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/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G36/G30/G38/G39/G37 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, viernes 30 de enero de 2004 ción; Decreto Supremo Nº 017-2003-ED, que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Instituto Nacional de Cultura; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Declarar Patrimonio Cultural de la Nación al Sitio Arqueológico Buena Vista/La Pampa, ubicado en el distrito de La Pampa, provincia de Corongo, departamento de Ancash. Artículo 2º.- Aprobar el Plano Perimétrico de Delimi- tación del Sitio Arqueológico Buena Vista/La Pampa, Nº 001, de fecha abril del 2003, con un área de 33.53 hectá-reas y un perímetro de 3,273.292 metros lineales, a escala 1/2000, ubicado en el distrito de La Pampa, provincia de Corongo, departamento de Ancash, con su respectiva Fi-cha Técnica y Memoria Descriptiva. Artículo 3º.- Disponer la inscripción en Registros Públi- cos y en el Sistema de Información Nacional de los Bienesde Propiedad Estatal (SINABIP) la Condición de Patrimo- nio Cultural de la Nación del Sitio Arqueológico menciona- do en el artículo 1º de la presente Resolución. Artículo 4º.- Cualquier proyecto de obra nueva, cami- nos, carreteras, canales, denuncios mineros o agropecua- rios, obras habitacionales y otros que pudiese afectar oalterar el paisaje del Sitio Arqueológico declarado "Patri- monio Cultural de la Nación", deberá contar con la aproba- ción del Instituto Nacional de Cultura. Artículo 5º.- Transcríbase la presente Resolución a COFOPRI, Municipalidad Distrital y Provincial, autoridades políticas y civiles correspondientes. Regístrese, comuníquese y publíquese. LUIS GUILLERMO LUMBRERAS SALCEDO Director Nacional 01764 RESOLUCIÓN DIRECTORAL NACIONAL Nº 027/INC Lima, 14 de enero de 2004 VISTO, el Acuerdo Nº 650, tomado por la Comisión Nacional Técnica de Arqueología, en su Sesión Nº 39 de fecha 1 de diciembre de 2003; y, CONSIDERANDO: Que el Instituto Nacional de Cultura es un Organismo Público Descentralizado dependiente del Ministerio de Edu- cación, con personería jurídica de derecho público interno, responsable de la promoción y desarrollo de las manifes-taciones culturales del país y de la conservación del Patri- monio Cultural de la Nación; Que, el artículo 6º de la Ley Nº 24047, "Ley General de Amparo al Patrimonio Cultural de la Nación", encarga al Instituto Nacional de Cultura la función de proteger y de- clarar el Patrimonio Cultural arqueológico, histórico y artís-tico, así como las manifestaciones culturales, orales y tra- dicionales del país; Que, mediante Acuerdo Nº 650, de fecha 1 de diciem- bre de 2003, la Comisión Nacional Técnica de Arqueología recomienda a la Dirección Nacional del Instituto Nacional de Cultura declarar Patrimonio Cultural de la Nación al Si-tio Arqueológico Waricoto, ubicado en el distrito de Marca- rá, provincia de Yungay, departamento de Ancash; Con las visaciones de la Dirección de Gestión, Dirección de Registro y Estudio del Patrimonio Histórico, Dirección de Registro y Catastro y la Oficina de Asuntos Jurídicos; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 24047, Ley General de Amparo al Patrimonio Cultural de la Na- ción; Decreto Supremo Nº 017-2003-ED, que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del InstitutoNacional de Cultura; SE RESUELVE:Artículo 1º.- Declarar Patrimonio Cultural de la Nación al Sitio Arqueológico Waricoto, ubicado en el distrito deMarcará, provincia de Yungay, departamento de Ancash. Artículo 2º.- Aprobar el Plano Perimétrico de Delimi- tación del Sitio Arqueológico Waricoto, Nº 001, de fechaabril del 2003, con un área de 1.13 hectáreas y un períme- tro de 542.418, a escala 1/500, ubicado en el distrito de Marcará, provincia de Yungay, departamento de Ancash, con su respectiva Ficha Técnica y Memoria Descriptiva. Artículo 3º.- Disponer la inscripción en Registros Públi- cos y en el Sistema de Información Nacional de los Bienes de Propiedad Estatal (SINABIP) la Condición de Patrimo-nio Cultural de la Nación del Sitio Arqueológico menciona- do en el artículo 1º de la presente Resolución. Artículo 4º.- Cualquier proyecto de obra nueva, cami- nos, carreteras, canales, denuncios mineros o agropecua- rios, obras habitacionales y otros que pudiese afectar o alterar el paisaje del Sitio Arqueológico declarado "Patri-monio Cultural de la Nación", deberá contar con la aproba- ción del Instituto Nacional de Cultura. Artículo 5º.- Transcríbase la presente Resolución a COFOPRI, Municipalidad Distrital y Provincial, autoridades políticas y civiles correspondientes. Regístrese, comuníquese y publíquese. LUIS GUILLERMO LUMBRERAS SALCEDO Director Nacional 01765 RESOLUCIÓN DIRECTORAL NACIONAL Nº 028/INC Lima, 14 de enero de 2004VISTO, el Acuerdo Nº 649, tomado por la Comisión Nacional Técnica de Arqueología, en su Sesión Nº 39 defecha 1 de diciembre de 2003; y, CONSIDERANDO:Que el Instituto Nacional de Cultura es un Organismo Público Descentralizado dependiente del Ministerio de Edu-cación, con personería jurídica de derecho público interno, responsable de la promoción y desarrollo de las manifes- taciones culturales del país y de la conservación del Patri-monio Cultural de la Nación; Que, el artículo 6º de la Ley Nº 24047, "Ley General de Amparo al Patrimonio Cultural de la Nación", encarga alInstituto Nacional de Cultura la función de proteger y de- clarar el Patrimonio Cultural arqueológico, histórico y artís- tico, así como las manifestaciones culturales, orales y tra-dicionales del país; Que, mediante Acuerdo Nº 649, de fecha 1 de diciem- bre de 2003, la Comisión Nacional Técnica de Arqueologíarecomienda a la Dirección Nacional del Instituto Nacional de Cultura declarar Patrimonio Cultural de la Nación al Si- tio Arqueológico Marca Marca, ubicado en el distrito deAlfonso Ugarte, provincia de Sihuas, departamento de An- cash; Con las visaciones de la Dirección de Gestión, Direc- ción de Registro y Estudio del Patrimonio Histórico, Direc- ción de Registro y Catastro y la Oficina de Asuntos Jurídi- cos; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 24047, Ley General de Amparo al Patrimonio Cultural de la Na- ción; Decreto Supremo Nº 017-2003-ED, que aprueba elReglamento de Organización y Funciones del Instituto Nacional de Cultura; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Declarar Patrimonio Cultural de la Nación al Sitio Arqueológico Marca Marca, ubicado en el distrito de Alfonso Ugarte, provincia de Sihuas, departamento de Ancash. Artículo 2º.- Aprobar el Plano Perimétrico de Delimi- tación del Sitio Arqueológico Marca Marca, Nº 001, de fe- cha marzo del 2003, con un área de 17.01 hectáreas y unperímetro de 1,739.509 metros lineales, a escala 1/1000, ubicado en el distrito de Alfonso Ugarte, provincia de Si- huas, departamento de Ancash, con su respectiva FichaTécnica y Memoria Descriptiva. Artículo 3º.- Disponer la inscripción en Registros Públi- cos y en el Sistema de Información Nacional de los Bienesde Propiedad Estatal (SINABIP) la Condición de Patrimo- nio Cultural de la Nación del Sitio Arqueológico menciona- do en el artículo 1º de la presente Resolución.