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/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G36/G30/G38/G36/G39 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, viernes 30 de enero de 2004 y legal favorable para que se le otorgue la autorización co- rrespondiente; De conformidad con el TUO de la Ley de Telecomunica- ciones aprobado por Decreto Supremo Nº 013-93-TCC; suReglamento General aprobado por Decreto Supremo Nº 06-94-TCC con sus modificatorias, el Texto Único de Pro- cedimientos Administrativos del Ministerio aprobado porDecreto Supremo Nº 008-2002-MTC, la Resolución Minis- terial Nº 358-2003-MTC/03, que aprueba las Normas Téc- nicas del Servicio de Radiodifusión; y, Con la opinión favorable del Director General de Ges- tión de Telecomunicaciones; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Otorgar a la CORPORACIÓN ELEC- TRÓNICA PERUANA S.A.C. RADIO INCA DEL PERU, autorización y permiso de instalación por el plazo de diez (10) años, para establecer y operar una estación del servi-cio de radiodifusión sonora comercial en Frecuencia Mo- dulada, en la localidad de Huacho-Huaura, provincia de Huaura, departamento de Lima, conforme a las siguientescaracterísticas técnicas de operación : Banda : FM Frecuencia : 102.9 MHz. Indicativo : OBN - 4L Emisión : 256KF8EPotencia Nominal : 500 W del Transmisor Ubicación de la :Estación - Estudios : Juan Neponuceno Vargas Nº 147, distrito de Chorrillos, provincia y departamento de Lima. - Coordenadas : Longitud Oeste: 77° 01' 26" Geográficas Latitud Sur : 12° 10' 43" - Planta : C erro Los Negritos, distrito de Huacho, provincia de Huaura,departamento de Lima. - Coordenadas : Longitud Oeste: 77° 36' 19" Geográficas Latitud Sur : 11° 07' 38" - Zona de : El área comprendida dentro del Servicio contorno de 66 dBµV/m. El plazo de la autorización y el permiso concedidos se computarán a partir del día siguiente de publicada la pre- sente Resolución en el Diario Oficial El Peruano. Artículo 2º.- La autorización que se otorga en el artí- culo precedente se inicia con un período de instalación y prueba de doce (12) meses, improrrogables, dentro del cual la titular de la autorización está obligada a instalar los equi-pos necesarios y realizar las pruebas de funcionamiento respectivas. Asimismo, y hasta antes de sesenta (60) días calenda- rios previos a la terminación de dicho período, la titular de la autorización deberá solicitar la respectiva inspección técnica a fin que se verifique el estado de las instalacionesy practique las pruebas de funcionamiento respectivas. En caso de incumplimiento de las obligaciones antes mencionadas la autorización otorgada quedará sin efecto. Artículo 3º.- La titular de la autorización está obligada a instalar y operar el servicio de radiodifusión autorizado acorde a las características técnicas indicadas en el artí-culo 1º de la presente Resolución, las cuales sólo podrán ser modificadas previa autorización del Ministerio. Bajo ninguna circunstancia, podrá aumentarse la po- tencia nominal del transmisor consignada en el artículo 1º de la presente resolución. Asimismo la modificación de la frecuencia asignada sólo podrá efectuarse en los casosprevistos en el artículo 196º del Reglamento General de la Ley de Telecomunicaciones. Del mismo modo, los equipos instalados en la estación del servicio autorizado deberán estar debidamente homo- logados por este Ministerio. Artículo 4º.- Dentro de los treinta (30) días de notifica- da la presente resolución, la titular de la autorización efec- tuará el pago correspondiente al canon anual y publicación de la presente resolución, caso contrario la autorizaciónquedará sin efecto de pleno derecho, sin perjuicio de que el Ministerio emita el acto administrativo pertinente.Artículo 5º.- La autorización a que se contrae la pre- sente resolución se sujeta a las disposiciones legales y reglamentarias vigentes que regulan el servicio autoriza- do, debiendo adecuarse a las normas modificatorias ycomplementarias que se expidan. Regístrese, comuníquese y publíquese.JUAN ANTONIO PACHECO ROMANÍ Viceministro de Comunicaciones 01813 RESOLUCIÓN VICEMINISTERIAL Nº 13-2004-MTC/03 Lima, 26 de enero del 2004 VISTO, el Expediente Nº 2002-009773 presentado por don OSCAR CÁRDENAS RENGIFO, sobre otorgamiento de autorización para instalar y operar una estación del ser-vicio de radiodifusión sonora comercial en Frecuencia Mo- dulada (FM), en el distrito de Saposoa, provincia de Hua- llaga, departamento de San Martín; CONSIDERANDO: Que, el artículo 22º del Texto Único Ordenado de la Ley de Telecomunicaciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 013-93-TCC, establece que para la prestación del serviciode radiodifusión se requiere de autorización, permiso y li- cencia, otorgándose la autorización por Resolución del Vi- ceministro de Comunicaciones, según lo previsto en el ar-tículo 144º del Reglamento General de la Ley de Teleco- municaciones; Que, los artículos 48º y 49º del referido Texto Único Ordenado de la Ley de Telecomunicaciones establecen que la autorización es la facultad que otorga el Estado a perso- nas naturales o jurídicas para establecer un servicio detelecomunicaciones; y el permiso es la facultad que otorga el Estado a personas naturales o jurídicas para instalar en un lugar determinado equipos de radiocomunicación; Que, el artículo 161º del Reglamento General de la Ley de Telecomunicaciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 06-94- TCC, y el Texto Único de Procedimientos Administrativos del Mi-nisterio, señalan que para obtener autorización para prestar ser- vicio de radiodifusión se requiere presentar una solicitud, la mis- ma que se debe acompañar con la información y documentaciónque en dichas normas se detallan; Que, el artículo 162º del citado Reglamento General de la Ley de Telecomunicaciones, establece que otorgada la autorizaciónpara prestar servicio de radiodifusión, se inicia un período de ins- talación y prueba que tiene una duración de doce (12) meses; Que, el artículo 193º del Reglamento General de la Ley de Telecomunicaciones, establece que no son modificables las características de instalación y operación autorizadas para el uso o explotación de frecuencias y otros paráme-tros técnicos, si antes no se obtiene la correspondiente aprobación del Ministerio; Que, mediante Informe Nº 203-2003-MTC/17.01.ssr, la Dirección de Concesiones y Autorizaciones de Telecomu- nicaciones, señala que la solicitud presentada por don OSCAR CÁRDENAS RENGIFO, cumple con los requisi-tos técnicos y legales, por lo que resulta procedente otor- gar a la referida persona la autorización y permiso solicita- dos; De conformidad con el Texto Único Ordenado de la Ley de Telecomunicaciones aprobado por Decreto Supremo Nº 013-93-TCC; su Reglamento General aprobado por DecretoSupremo Nº 06-94-TCC con sus modificatorias, el Texto Único de Procedimientos Administrativos del Ministerio aprobado por Decreto Supremo Nº 008-2002-MTC, lasNormas Técnicas del Servicio de Radiodifusión aproba- das por Resolución Ministerial Nº 358-2003-MTC/03; y Con la opinión favorable del Director General de Ges- tión de Telecomunicaciones; SE RESUELVE:Artículo 1º.- Otorgar a don OSCAR CÁRDENAS REN- GIFO, autorización, por el plazo de diez (10) años, para pres-tar el servicio de radiodifusión sonora comercial en Frecuen- cia Modulada (FM), en el distrito de Saposoa, provincia de Huallaga, departamento de San Martín, de acuerdo a las