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/G50/GE1/G67/G2E/G20/G32/G37/G32/G34/G30/G39 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, miércoles 14 de julio de 2004 PAÍS MONEDA TIPO DE CAMBIO (en US$) Filipinas P eso 0.017832 Guatemala Quetzal 0.126823 Hong Kong Dólar de Hong Kong 0.128217 India Rupia 0.021763 Indonesia Rupia 0.000106 Japón Yen 0.009196 Letonia Lat 1.854256 Malasia Ringgit 0.263193 México P eso 0.087138 Nigeria Naira 0.007634 Noruega Corona 0.144486 Nueva Zelanda Dólar Neozelandés 0.632791 Panamá Balboa 1.000000 Paraguay Guaraní 0.000170 Reino Unido (Inglaterra) Libra Esterlina 1.819000 República Dominicana Peso 0.022222 Rusia Rublo 0.034412 Singapur Dólar de Singapur 0.580585 Sudáfrica, República de Rand 0.161127 Suecia Corona 0.133163 Suiza Fr anco 0.800961 Tailandia Baht 0.024468 Taiwan Nuevo Dólar de Taiwan 0.029762 Trinidad y Tobago Dólar de Trinidad y Tobago 0.162602 Turquía Lira 0.000001 Ucrania Hr yvnia 0.188041 Uruguay Nuevo Peso 0.033670 Venezuela Bolívar 0.000522 Unión Euro pea Euro 1.219000 Artículo 2º.- Los factores a que se refiere el artículo anterior deberán ser utilizados a partir del día siguiente de la publicación de la presente Resolución. Regístrese, comuníquese y publíquese.JOSÉ ARMANDO ARTEAGA QUIÑE Superintendente Nacional Adjunto de Aduanas 13131 /G44/G65/G73/G69/G67/G6E/G61/G6E/G20/G41/G75/G78/G69/G6C/G69/G61/G72/G65/G73/G20/G43/G6F/G61/G63/G74/G69/G76/G6F/G73/G20/G64/G65/G20/G6C/G61/G20/G49/G6E/G2D /G74/G65/G6E/G64/G65/G6E/G63/G69/G61/G20/G52/G65/G67/G69/G6F/G6E/G61/G6C/G20/G4C/G69/G6D/G61 INTENDENCIA REGIONAL LIMA RESOLUCIÓN DE INTENDENCIA Nº 020-00-0000105/SUNAT Miraflores, 5 de julio de 2004 CONSIDERANDO:Que, el Artículo 114º del Texto Único Ordenado del Código Tributario, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 135-99-EF, establece los requisitos que deberán de reunir los trabajadores para acceder al cargo de Auxiliar Coacti- vo; Que, a fin de mantener la operatividad de la Sección Cobranza de la Intendencia Regional Lima, se hace nece- saria la designación de nuevo personal en calidad de Auxi- liar Coactivo; Que, mediante Resoluciones de Intendencia Nº 020- 00-0000066, Nº 020-00-0000073, Nº 020-00-0000077, Nº 020-00-0000084 y Nº 020-00-0000104, publicadas en el Diario Oficial El Peruano el 13 de marzo, 16 de agosto y 22 de octubre del 2003, 8 de enero y 1 de julio del 2004, respectivamente, se ratificó la designación de Auxiliares Coactivos de la Intendencia Regional Lima; Que, el personal propuesto ha presentado Declaración Jurada manifestando reunir los requisitos antes indicados; Que la sexta disposición final de la Ley Nº 27038, esta- blece que lo dispuesto en el numeral 7.1 del artículo 7º de la Ley Nº 26979 no es de aplicación a los órganos de la Administración Tributaria cuyo personal ingrese mediante Concurso Público; Que, la Resolución de Superintendencia Nº 094-2000/ SUNAT ha facultado al Intendente de Principales Contribu- yentes Nacionales y a los diferentes Intendentes Regio-nales de la SUNAT a designar, mediante Resoluciones de Intendencia, a los trabajadores que se desempeñarán como Auxiliares Coactivos dentro del ámbito de competencia de cada una de esas Intendencias; En uso de las facultades conferidas por el Decreto Le- gislativo Nº 501 - Ley General de la SUNAT, el inciso o) del artículo 15º y el inciso h) del artículo 49º del Reglamento de Organización y Funciones de la Superintendencia Na- cional de Administración Tributaria, aprobado mediante ar- tículo 1º del Decreto Supremo Nº 115-2002-PCM y las Resoluciones de Superintendencia Nº 190-2002/SUNAT y Nº 149-2004/SUNAT; SE RESUELVE:Artículo Primero.- Dejar sin efecto la designación como Auxiliar Coactivo de la Intendencia Regional Lima de los siguientes trabajadores: Nº Registro Apellidos y Nombres 1 1970 CATAÑO FLORIAN FERNANDO ARTURO 2 1700 RODRIGUEZ CUADROS JULIO CESAR 3 6612 FARGION BARRON FRANCA MARISA Artículo Segundo.- Designar como Auxiliar Coactivo de la Intendencia Regional Lima a los trabajadores que se indican a continuación: Nº Registro Apellidos y Nombres 1 0538 ARAGON ORTIZ MARLENE OFELIA 1 1638 ARRASCUE OLIVARES SILVIA LILIANA Regístrese, comuníquese y publíquese. LUIS ENRIQUE NARRO FORNO Intendente Regional 13034 /G47/G4F/G42/G49/G45/G52/G4E/G4F/G53/G20/G52/G45/G47/G49/G4F/G4E/G41/G4C/G45/G53 GOBIERNO REGIONAL DE AMAZONAS /G41/G70/G72/G75/G65/G62/G61/G6E/G20/G4D/G65/G6D/G6F/G72/G69/G61/G20/G64/G65/G20/G47/G65/G73/G74/G69/GF3/G6E/G20/G41/G6E/G75/G61/G6C /G32/G30/G30/G33/G20/G64/G65/G6C/G20/G47/G6F/G62/G69/G65/G72/G6E/G6F/G20/G52/G65/G67/G69/G6F/G6E/G61/G6C ACUERDO REGIONAL Nº 009-2004- GOBIERNO REGIONAL AMAZONAS/CR Chachapoyas, 30 de junio de 2004 POR CUANTO:La Gerencia de Planeamiento, Presupuesto y Acon- dicionamiento Territorial alcanza el proyecto de Memoria de Gestión Anual del Gobierno Regional de Amazonas, correspondiente al período enero a diciembre del 2003; CONSIDERANDO: Que, de conformidad con lo dispuesto en el Art. 197º de la Constitución Política del Estado, señala que "los Gobiernos Regionales son competentes para promover el desarrollo económico regional y ejecutar los planes y programas correspondientes, en armonía con el Art. 35º de la Ley Nº 27783 - Ley de Bases de la Descentraliza- ción"; Que, la presente Memoria de Gestión del Gobierno Regional de Amazonas correspondiente al período ene- ro a diciembre del 2003, tiene como propósito informar sobre las acciones y actividades realizadas durante el año fiscal 2003 de la ejecución de obras en todo el ám- bito regional; Que, de acuerdo con el Inc. "n" del Art. 21º de la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales - Ley Nº 27867, es atri- bución del Presidente Regional "presentar la Memoria y el