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/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G36/G30/G39/G30/G38 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, viernes 30 de enero de 2004 El Comité de Recepción de Propuestas rechazará en el acto las propuestas con enmendaduras, borraduras ocorrecciones, así como aquellas que no incluyan todos losantecedentes exigidos por las bases. Artículo 24º.- Terminado el Acto de Recepción de Propuestas se levantará un acta que será firmada por todos los miembros del Comité de Recepción de Pro- puestas, el representante del Órgano de Control Inter-no, el Notario Público y los asistentes que deseen ha-cerlo. Durante el Acto de Recepción de Propuestas, los pos- tores podrán formular observaciones. En el mismo acto, el Comité de Recepción de Propues- tas resolverá las observaciones y tomará decisión funda-mentada sobre ellas. Esta decisión será apelable ante elComité de Adjudicación de Concesiones. El plazo para lainterposición del recurso, así como el plazo para resolverloserán establecidos en las bases. Artículo 25º.- En el acta constará: a) El lugar, día y hora de realización del acto; b) El número y los nombres de las personas que pre- sentaron propuestas; c) Los nombres de las personas asistentes; d) Las propuestas presentadas así como los antece- dentes recibidos; e) Las observaciones formuladas; y,f) Las Resoluciones, en su caso. Artículo 26º.- Vencido el plazo para apelar sin que haya interpuesto recurso alguno o resueltos estos últimos, las propuestas y demás documentos serán entregados al Co-mité de Adjudicación de Concesiones. Artículo 27º.- El Comité de Adjudicación de Concesio- nes procederá a evaluar y calificar las propuestas, tenien-do en consideración el sistema de evaluación establecido en las bases y criterios objetivos tales como: a) El nivel tarifario, su estructura, fórmula de reajuste y de revisión; b) El plazo de otorgamiento de la concesión;c) La oferta financiera; d) Los ingresos garantizados por el organismo conce- dente; e) El compromiso de riesgo asumido por el proponente respecto del costo del proyecto y a situaciones imprevis-tas durante la ejecución y explotación de la obra; seguros,aportes de capital y otras garantías que conforman el res- paldo financiero para afrontar dichos riesgos; f) Los servicios complementarios ofrecidos; y,g) Los pagos que pudiera realizar el concesionario a favor el organismo concedente. En el caso de Licitaciones Públicas Especiales origina- das por iniciativas privadas, se aplicará al puntaje final ob- tenido por el autor de la iniciativa el incremento señaladoen el Artículo 16º del presente Reglamento. Concluida la etapa de evaluación y calificación de las propuestas, de existir una oferta más convenienteque la presentada por quien tuvo la iniciativa, el Comité de Adjudicación de Concesiones notificará al autor de la iniciativa y al de la oferta considerada más conve-niente para que mejoren sus respectivas propuestasdentro de los cuatro (4) días siguientes al acto de noti-ficación. Cuando las propuestas presentadas sean igualmente convenientes, el Gobierno Regional concedente preferirá la del autor de la iniciativa. El Comité de Adjudicación de Concesiones deberá pro- nunciarse dentro de un plazo que no excederá de quince(15) días calendario. Artículo 28º.- El Comité de Adjudicación de Conce- siones podrá solicitar a los postores documentos acla- ratorios sobre aspectos específicos de sus propuestas.La aclaración no implicará una modificación de la pro-puesta que conlleve la variación de las condiciones con-tractuales, técnicas, económicas y financieras del pro-yecto, bajo sanción de descalificación de la propuesta respectiva. Artículo 29º.- La concesión se otorgará al titular de la propuesta más conveniente mediante Resolución de Co-mité de Adjudicación de Concesiones, que se expedirádentro del plazo establecido en las bases. La Resolución deberá estar debidamente sustentada y será publicada enel Diario Oficial El Peruano y en el diario oficial de avisosde la Región Arequipa. El Gobierno Regional de Arequipa podrá desestimar todas las propuestas presentadas cuando no resultaren convenientes, sin derecho a indemnización alguna a favor de los postores. La Resolución de Adjudicación contendrá: a) La individualización del concesionario. b) La descripción de la obra que se obliga a ejecutar el concesionario o los servicios que se obliga a explotar du- rante el plazo de vigencia de la concesión. c) La individualización del bien o bienes objeto de la concesión, indicando su superficie, deslindes u otros da-tos que permitan identificarlo; los servicios a los que esta-rá o estarán destinados; o, en su caso, los servicios públi- cos que son materia de la concesión; y, d) El plazo de vigencia de la concesión. Artículo 30º.- Los postores podrán interponer re- curso de apelación contra la resolución de adjudica-ción dentro de los cinco (5) días calendario siguientes de su publicación, que será resuelto en segunda y últi- ma instancia administrativa por el Presidente del Go-bierno Regional. El recurso de apelación será resuelto en un plazo no mayor de quince (15) días calendario contados a partir dela interposición del recurso y la resolución se notificará por escrito a los postores al domicilio designado por éstos en sus propuestas. El recurso estará acompañado de una carta fianza o un cheque de gerencia a nombre del Gobierno Regio-nal de Arequipa por un monto equivalente al 1% delmonto de inversión o costo aproximado del proyecto indicado en la propuesta impugnada. Si se declara in- fundado o improcedente el recurso de apelación, losfondos afianzados serán ejecutados a favor del Gobier-no Regional concedente. Si se declara fundado, se de-volverá la fianza o el cheque al recurrente. El requisitode éste párrafo, también será de aplicación a las apela- ciones establecidas por el artículo 15º del presente re- glamento. Artículo 31º. - Consentida la resolución de Adjudica- ción, los postores no ganadores podrán retirar los docu-mentos y antecedentes exigidos por las bases, quedandoen poder del organismo concedente las propuestas recibi- das. Dentro de los quince (15) días calendario siguientes a la fecha en que haya quedado consentida la Resolución deAdjudicación, el Gobierno Regional de Arequipa procede-rá a devolver a los postores no ganadores la garantía depresentación. Artículo 32º. - El contrato de concesión se suscribirá dentro del plazo indicado en el último párrafo del artículoanterior, conforme a la proforma que obre en el expe-diente. El concesionario podrá exigir que el contrato seaelevado a Escritura Pública, asumiendo los costos co-rrespondientes. Si dentro del indicado plazo, el concesionario no sus- cribe el contrato, perderá su derecho a la adjudicaciónde la concesión. En ese caso, el Gobierno Regional deArequipa ejecutará la garantía de presentación, y adju-dicará la concesión al postor que ocupó el segundo lu-gar. Si el postor que ocupó el segundo lugar no suscri- be el contrato dentro de los (5) días siguientes de la fecha de la notificación de la nueva resolución de adju-dicación, el Gobierno Regional concedente ejecutarála garantía de presentación y convocará a nueva Licita-ción. Artículo 33º. - Si efectuada la convocatoria a Licita- ción Pública Especial no se presentaran postores o, si las propuestas fueran desestimadas por el organismoconcedente, conforme lo determina el Artículo 27º delpresente Reglamento, éste declarará desierta la Licita-ción. El Gobierno Regional de Arequipa deberá realizar una nueva convocatoria transcurridos cuarenta y cinco (45) días calendario contados a partir de la fecha en que se declaródesierta la Licitación, pudiendo elaborar nuevas bases siasí fuera necesario.