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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 30 DE ENERO DEL AÑO 2004 (30/01/2004)

CANTIDAD DE PAGINAS: 112

TEXTO PAGINA: 59

/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G36/G30/G38/G38/G39 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, viernes 30 de enero de 2004 INSTITUTO NACIONAL DE CULTURA /G52/G65/G63/G74/G69/G66/G69/G63/G61/G6E/G20/G72/G65/G73/G6F/G6C/G75/G63/G69/GF3/G6E/G20/G71/G75/G65/G20/G64/G65/G63/G6C/G61/G72/G61/G20/G70/G61/G74/G72/G69/G2D /G6D/G6F/G6E/G69/G6F/G20/G63/G75/G6C/G74/G75/G72/G61/G6C/G20/G64/G65/G20/G6C/G61/G20/G6E/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G61/G6C/G20/G53/G69/G74/G69/G6F/G20/G41/G72/G2D/G71/G75/G65/G6F/G6C/GF3/G67/G69/G63/G6F/G20/G50/G75/G6B/G61/G72/G61 RESOLUCIÓN DIRECTORAL NACIONAL Nº 019/INC Lima, 14 de enero de 2004 CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Directoral Nacional Nº 872/ INC de fecha 4 de diciembre del 2003 se declara Patrimo- nio Cultural de la Nación al Sitio Arqueológico Gachgar,ubicado en el distrito de Santa Ana de Tusi, provincia de Daniel Alcides Carrión, departamento de Pasco; Que, mediante Resolución Directoral Nacional Nº 881/ INC de fecha 4 de diciembre de 2003 se declara Patrimo- nio Cultural de la Nación al Sitio Arqueológico Pukara, ubi- cado en el distrito de Santiago de Lucanamarca, provinciade Huancasancos, departamento de Ayacucho; Que, en las Resoluciones antes mencionadas se ha incurrido en errores de carácter material, los cuales sonnecesarios rectificar; Que, el inciso 1 del artículo 201º de la Ley Nº 27444 - Ley del Procedimiento Administrativo General, estableceque los errores material o aritmético en los actos adminis- trativos pueden ser rectificados con efecto retroactivo, en cualquier momento, de oficio o a instancia de los adminis-trados, siempre que no se altere lo sustancial de su conte- nido ni el sentido de la decisión; Estando a lo visado por la Oficina de Asuntos Jurídicos;De conformidad con lo dispuesto por el Decreto Supre- mo Nº 017-2003-ED - Reglamento de Organización y Funciones del Instituto Nacional de Cultura y la Ley Nº27444 "Ley del Procedimiento Administrativo General"; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Rectificar el artículo 1º de la Resolución Directoral Nacional Nº 881/INC de fecha 4 de diciembre del 2003, el mismo que quedará redactado de la siguiente manera: "Artículo 1º.- Declarar Patrimonio Cultural de la Nación al Sitio Arqueológico Pukara, ubicado en el distrito de San-tiago de Lucanamarca, provincia de Huancasancos, depar- tamento de Ayacucho". Artículo 2º.- Rectificar el artículo 2º de la Resolución Directoral Nacional Nº 872/INC de fecha 4 de diciembre del 2003, el mismo que quedará redactado de la siguientemanera: "Artículo 2º.- Aprobar el Plano Perimétrico del Sitio Ar- queológico Gachgar, Cod. PP-0025-INC-DREPH/DRC-2003- UG de fecha 7 de agosto de 2003, a escala 1/1500, con un área de 16.20 hectáreas y un perímetro de 1,632.20 metroslineales, ubicado en el distrito de Santa Ana de Tusi, provincia de Daniel Alcides Carrión, departamento de Pasco, con su respectiva Ficha Técnica y Memoria Descriptiva". Regístrese, comuníquese y publíquese. LUIS GUILLERMO LUMBRERAS SALCEDO Director Nacional 01761 /G44/G65/G63/G6C/G61/G72/G61/G6E/G20/G50/G61/G74/G72/G69/G6D/G6F/G6E/G69/G6F/G20/G43/G75/G6C/G74/G75/G72/G61/G6C/G20/G64/G65/G20/G6C/G61/G20/G4E/G61/G2D /G63/G69/GF3/G6E/G20/G61/G20/G73/G69/G74/G69/G6F/G73/G20/G61/G72/G71/G75/G65/G6F/G6C/GF3/G67/G69/G63/G6F/G73/G20/G75/G62/G69/G63/G61/G64/G6F/G73/G20/G65/G6E/G6C/G6F/G73/G20/G64/G65/G70/G61/G72/G74/G61/G6D/G65/G6E/G74/G6F/G73/G20/G64/G65/G20/G41/G6E/G63/G61/G73/G68/G2C/G20/G4C/G6F/G72/G65/G74/G6F/G2C /G50/G75/G6E/G6F/G2C/G20/G4A/G75/G6E/GED/G6E/G20/G79/G20/G41/G79/G61/G63/G75/G63/G68/G6F RESOLUCIÓN DIRECTORAL NACIONAL Nº 030/INC Lima, 14 de enero de 2004VISTO, el Acuerdo Nº 647, tomado por la Comisión Nacional Técnica de Arqueología, en su Sesión Nº 39 de fecha 1 de diciembre de 2003; y, CONSIDERANDO: Que el Instituto Nacional de Cultura es un Organismo Público Descentralizado dependiente del Ministerio de Edu- cación, con personería jurídica de derecho público interno, responsable de la promoción y desarrollo de las manifes-taciones culturales del país y de la conservación del Patri- monio Cultural de la Nación; Que, el artículo 6º de la Ley Nº 24047, "Ley General de Amparo al Patrimonio Cultural de la Nación", encarga al Instituto Nacional de Cultura la función de proteger y de- clarar el Patrimonio Cultural arqueológico, histórico y artís-tico, así como las manifestaciones culturales, orales y tra- dicionales del país; Que, mediante Acuerdo Nº 647, de fecha 1 de diciem- bre de 2003, la Comisión Nacional Técnica de Arqueología recomienda a la Dirección Nacional del Instituto Nacional de Cultura declarar Patrimonio Cultural de la Nación al Si-tio Arqueológico Piedras Mellizas, ubicado en el distrito y provincia de Casma, departamento de Ancash; Con las visaciones de la Dirección de Gestión, Dirección de Registro y Estudio del Patrimonio Histórico, Dirección de Registro y Catastro y la Oficina de Asuntos Jurídicos; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 24047, Ley General de Amparo al Patrimonio Cultural de la Na- ción; Decreto Supremo Nº 017-2003-ED, que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del InstitutoNacional de Cultura; SE RESUELVE:Artículo 1º.- Declarar Patrimonio Cultural de la Nación al Sitio Arqueológico Piedras Mellizas, ubicado en el distri-to y provincia de Casma, departamento de Ancash. Artículo 2º.- Aprobar el Plano Perimétrico de Delimita- ción del Sitio Arqueológico Piedras Mellizas Nº 001, de fe-cha febrero del 2003, con un área de 14.02 hectáreas y un perímetro de 1,593.078 metros lineales, a escala 1/2000, ubicado en el distrito y provincia de Casma, departamentode Ancash, con su respectiva Ficha Técnica y Memoria Descriptiva. Artículo 3º.- Disponer la inscripción en Registros Públi- cos y en el Sistema de Información Nacional de los Bienes de Propiedad Estatal (SINABIP) la Condición de Patrimo- nio Cultural de la Nación del Sitio Arqueológico menciona-do en el Artículo 1º de la presente Resolución. Artículo 4º.- Cualquier proyecto de obra nueva, cami- nos, carreteras, canales, denuncios mineros o agropecua-rios, obras habitacionales y otros que pudiese afectar o alterar el paisaje del Sitio Arqueológico declarado "Patri- monio Cultural de la Nación", deberá contar con la aproba-ción del Instituto Nacional de Cultura. Artículo 5º.- Transcríbase la presente Resolución a COFOPRI, Municipalidad Distrital y Provincial, autoridadespolíticas y civiles correspondientes. Regístrese, comuníquese y publíquese.LUIS GUILLERMO LUMBRERAS SALCEDO Director Nacional 01768 RESOLUCIÓN DIRECTORAL NACIONAL Nº 031/INC Lima, 14 de enero de 2004 VISTO, el Acuerdo Nº 646, tomado por la Comisión Nacional Técnica de Arqueología, en su Sesión Nº 39 de fecha 1 de diciembre de 2003; y, CONSIDERANDO: Que el Instituto Nacional de Cultura es un Organismo Público Descentralizado dependiente del Ministerio de Edu- cación, con personería jurídica de derecho público interno,responsable de la promoción y desarrollo de las manifes- taciones culturales del país y de la conservación del Patri- monio Cultural de la Nación;