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/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G36/G30/G38/G39/G35 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, viernes 30 de enero de 2004 VISTO, el Acuerdo Nº 496 tomado por la Comisión Na- cional Técnica de Arqueología en su Sesión Nº 31 de fe- cha 22 de setiembre de 2003; y, CONSIDERANDO:Que el Instituto Nacional de Cultura es un Organismo Público Descentralizado dependiente del Ministerio de Edu- cación, con personería jurídica de derecho público interno, responsable de la promoción y desarrollo de las manifes- taciones culturales del país y de la conservación del Patri- monio Cultural de la Nación; Que, el artículo 6º de la Ley Nº 24047, "Ley General de Amparo al Patrimonio Cultural de la Nación", encarga al Instituto Nacional de Cultura la función de proteger y de- clarar Patrimonio Cultural arqueológico, histórico y artísti- co, así como las manifestaciones culturales, orales y tradi- cionales del país; Que, mediante Acuerdo Nº 496, de fecha 22 de setiem- bre de 2003, la Comisión Nacional Técnica de Arqueología recomienda a la Dirección Nacional del Instituto Nacional de Cultura declarar Patrimonio Cultural de la Nación al Si- tio Arqueológico Gachgar, ubicado en el distrito de Santa Ana de Tusi, provincia de Daniel Alcides Carrión, departa- mento de Pasco; Con las visaciones de la Dirección de Gestión, Direc- ción de Registro y Estudio del Patrimonio Histórico, Direc- ción de Registro y Catastro y la Oficina de Asuntos Jurídi- cos; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 24047, Ley General de Amparo al Patrimonio Cultural de la Na- ción; Decreto Supremo Nº 017-2003-ED, que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Instituto Nacional de Cultura y la Resolución Directoral Nacional Nº 350/INC de fecha 26 de mayo de 2003 que establece las funciones de la Dirección de Registro y Estudio del Patri- monio Histórico; SE RESUELVE:Artículo 1º.- Declarar Patrimonio Cultural de la Nación al Sitio Arqueológico Gachgar, ubicado en el distrito de Santa Ana de Tusi, provincia de Daniel Alcides Carrión, departamento de Pasco. Artículo 2º.- Aprobar el Plano Perimétrico del Sitio Ar- queológico Gachgar, Cód. PP-0025-INC-DREPH/DRC- 2003-UG de fecha 7 de agosto de 2003, a escala 1/1500, con un área de 16.20 hectáreas y un perímetro de 1,632.20 metros lineales, ubicado en el distrito de Santa Ana de Tuc- si, provincia de Daniel Alcides Carrión, departamento de Pasco, con su respectiva Ficha Técnica y Memoria Des- criptiva. Artículo 3º.- Disponer la inscripción en Registros Públicos y en el Sistema de Información Nacional de los Bienes de Propiedad Estatal (SINABIP) la Condi- ción de Patrimonio Cultural de la Nación del Sitio Arqueológico mencionado en el Artículo 1º de la pre- sente Resolución. Artículo 4º.- Cualquier proyecto de obra nueva, ca- minos, carreteras, canales, denuncios mineros o agro- pecuarios, obras habitacionales y otros que pudiese afectar o alterar el paisaje del Sitio Arqueológico decla- rado "Patrimonio Cultural de la Nación", deberá contar con la aprobación del Instituto Nacional de Cultura. Artículo 5º.- Transcríbase la presente Resolución a COFOPRI, Municipalidad Distrital y Provincial, autoridades políticas y civiles correspondientes. Regístrese, comuníquese y publíquese.LUIS GUILLERMO LUMBRERAS SALCEDO Director Nacional 01759 RESOLUCIÓN DIRECTORAL NACIONAL Nº 881/INC Lima, 4 de diciembre de 2003VISTO, el Acuerdo Nº 498, tomado por la Comisión Nacional Técnica de Arqueología, en su Sesión Nº 31 de fecha 22 de setiembre del 2003; y,CONSIDERANDO: Que el Instituto Nacional de Cultura es un Organismo Público Descentralizado dependiente del Ministerio de Edu-cación, con personería jurídica de derecho público interno, responsable de la promoción y desarrollo de las manifes- taciones culturales del país y de la conservación del Patri-monio Cultural de la Nación; Que, el artículo 6º de la Ley Nº 24047, "Ley General de Amparo al Patrimonio Cultural de la Nación", encarga alInstituto Nacional de Cultura la función de proteger y de- clarar el Patrimonio Cultural arqueológico, histórico y artís- tico, así como las manifestaciones culturales, orales y tra-dicionales del país; Que, mediante Acuerdo Nº 498, de fecha 22 de setiem- bre de 2003, la Comisión Nacional Técnica de Arqueologíarecomienda a la Dirección Nacional del Instituto Nacional de Cultura declarar Patrimonio Cultural de la Nación al Si- tio Arqueológico Pukara, ubicado en el distrito de Santiagode Lucanamarca, provincia de Huancasancos, departamen- to de Ayacucho; Con las visaciones de la Dirección de Gestión, Direc- ción de Registro y Estudio del Patrimonio Histórico, Direc- ción de Registro y Catastro y la Oficina de Asuntos Jurídi- cos; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 24047, Ley General de Amparo al Patrimonio Cultural de la Na- ción; Decreto Supremo Nº 017-2003-ED, que aprueba elReglamento de Organización y Funciones del Instituto Nacional de Cultura y la Resolución Directoral Nacional Nº 350/INC de fecha 26 de mayo de 2003 que establece lasfunciones de la Dirección de Registro y Estudio del Patri- monio Histórico; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Declarar Patrimonio Cultural de la Nación al Sitio Arqueológico Pukara, ubicado en el distrito de San- tiago de Lucanamarca, provincia de Huancasancos, depar- tamento de Ayacucho. Artículo 2º.- Aprobar el Plano Perimétrico del Sitio Ar- queológico Pukara, Cod. PP-0030-INC-DREPH/DRC-2003- UG de fecha 26 de agosto de 2003, a escala 1/2500, conun área de 56.61 hectáreas y un perímetro de 3464.93 metros lineales, ubicado en el distrito de Santiago de Lu- canamarca, provincia de Huancasancos, departamento deAyacucho, con su respectiva Ficha Técnica y Memoria Descriptiva. Artículo 3º.- Disponer la inscripción en Registros Públi- cos y en el Sistema de Información Nacional de los Bienes de Propiedad Estatal (SINABIP) la Condición de Patrimo- nio Cultural de la Nación del Sitio Arqueológico menciona-do en el Artículo 1º de la presente Resolución. Artículo 4º.- Cualquier proyecto de obra nueva, cami- nos, carreteras, canales, denuncios mineros o agropecua-rios, obras habitacionales y otros que pudiese afectar o alterar el paisaje del Sitio Arqueológico declarado "Patri- monio Cultural de la Nación", deberá contar con la aproba-ción del Instituto Nacional de Cultura. Artículo 5º.- Transcríbase la presente Resolución a COFOPRI, Municipalidad Distrital y Provincial, autoridadespolíticas y civiles correspondientes. Regístrese, comuníquese y publíquese.LUIS GUILLERMO LUMBRERAS SALCEDO Director Nacional 01760 RESOLUCIÓN DIRECTORAL NACIONAL Nº 024/INC Lima, 14 de enero de 2004 VISTO, el Acuerdo Nº 653, tomado por la Comisión Nacional Técnica de Arqueología, en su Sesión Nº 39 de fecha 1 de diciembre de 2003; y, CONSIDERANDO: Que el Instituto Nacional de Cultura es un Organismo Público Descentralizado dependiente del Ministerio de Edu- cación, con personería jurídica de derecho público interno,