISTRATIVO AUXILIAR ADMINISTRATIVO I

implementacion de las recomendaciones de las Comisiones Especiales creadas por las Leyes Nº 27452 y Nº 27586; Que, asimismo, de conformidad con lo dispuesto por el Articulo 20º del Decreto Supremo Nº 014-2002-TR de fecha 28 de setiembre de 2002; los ex servidores cesados en forma irregular se reincorporaran en plazas presupuestadas y vacantes que se generen con posterioridad al 28 de setiembre de 2002; Que, mediante Oficio Circular Nº 015-2003-GPEJ-GG/ PJ, de fecha 21 de agosto de 2003, se establecen los criterios a aplicarse para el MORDAZA de reincorporacion de los ex servidores cesados irregularmente en las respectivas Cortes Superiores de Justicia de la Republica, asimismo, por Oficio Circular Nº 012-2003-SPTP-GPEJ-GG/PJ de fecha 10 de setiembre de 2003 se remite la relacion del personal cesado irregularmente y por coaccion a las distintas Cortes Superiores de Justicia de la Republica; Que, mediante Oficio Nº 4150-2003-PER-A-CSJAR/PJ, recibido con fecha 6 de noviembre de 2003, la Oficina de Administracion de la Corte Superior de Justicia de MORDAZA, remite la relacion del personal cesado irregularmente y por coaccion apto para ser reincorporado, a fin de que sea considerado en las plazas vacantes presupuestadas de dicha Corte Superior de Justicia; Que, mediante Oficio Nº 3507-2003-OA-CSJAY/PJ, recibido con fecha 6 de enero del ano en curso, la Oficina de Administracion de la Corte Superior de Justicia de MORDAZA, remite la relacion del personal cesado irregularmente y por coaccion apto para ser reincorporado, a fin de que sea considerado en las plazas vacantes presupuestadas de dicha Corte Superior de Justicia; Que, mediante Oficio Nº 6278-2003-P-CSJC/PJ, recibido con fecha 10 de diciembre de 2003, la Presidencia de la Corte Superior de Justicia del MORDAZA, solicita la reincorporacion de la senora MORDAZA Conza MORDAZA, en la plaza vacante presupuestada de Secretario Judicial de dicha Corte Superior de Justicia; Que, mediante Oficio Nº914-2003-P-CSJPU-PJ-AL y Resolucion Administrativa Nº 644-2003-P-CSJPU/PJ, recibido con fecha 6 de enero del ano en curso, la Presidencia de la Corte Superior de Justicia de MORDAZA, remite la relacion del personal cesado irregularmente y por coaccion apto para ser reincorporado, a fin de que sea considerado en las plazas vacantes presupuestadas de dicha Corte Superior de Justicia; De conformidad con el Articulo 11º del Reglamento de Organizacion y Funciones de la Gerencia General del Poder Judicial, aprobado mediante Resolucion Administrativa Nº 161-2001-CE/PJ de fecha 5 de diciembre de 2001, y en uso de las facultades conferidas al Gerente General del Poder Judicial; SE RESUELVE: Articulo Primero.- Aprobar a partir de la fecha, la Contratacion sujeto a modalidad bajo los alcances del Decreto Legislativo Nº 728, del personal que se detalla en el Anexo Nº 01, que forma parte integrante de la presente Resolucion. Articulo Segundo.- Encargar a la Gerencia de Personal y Escalafon Judicial, la comunicacion de la decision contenida en el Articulo Primero de la presente Resolucion, al Ministerio de Trabajo y Promocion del Empleo, a las areas administrativas correspondientes, asi como a los interesados. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA R. SUERO MORDAZA Gerente General
Anexo Nº 01 Personal Comprendido en el D.S. Nº 014-2002-TR
Nº APELLIDOS Y NOMBRES CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA SANZ MORDAZA MORDAZA AURELIT CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE MORDAZA MORDAZA ZAGA MORDAZA MORDAZA MORDAZA SAUNE MORDAZA CARGO

MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA GARIBAY CHACALTANA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE MORDAZA CONZA MORDAZA MORDAZA CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MIRAVAL MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA

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SECRETARIA JUDICIAL

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SECRETARIO JUDICIAL SECRETARIA JUDICIAL TECNICO JUDICIAL TECNICO JUDICIAL

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CORTES SUPERIORES DE JUSTICIA
Programan descanso vacacional correspondiente al presente ano judicial e indican funcionamiento de juzgados en el Modulo II de los Juzgados Laborales de MORDAZA
RESOLUCION ADMINISTRATIVA Nº 056-2004-P-CSJL/PJ MORDAZA, veintiocho de enero del 2004 VISTO: El Recurso de Reconsideracion interpuesto por el doctor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Juez del 17º Juzgado Laboral de MORDAZA, en contra de la Resolucion Administrativa Nº 051-2004-P-CSJL/PJ y la solicitud cursada por la doctora MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Juez del Primer Juzgado de Paz Letrado de La Molina; y, CONSIDERANDO: Que, mediante solicitud de vista el doctor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Juez del 17º Juzgado Laboral de MORDAZA, interpone recurso de reconsideracion en contra de la Resolucion Administrativa Nº 051-2004-PCSJL/PJ senalando que no se le ha considerado en la programacion de magistrados que haran uso del descanso vacacional correspondiente al primer periodo senalado por el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, indicando que la momento de su designacion como Juez Titular venia asumiendo una judicatura en condicion de Juez Suplente y que, a la fecha, ya cuenta con el record laboral exigido para gozar del descanso vacacional pertinente; Que, segun se advierte del Informe Nº 001-2004-OP expedido por la Oficina de Personal de la Corte Superior de Justicia de MORDAZA, el recurrente ha venido prestando servicios dentro de este Distrito Judicial desde el 30 de diciembre del ano 1986, manteniendose desde la referida fecha dentro de los alcances del Regimen Laboral del Sector Publico, regulado por el Decreto Legislativo Nº 276, indicandose ademas que al tener continuidad de vacaciones y ademas al no haber variado el regimen laboral le corresponde efectivizar su descanso vacacional en el presente ano judicial, debiendose considerar ademas que ha venido desempenando la funcion de Juez Suplente desde el 5 de MORDAZA de 1996; Que, por lo expuesto y siendo amparable la solicitud planteada, se debera programar las vacaciones correspondientes al doctor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA dentro del Primer Periodo establecido, esto es del 1 de febrero al 1 de marzo, al encontrarse a cargo de un organo jurisdiccional impar; Que, del mismo modo, la doctora MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Juez del 1er. Juzgado de Paz Letrado de La MORDAZA, solicita se disponga la programacion de sus vacaciones para el mes de febrero, sustentando su

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