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/G50/GE1/G67/G2E/G20/G32/G37/G32/G34/G31/G30 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, miércoles 14 de julio de 2004 Informe de los Estados Financieros del Gobierno Regional al Consejo Regional" para que éste en virtud a sus atribu- ciones conferidas en dicho cuerpo normativo proceda a su aprobación mediante Acuerdo de Consejo Regional; Que, de conformidad a lo dispuesto en los Arts. 15º y 39º de la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales - Ley Nº 27867, en Sesión Ordinaria Nº 009 de fecha 5 de mayo del 2004, mediante Acuerdo Nº 140-2004 de Consejo Regio- nal, con el voto mayoritario del Pleno: ACUERDA:Artículo Primero.- APROBAR la Memoria de Gestión Anual del Gobierno Regional de Amazonas, correspondien- te al período enero a diciembre del 2003, a folios doscien- tos sesenta y cinco (265). Artículo Segundo.- AUTORIZAR a la Secretaría del Consejo Regional la publicación del presente Acuerdo en el Diario Oficial El Peruano, disponiéndose su inclusión en el portal electrónico del Gobierno Regional. Regístrese, comuníquese y cúmplase.MIGUEL REYES CONTRERAS Presidente Regional 13013 /G47/G4F/G42/G49/G45/G52/G4E/G4F/G53/G20/G4C/G4F/G43/G41/G4C/G45/G53 MUNICIPALIDAD METROPOLITANA DE LIMA /G4D/G6F/G64/G69/G66/G69/G63/G61/G6E/G20/G50/G6C/G61/G6E/G20/G64/G65/G20/G5A/G6F/G6E/G69/G66/G69/G63/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G47/G65/G6E/G65/G2D /G72/G61/G6C/G20/G64/G65/G20/G6C/G6F/G73/G20/G55/G73/G6F/G73/G20/G64/G65/G6C/G20/G53/G75/G65/G6C/G6F/G20/G64/G65/G20/G4C/G69/G6D/G61/G4D/G65/G74/G72/G6F/G70/G6F/G6C/G69/G74/G61/G6E/G61/G20/G61/G20/G4D/G65/G64/G69/G61/G6E/G6F/G20/G50/G6C/G61/G7A/G6F/G20/G63/G6F/G72/G72/G65/G73/G2D /G70/G6F/G6E/G64/G69/G65/G6E/G74/G65/G20/G61/G6C/G20/G64/G69/G73/G74/G72/G69/G74/G6F/G20/G64/G65/G20/G43/G68/G6F/G72/G72/G69/G6C/G6C/G6F/G73 ORDENANZA Nº 646 EL ALCALDE METROPOLITANO DE LIMA POR CUANTO: EL CONCEJO METROPOLITANO DE LIMA;Visto en Sesión Ordinaria de Concejo de fecha 1 de julio de 2004 el Documento Simple Nº 25045-2004 (Expediente Nº 6481-03), seguido por la Asociación de Comerciantes del Fu- turo Centro Comercial Los Pinos, mediante el cual solicitan el cambio de zonificación de Residencial de Densidad Baja - R2 a Comercio Vecinal - C2, del terreno de 1,736.28 m2, para la construcción de un Centro Comercial de dos niveles, ubicado en la Av. Santa Anita, Mz. C1, lote 01, Urb. Villa Marina, del distrito de Chorrillos, provincia y departamento de Lima; y, De conformidad con lo opinado por la Comisión Metro- politana de Desarrollo Urbano, Vivienda y Nomenclatura en su Dictamen Nº 69-2004-MML-CMDUVN; Aprobó la siguiente: ORDENANZA MODIFICATORIA DEL PLANO DE ZONIFICACIÓN GENERAL DE LOS USOS DEL SUELO DE LIMA METROPOLITANA A MEDIANO PLAZO CORRESPONDIENTE AL DISTRITO DE CHORRILLOS Artículo Primero.- Modificar el Plano de Zonificación General de los Usos del Suelo de Lima Metropolitana a Me- diano Plazo correspondiente al distrito de Chorrillos, provin- cia y departamento de Lima, de Residencial de Densidad Baja (R2) a Comercio Vecinal (C2), del terreno de 1,736.28 m2, ubicado en la Av. Santa Anita, Mz. C1, lote 01, Urb. Villa Marina, del distrito de Chorrillos, provincia y departamento de Lima, para la construcción de un Centro Comercial. Artículo Segundo.- Disponer que la Municipalidad Dis- trital de Chorrillos incorpore en su Plano de Zonificación lamodificación indicada en el artículo anterior o su equiva- lente de acuerdo a la Ordenanza Nº 620-MML del 4 de abril de 2004. POR TANTO:Mando se registre, publique y cumpla.En Lima, el primero de julio de dos mil cuatro.LUIS CASTAÑEDA LOSSIO Alcalde de Lima 13033 /G44/G69/G73/G70/G6F/G6E/G65/G6E/G20/G65/G6D/G62/G61/G6E/G64/G65/G72/G61/G6D/G69/G65/G6E/G74/G6F/G20/G67/G65/G6E/G65/G72/G61/G6C/G20/G64/G65 /G69/G6E/G6D/G75/G65/G62/G6C/G65/G73/G20/G75/G62/G69/G63/G61/G64/G6F/G73/G20/G65/G6E/G20/G65/G6C/G20/G43/G65/G72/G63/G61/G64/G6F/G20/G64/G65/G4C/G69/G6D/G61 DECRETO DE ALCALDÍA Nº 040 Lima, 5 de julio de 2004 EL ALCALDE METROPOLITANO DE LIMACONSIDERANDO:Que, el día 28 de julio próximo se conmemora el Centé- simo Octogésimo Tercer Aniversario de la Independencia del Perú; Que, es un deber de los Gobiernos Locales, incentivar la participación cívica de los vecinos, resaltando los valo- res y el respeto a los Símbolos Patrios; Que, atendiendo a las razones antes expuestas es con- veniente propiciar una mayor identificación patriótica me- diante el Embanderamiento, limpieza, y pintado de las fa- chadas de los inmuebles del Cercado de Lima, lo que me- jorará el ornato de la ciudad; Que el Artículo 149º del Reglamento de la Adminis- tración del Centro Histórico de Lima, aprobado mediante Ordenanza Nº 062, del 15 de julio de 1994, establece que los ocupantes de inmuebles en el Centro Histórico de Lima están obligados, en forma permanente, a mantenerlos en buen estado de presentación y conservación; De conformidad a lo establecido en el inciso 6 del Artí- culo 20º y el Artículo 2º de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades; DECRETA:Artículo Primero.- Disponer el Embanderamiento ge- neral de todos los inmuebles ubicados en el Cercado de Lima, a partir del 15 de julio hasta el 31 de julio del 2004. Artículo Segundo.- Los propietarios de las viviendas así como la administración de los locales públicos y priva- dos deberán proceder a la limpieza y pintado de las facha- das de sus edificaciones. Artículo Tercero.- Recordar a las empresas comer- ciales que está terminantemente prohibido realizar pintas en las fachadas de los inmuebles, pegar afiches fuera de las carteleras municipales, y/o instalar letreros y anuncios sin la respectiva autorización municipal. Artículo Cuarto.- El incumplimiento de lo dispuesto en el presente Decreto de Alcaldía, tendrá como consecuencia la imposición de las respectivas sanciones administrativas establecidas en la Ordenanza Nº 337 - Régimen Municipal de Aplicación de Sanciones Administrativas vigente y el Decreto de Alcaldía Nº 105 - Cuadro de Sanciones y Esca- la de Multas Aplicables en el ámbito de la jurisdicción de la Municipalidad Metropolitana de Lima. Artículo Quinto.- Encargar a la Dirección Municipal de Desarrollo Urbano y a la Dirección Municipal de Fiscalización y Control, el control del cumplimiento del presente Decreto. Regístrese, publíquese y cúmplase.MARCO ANTONIO PARRA SÁNCHEZ Teniente Alcalde de la Municipalidad Metropolitana de Lima Encargado de la Alcaldía 13124