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/G50/GE1/G67/G2E/G20/G32/G37/G32/G34/G31/G38 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, miércoles 14 de julio de 2004 toral. El delegado elector designado por la organización en una asamblea no puede ser reemplazado por otra persona. Artículo 18º.- Elección concentrada: La elección de representantes se realiza reuniendo a las organizaciones de la sociedad civil, que fueron inscritas en segmentos, en un solo grupo del que se elegirá a los representantes. Artículo 19º.- Oportunidad y supervisión de la elec- ción: El acto electoral se inicia a partir de las 08:00 de la mañana y concluye a las 13:00 horas, en el día señalado en la resolución de convocatoria y el lugar designado por el Comité Electoral. La elección es supervisada por la Ofi- cina Nacional de Procesos Electorales – ONPE, y fiscali- zada por el Jurado Nacional de Elecciones, pudiendo con- tarse con la observación de otras instituciones. Artículo 21º.- Derogado. Artículo 22º.- Derogado. Artículo 24º.- Los candidatos que obtengan la mayor cantidad de votos en cada segmento serán proclamados como representantes titulares ante el Consejo de Coordi- nación Local Distrital. Los siguientes, en orden descenden- te, ocuparán los cargos accesitarios. De producirse un empate entre alguno de los candidatos para el cargo de representante titular, se procederá inmediatamente a una segunda vuelta entre ellos. De persistir el empate se pro- cederá a realizar un sorteo, el cual también es aplicable para el caso de empate de los accesitarios. Regístrese, publíquese y cúmplase.ROSA PATRICIA LI SOTELO Alcaldesa CRONOGRAMA Convocatoria 2 de julio Inscripción de organizaciones de la sociedad civil Del 3 al 9 de julio Publicación Inicial del Padrón Electoral 10 de julio Impugnaciones y Resoluciones 13 de julio Publicación Definitiva del Padrón Electoral 14 de julio Taller de Capacitación 14 de julio Inscripción de Candidaturas Del 14 al 16 de julio Diseño del Material Electoral 17 de julio Elección 18 de julio 13057 MUNICIPALIDAD DE SAN BORJA /G44/G69/G73/G70/G6F/G6E/G65/G6E/G20/G65/G6D/G62/G61/G6E/G64/G65/G72/G61/G6D/G69/G65/G6E/G74/G6F/G20/G64/G65/G20/G69/G6E/G6D/G75/G65/G2D /G62/G6C/G65/G73/G20/G64/G65/G6C/G20/G64/G69/G73/G74/G72/G69/G74/G6F DECRETO DE ALCALDÍA Nº 009-2004-MSB-A San Borja, 9 de julio de 2004 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DE SAN BORJA CONSIDERANDO: Que, este 28 de Julio del año en curso se celebra el 183º Aniversario de la Proclamación de la Independencia de nuestra Patria; Que, es deber de los Gobiernos Locales el impulsar una cultura cívica de respeto y veneración para nuestros símbolos patrios; siendo la política de esta Gestión Muni- cipal el incentivar la participación cívica de la comunidad samborjina, resaltando los valores nacionales; Que, se ha programado una serie de actividades que requieren la participación de los vecinos de San Borja, cum- pliendo con el embanderamiento de sus inmuebles; Estando a lo expuesto y, en uso de las facultades con- feridas en el numeral 6) del artículo 20º de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley Nº 27972;DECRETA: Artículo Primero.- DISPONER el embanderamiento de todos los inmuebles del distrito de San Borja, del 15 al 31 de julio del presente año, con motivo de conmemorarse el 183º Aniversario de la Independencia del Perú. Artículo Segundo.- Las banderas a izar deberán estar en buen estado de conservación, en respeto del símbolo patrio; invitándose a los vecinos a pintar o resanar sus fa- chadas, para una mejor imagen y presentación del distrito. Artículo Tercero.- En caso de incumplimiento al pre- sente Decreto, los infractores se harán pasibles de las san- ciones y multas correspondientes. Artículo Cuarto.- Encargar la difusión y supervisión del cumplimiento del presente Decreto a la Gerencia de Imagen Institucional y Gerencia de Comercialización, res- pectivamente. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. CARLOS ALBERTO TEJADA NORIEGA Alcalde 13011 /G41/G75/G74/G6F/G72/G69/G7A/G61/G6E/G20/G61/G20/G70/G72/G6F/G63/G75/G72/G61/G64/G6F/G72/G20/G69/G6E/G69/G63/G69/G61/G72/G20/G61/G63/G63/G69/G6F/G6E/G65/G73 /G6A/G75/G64/G69/G63/G69/G61/G6C/G65/G73/G20/G63/G6F/G6E/G74/G72/G61/G20/G66/G75/G6E/G63/G69/G6F/G6E/G61/G72/G69/G6F/G73/G2C/G20/G73/G65/G72/G76/G69/G64/G6F/G2D/G72/G65/G73/G20/G6F/G20/G74/G65/G72/G63/G65/G72/G6F/G73/G20/G71/G75/G65/G20/G72/G65/G73/G75/G6C/G74/G65/G6E/G20/G72/G65/G73/G70/G6F/G6E/G73/G61/G62/G6C/G65/G73/G64/G65/G6C/G20/G69/G6E/G66/G6F/G72/G6D/G65/G20/G65/G6D/G69/G74/G69/G64/G6F/G20/G70/G6F/G72/G20/G65/G6C/G20/GF3/G72/G67/G61/G6E/G6F/G20/G64/G65 /G63/G6F/G6E/G74/G72/G6F/G6C/G20/G69/G6E/G74/G65/G72/G6E/G6F/G20/G79/G20/G65/G6E/G20/G6F/G74/G72/G6F/G73/G20/G70/G72/G6F/G63/G65/G73/G6F/G73 ACUERDO DE CONCEJO Nº 078-2004-MSB-C San Borja, 30 de junio de 2004 EL CONCEJO MUNICIPAL DE SAN BORJA VISTO; en la XIII-2004 Sesión Ordinaria de Concejo de la fecha, el Memorándum Nº 002-2004-MSB-PPM de la Procuraduría Pública Municipal. CONSIDERANDO: Que, el numeral 23) del artículo 9º de la Ley Orgánica de Municipalidades - Ley Nº 27972, establece como atribu- ción del Concejo Municipal el autorizar al procurador públi- co municipal, para que en defensa de los intereses y dere- chos de la municipalidad y bajo responsabilidad, inicie o impulse procesos judiciales contra los funcionarios, servido- res o terceros respecto de los cuales el órgano de control interno haya encontrado responsabilidad civil o penal; así como en los demás procesos judiciales interpuestos con- tra el Gobierno Local o sus representantes; Que, el artículo 9º de la Ordenanza Nº 297-MSB estable- ce que efectuada la designación del Procurador, el Concejo emitirá Acuerdo Autoritativo para que inicie e impulse los pro- cesos en nombre y representación de la Municipalidad de San Borja y/o sus representantes, conforme lo dispuesto por el artículo 9º numeral 23) de la Ley Nº 27972, con las faculta- des descritas en el artículo 12º de la referida Ordenanza; Que, con Resolución de Alcaldía Nº 280-2004-MSB-A, de fecha 1.6.2004 se designó al Dr. Fredy Cruces Arana como Procurador Público de la Municipalidad de San Borja; Estando a lo expuesto y de conformidad a lo estableci- do en la Ley Nº 27972 y Ordenanza Nº 297-MSB, con el voto unánime de los miembros del Concejo, y con dispen- sa del trámite de aprobación del Acta; ACORDÓ: Artículo Único.- Otorgar autorización al Procurador Público Municipal de la Municipalidad de San Borja para que, en defensa de los intereses y derechos de la munici- palidad y bajo responsabilidad, inicie e impulse los proce- sos judiciales en nombre y representación de la Municipa- lidad de San Borja y/o sus representantes. Regístrese, comuníquese y cúmplase. CARLOS ALBERTO TEJADA NORIEGA Alcalde 13012