Norma Legal Oficial del día 30 de enero del año 2004 (30/01/2004)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 71

MORDAZA, viernes 30 de enero de 2004 CONSIDERANDO:

NORMAS LEGALES

Pag. 260901

Que, a traves de la Ley Nº 27755, se creo el Registro de Predios a cargo de la Superintendencia Nacional de los Registros Publicos, e incorpora el Registro Predial MORDAZA a la SUNARP como organo desconcentrado de competencia nacional, con autonomia registral, economica y administrativa; Que, mediante Decreto Supremo Nº 005-2001-JUS, se crearon las Comisiones Provinciales de Formalizacion de la Propiedad Informal, encargadas de planificar, organizar, coordinar y ejecutar las labores propias del MORDAZA de Formalizacion de la Propiedad Informal a nivel nacional; Que, conforme al articulo 3º del Decreto Supremo senalado en el parrafo precedente, las Comisiones Provinciales de Formalizacion de la Propiedad Informal, estaran integradas por representantes de la Municipalidad Provincial, de la Comision de Formalizacion de la Propiedad Informal - COFOPRI, de la Superintendencia Nacional de Registros Publicos - SUNARP y del Registro Predial MORDAZA - RPU, entre otros; Que, mediante Oficio Nº 036-2004-SUNARP/ZR.IV.JZ el Jefe de la MORDAZA Registral Nº IV - Sede Iquitos, solicita se le designe como representante de la SUNARP ante la Comision Provincial de Formalizacion de la Propiedad Informal de la provincia de Mariscal MORDAZA MORDAZA, departamento de Loreto; De conformidad con el Decreto Supremo Nº 005-2001JUS, que crea las Comisiones Provinciales de Formalizacion de la Propiedad Informal y el literal v) del articulo 7º del Estatuto de la SUNARP, aprobados por Resolucion Suprema Nº 135-2002-JUS; SE RESUELVE: Articulo Primero.- Designar como representante de la Superintendencia Nacional de los Registros Publicos ante la Comision Provincial de Formalizacion de la Propiedad Informal de la provincia de Mariscal MORDAZA MORDAZA - departamento de MORDAZA, al senor abogado MORDAZA MORDAZA Casana Meza. Articulo Segundo.- Comunicar la presente Resolucion a la Municipalidad Provincial de Mariscal MORDAZA, al Registro Predial MORDAZA y a la Comision de Formalizacion de la Propiedad Informal - COFOPRI, para los fines de ley. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA UGAZ Superintendente Nacional de los Registros Publicos 01687

Declaran en situacion de urgencia la contratacion de servicios de seguridad y vigilancia y de seguros patrimoniales, vehiculares y personales para la MORDAZA Registral Nº V - Sede MORDAZA
RESOLUCION DEL SUPERINTENDENTE NACIONAL DE LOS REGISTROS PUBLICOS Nº 027-2004-SUNARP/SN MORDAZA, 27 de enero de 2004 Visto, el Oficio Nº 054-2004-SUNARP-Z.R.NºV/JEF, del Jefe de la MORDAZA Registral Nº V - Sede MORDAZA, solicitando la aprobacion de la exoneracion por situacion de urgencia para la contratacion del servicio de seguridad y vigilancia en las Oficinas Registrales de dicha dependencia; y, CONSIDERANDO: Que, de conformidad con la Ley Nº 26366, Ley del Sistema Nacional de los Registros Publicos, la Superintendencia Nacional de los Registros Publicos - SUNARP, es un organismo descentralizado MORDAZA del Sector Justicia y ente rector del Sistema Nacional de los Registros Publicos, con patrimonio propio y autonomia funcional, juridico registral, tecnica, economica, financiera y administrativa;

Que, segun lo estipulado por el articulo 29º del Estatuto de la SUNARP, aprobado mediante Resolucion Suprema Nº 135-2002-JUS, las Zonas Registrales son organos desconcentrados de la SUNARP que gozan de autonomia registral, administrativa y economica dentro de los limites establecidos en la Ley; Que, conforme a lo dispuesto en el inciso c) del articulo 19º del Texto Unico Ordenado (TUO) de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 012-2001-PCM, estan exonerados de los procesos de seleccion el Concurso Publico o Adjudicacion Directa, segun sea el caso, las contrataciones de servicios que se realicen en situacion de urgencia declarada conforme a Ley; Que, para tales efectos, de conformidad con el articulo 21º del TUO, se considera situacion de urgencia cuando la ausencia extraordinaria e imprevisible de determinado bien o servicio compromete en forma directa e inminente la continuidad de los servicios esenciales o de operaciones productivas que la entidad tiene a su cargo. Esto presupone la existencia de un servicio que venia siendo realizado por la entidad, y que subitamente se paraliza ante la ocurrencia de hechos no previstos; Que, de acuerdo con el Informe Tecnico Nº 001-2004ZRNºV/GAF, suscrito por el Gerente de Administracion y Finanzas de la MORDAZA Registral Nº V - Sede MORDAZA, el vencimiento del contrato por el antedicho servicio se ha producido el 31 de diciembre del ano 2003; Que, del mismo modo fluye del acotado Informe Tecnico que de conformidad con lo estipulado por el articulo 141º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 013-2001-PCM, (en adelante el Reglamento) se aprobo la contratacion complementaria del servicio de seguridad y vigilancia de hasta el treinta por ciento (30%) adicional al monto del contrato original, la misma que vence el 31 de enero del 2004; Que, por otro lado, segun lo previsto por el ultimo parrafo del articulo 7º del Reglamento del TUO, las Entidades solo pueden convocar y efectuar licitaciones publicas, concursos publicos y adjudicaciones directas publicas y selectivas que se encuentran programadas e incluidas en el Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones; dicho documento de gestion, acorde con lo estipulado en el numeral 1 del citado articulo sera aprobado por el Titular del Pliego o la MORDAZA autoridad administrativa dentro de los treinta (30) dias naturales siguientes de aprobado el presupuesto institucional, en concordancia con el monto asignado conforme a las normas presupuestales de la Republica, dicha aprobacion puede ser delegada; Que, en esa medida, en ejercicio de la facultad delegada a los Jefes de los Organos Desconcentrados de la SUNARP, mediante Resolucion Jefatural Nº 008-2004ZRNºV/JEF, de fecha 13 de enero del 2004, se aprobo el Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones de la MORDAZA Registral Nº V - Sede MORDAZA, donde se ha previsto la contratacion del servicio de seguridad y vigilancia como un procedimiento de Adjudicacion Directa Publica con un valor referencial ascendente a S/. 187,750.00 (Ciento Ochentisiete Mil Setecientos Cincuenta y 00/100 Nuevos Soles); Que, del Informe Nº 001-2004-ZRNºV/GAF, se aprecia que en la actualidad los servicios MORDAZA aludidos vienen siendo atendidos ininterrumpidamente, los mismos que por su naturaleza no pueden dejar de prestarse adecuadamente o suspenderse; sin embargo, teniendo en cuenta que la Entidad recien puede efectuar la convocatoria de la Adjudicacion Directa Publica una vez que el Plan Anual este aprobado y no obstante que se han cumplido con los plazos senalados en el Reglamento el indicado MORDAZA de seleccion se encuentra en tramite y por ende no se puede efectuar una proyeccion sobre la fecha en que el mismo culminara originandose el peligro que el servicio de seguridad y vigilancia, del cual depende la seguridad y proteccion de las Oficinas Registrales y por ende la normal operatividad y gestion administrativa de dicha Sede, se vea interrumpido; por lo que resulta procedente su contratacion, del modo mas expeditivo posible y de acuerdo a la normativa sobre contrataciones y adquisiciones publicas; Que, lo acotado precedentemente impide que la MORDAZA Registral Nº Vº pueda contar con los mencionados servicios de manera regular, por lo tanto se configura el apremio concreto e inmediato que genera la necesidad de adoptar acciones rapidas para contratar lo indispensable hasta que el otorgamiento de la Buena Pro quede consentido o

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.