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/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G36/G30/G38/G39/G31 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, viernes 30 de enero de 2004 Que, mediante Acuerdo Nº 616, de fecha 10 de noviem- bre de 2003, la Comisión Nacional Técnica de Arqueología recomienda a la Dirección Nacional del Instituto Nacional de Cultura declarar Patrimonio Cultural de la Nación al Si-tio Arqueológico Maucallacta, ubicado en el distrito de Umachiri, provincia de Melgar, departamento de Puno; Con las visaciones de la Dirección de Gestión, Direc- ción de Registro y Estudio del Patrimonio Histórico, Direc- ción de Registro y Catastro y la Oficina de Asuntos Jurídi- cos; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 24047, Ley General de Amparo al Patrimonio Cultural de la Na- ción; Decreto Supremo Nº 017-2003-ED, que aprueba elReglamento de Organización y Funciones del Instituto Nacional de Cultura; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Declarar Patrimonio Cultural de la Nación al Sitio Arqueológico Maucallacta, ubicado en el distrito de Umachiri, provincia de Melgar, departamento de Puno. Artículo 2º.- Aprobar los siguientes planos: - Plano Perimétrico de Delimitación del Sitio Arqueo- lógico Maucallacta, Cod. PP-0044-INC-DREPH/DRC-2003-UG, de fecha 14 de octubre del 2003, a escala 1/2000, con un área de 31.74 hectáreas y un perímetro de 2,268.95 metros lineales, ubicado en el distrito de Umachiri, provin-cia de Melgar, departamento de Puno, con su respectiva Ficha Técnica y Memoria Descriptiva. - Plano Topográfico del Sitio Arqueológico Maucallacta, Cod. PTOP-0084-INC-DREPH/DRC-2003-UG, de fecha 17 de octubre del 2003, a escala 1/2000, con un área de 31.74 hectáreas y un perímetro de 2,268.95 metros lineales, ubi-cado en el distrito de Umachiri, provincia de Melgar, depar- tamento de Puno. Artículo 3º.- Disponer la inscripción en Registros Públi- cos y en el Sistema de Información Nacional de los Bienes de Propiedad Estatal (SINABIP) la Condición de Patrimo-nio Cultural de la Nación del Sitio Arqueológico menciona- do en el Artículo 1º de la presente Resolución. Artículo 4º.- Cualquier proyecto de obra nueva, cami- nos, carreteras, canales, denuncios mineros o agropecua- rios, obras habitacionales y otros que pudiese afectar o alterar el paisaje del Sitio Arqueológico declarado -Patri-monio Cultural de la Nación", deberá contar con la aproba- ción del Instituto Nacional de Cultura. Artículo 5º.- Transcríbase la presente Resolución a COFOPRI, Municipalidad Distrital y Provincial, autoridades políticas y civiles correspondientes. Regístrese, comuníquese y publíquese. LUIS GUILLERMO LUMBRERAS SALCEDO Director Nacional 01771 RESOLUCIÓN DIRECTORAL NACIONAL Nº 036/INC Lima, 14 de enero de 2004VISTO, el Acuerdo Nº 613, tomado por la Comisión Nacional Técnica de Arqueología, en su Sesión Nº 38 defecha 10 de noviembre de 2003; y, CONSIDERANDO:Que el Instituto Nacional de Cultura es un Organismo Público Descentralizado dependiente del Ministerio de Edu-cación, con personería jurídica de derecho público interno, responsable de la promoción y desarrollo de las manifes- taciones culturales del país y de la conservación del Patri-monio Cultural de la Nación; Que, el artículo 6º de la Ley Nº 24047, "Ley General de Amparo al Patrimonio Cultural de la Nación", encarga alInstituto Nacional de Cultura la función de proteger y de- clarar el Patrimonio Cultural arqueológico, histórico y artís- tico, así como las manifestaciones culturales, orales y tra-dicionales del país; Que, mediante Acuerdo Nº 613, de fecha 10 de noviem- bre de 2003, la Comisión Nacional Técnica de Arqueologíarecomienda a la Dirección Nacional del Instituto Nacional de Cultura declarar Patrimonio Cultural de la Nación al Si- tio Arqueológico Hallonkora, ubicado en el distrito de Pi- chacani, provincia y departamento de Puno; Con las visaciones de la Dirección de Gestión, Direc- ción de Registro y Estudio del Patrimonio Histórico, Direc- ción de Registro y Catastro y la Oficina de Asuntos Jurídi-cos; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 24047, Ley General de Amparo al Patrimonio Cultural de la Na-ción; Decreto Supremo Nº 017-2003-ED, que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Instituto Nacional de Cultura; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Declarar Patrimonio Cultural de la Nación al Sitio Arqueológico Hallonkora, ubicado en el distrito de Pichacani, provincia y departamento de Puno. Artículo 2º.- Aprobar los siguientes planos: - Plano Perimétrico del Sitio Arqueológico Hallonkora, Cod. PP-0042-INC-DREPH/DRC-2003-UG, de fecha 13 de octubre del 2003, a escala 1/2000, con un área de 37.55 hectáreas y un perímetro de 2,814.36 metros lineales, ubi-cado en el distrito de Pichacani, provincia y departamento de Puno con su respectiva Ficha Técnica y Memoria Des- criptiva. - Plano Topográfico del Sitio Arqueológico Hallonkora, Cod. PTOP-0082-INC-DREPH/DRC-2003-UG de fecha 22 de octubre del 2003, a escala 1/2000, con un área de 37.55hectáreas y un perímetro de 2814.36 metros lineales, ubi- cado en el distrito de Pichacani, provincia de Puno, depar- tamento de Puno. Artículo 3º.- Disponer la inscripción en Registros Públi- cos y en el Sistema de Información Nacional de los Bienesde Propiedad Estatal (SINABIP) la Condición de Patrimo- nio Cultural de la Nación del Sitio Arqueológico menciona- do en el Artículo 1º de la presente Resolución. Artículo 4º.- Cualquier proyecto de obra nueva, cami- nos, carreteras, canales, denuncios mineros o agropecua- rios, obras habitacionales y otros que pudiese afectar oalterar el paisaje del Sitio Arqueológico declarado "Patri- monio Cultural de la Nación", deberá contar con la aproba- ción del Instituto Nacional de Cultura. Artículo 5º.- Transcríbase la presente Resolución a COFOPRI, Municipalidad Distrital y Provincial, autoridades políticas y civiles correspondientes. Regístrese, comuníquese y publíquese. LUIS GUILLERMO LUMBRERAS SALCEDO Director Nacional 01774 RESOLUCIÓN DIRECTORAL NACIONAL Nº 037/INC Lima, 14 de enero de 2004 VISTO, el Acuerdo Nº 605, tomado por la Comisión Nacional Técnica de Arqueología, en su Sesión Nº 37 de fecha 5 de noviembre de 2003; y, CONSIDERANDO: Que el Instituto Nacional de Cultura es un Organismo Público Descentralizado dependiente del Ministerio de Edu- cación, con personería jurídica de derecho público interno, responsable de la promoción y desarrollo de las manifes-taciones culturales del país y de la conservación del Patri- monio Cultural de la Nación; Que, el artículo 6º de la Ley Nº 24047, "Ley General de Amparo al Patrimonio Cultural de la Nación", encarga al Instituto Nacional de Cultura la función de proteger y de- clarar el Patrimonio Cultural arqueológico, histórico y artís-tico, así como las manifestaciones culturales, orales y tra- dicionales del país; Que, mediante Acuerdo Nº 605, de fecha 5 de noviem- bre de 2003, la Comisión Nacional Técnica de Arqueología recomienda a la Dirección Nacional del Instituto Nacional de Cultura declarar Patrimonio Cultural de la Nación al Si-