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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 16 DE JULIO DEL AÑO 2004 (16/07/2004)

CANTIDAD DE PAGINAS: 56

TEXTO PAGINA: 27

/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G37/G32/G35/G34/G31 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, viernes 16 de julio de 2004 CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Supremo Nº 037-2004-RE, se crea la Comisión Multisectorial encargada de formularuna propuesta normativa integral y acciones relativas ala preservación de sitios peruanos inscritos en la Lista del Patrimonio Mundial de la UNESCO; Que, el objetivo de la referida comisión es formular una propuesta normativa integral que tenga como objeti-vo garantizar gestiones conducentes a la adecuada pre-servación y manejo de los sitios peruanos inscritos en lalista del Patrimonio Mundial; proponer, como primera acción de la propuesta normativa integral, un nuevo mo- delo de gestión para el Santuario Histórico Machupic-chu que garantice su integridad, su intangibilidad y lapreservación de sus valores culturales y nacionales ex-cepcionales; y formular propuestas normativas y accio-nes concretas a fin de implementar, oportuna y eficaz- mente, lo antes mencionado; Que, urge la implementación de la citada comisión más aún cuando de los diez sitios peruanos que estáninscritos en la Lista del Patrimonio Mundial, el ComplejoArqueológico de Chan Chan ya se encuentra inscrito enla Lista de Patrimonio Mundial en Peligro; Que, el citado dispositivo debe tomar en considera- ción lo establecido por la Ley Nº 27721, Ley que declarade interés nacional el inventario, catastro, investigación,conservación, protección y difusión de los sitios y zonasarqueológicas del país, que establece que los Monumen-tos Arqueológicos Prehispánicos que forman parte del patrimonio cultural de la nación, son intangibles e ina- lienables por lo que su inventario, catastro, investigación,conservación, protección y difusión son de necesidadpública y de interés nacional, por lo que son cooperantesobligatorios los Ministerios que se involucren o relacio-nen directa o indirectamente con los monumentos ar- queológicos prehispánicos, las universidades públicas y privadas de la República que tengan facultades o es-cuelas de Arqueología, Turismo o Ingeniería de cada re-gión, las municipalidades distritales y provinciales encuya jurisdicción se encuentren ubicados los monumen-tos arqueológicos prehispánicos, los consejos de administración regional, hoy gobiernos regionales, la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos, laSuperintendencia de Bienes Nacionales y la Policía Na-cional del Perú; Que, asimismo, el Decreto Supremo Nº 037-2004-RE debe considerar lo dispuesto por el Decreto Legislativo Nº 560, Ley del Poder Ejecutivo y el Decreto Ley Nº 25902, Ley Orgánica del Ministerio de Agricultura, modi-ficado por Ley Nº 26822, que señala que el Ministerio deAgricultura es el sector que promueve el desarrollo sos-tenido del Sector Agrario que comprende, entre otrosaspectos, los relacionados a la conservación y manejo de los recursos naturales, por lo que corresponde incor- porar al Ministro de Agricultura como miembro de la Co-misión Multisectorial encargada de formular la propues-ta normativa integral y acciones relativas a la preserva-ción de sitios peruanos inscritos en la Lista del Patrimo-nio Mundial de la UNESCO; Que, de otro lado debe precisarse que el inciso e) del Artículo 36º y el inciso d) del Artículo 43º de la Ley Nº27783, Ley de Bases de la Descentralización, estable-cen como competencias compartidas de los GobiernosRegionales y Locales, la preservación y administraciónde las reservas y áreas naturales protegidas regionales y locales, respectivamente, es decir hacen referencia a las áreas de conservación regional y municipal que constitu-yen áreas complementarias al Sistema Nacional de ÁreasNaturales Protegidas por el Estado - SINANPE; Que, los sitios de patrimonio mundial: Santuario His- tórico de Machupicchu, Parque Nacional Manu, Parque Nacional Río Abiseo y Parque Nacional Huascarán, cons- tituyen áreas naturales protegidas de administración na-cional conformantes del SINANPE; Que, de igual modo el Artículo 53º inciso j) de la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, dada por LeyNº 27867 y modificada por Ley Nº 27902, establece como funciones de los Gobiernos Regionales en materia am- biental y de ordenamiento territorial, el preservar y admi-nistrar en coordinación con los gobiernos locales, las reservas y áreas naturales protegidas regionales queestán comprendidas íntegramente dentro de su jurisdic-ción, así como los territorios insulares, conforme a Ley; Que, por las razones acotadas, corresponde modifi- car el Decreto Supremo Nº 037-2004-RE; y, De conformidad con lo dispuesto en el numeral 8) y 24) del Artículo 118º de la Constitución Política del Perúy los Artículos 21º y 68º del mismo cuerpo legal, Ley Nº24047, Ley General de Amparo al Patrimonio Cultural dela Nación; Decreto Ley Nº 25902, Ley Orgánica del Mi-nisterio de Agricultura, Ley Nº 26834, Ley de Áreas Na- turales Protegidas; Ley Nº 27783, Ley de Bases de la Descentralización, Ley Nº 27867, modificada por Ley Nº27902, Ley Orgánica de los Gobiernos Regionales, LeyNº 28044, Ley General de Educación y Decreto Legislati-vo Nº 560, Ley del Poder Ejecutivo; Con el voto aprobatorio del Consejo de Ministros; DECRETA: Artículo 1º.- Modifícase el Artículo 1º del Decreto Supremo Nº 037-2004-RE en los términos siguientes: "Artículo 1º.- Del Objeto Crear la Comisión Multisectorial encargada de formu- lar una propuesta normativa integral que tenga comoobjetivo garantizar gestiones conducentes a la adecua-da preservación y manejo de los sitios peruanos inscri-tos en la Lista del Patrimonio Mundial de la UNESCO." Artículo 2º.- Incorpórese como segundo y tercer pá- rrafos del Artículo 2º del citado Decreto Supremo, los si-guientes textos: "Asimismo, la Comisión Multisectorial propondrá como primera acción, un nuevo modelo de gestión para el Santuario Histórico de Machupicchu que garantice suintegridad, intangibilidad y la preservación de sus valo-res culturales y naturales excepcionales, de conformidadcon los estándares internacionales establecidos en laConvención para la Protección del Patrimonio Mundial Cultural y Natural de 1972 y sus directrices técnicas. Para efectuar esta acción se incorporará a la Comisión al Pre-sidente del Gobierno Regional del Cusco, o su repre-sentante, al Alcalde Provincial de Urubamba o su repre-sentante así como al Alcalde Distrital de Machupicchu osu representante. Por Resolución Ministerial del Ministerio de Relacio- nes Exteriores se dictarán las disposiciones complemen-tarias del presente dispositivo." Artículo 3º.- Modifícase el Artículo 3º del Decreto Supremo Nº 037-2004-RE, quedando redactado de la siguiente manera: "Artículo 3º.- De la ConformaciónLa Comisión Multisectorial estará conformada por: - El Ministro de Relaciones Exteriores o la persona que él designe, quien la presidirá; - El Ministro de Justicia o su representante;- El Ministro de Educación o su representante;- El Ministro de Comercio Exterior y Turismo o su re- presentante; - El Ministro de Agricultura o su representante; - El Director Nacional del Instituto Nacional de Cultu- ra; - El Jefe del Instituto Nacional de Recursos Natura- les; - El Secretario de Gestión Pública de la Presidencia del Consejo de Ministros; y, - El Secretario General de la Comisión Nacional de Cooperación con la UNESCO. Adicionalmente, serán convocados en el marco de lo previsto por la Ley Nº 27721, los cooperantes obligato- rios para el caso de monumentos Arqueológicos Prehis- pánicos."