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/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G37/G32/G35/G35/G30 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, viernes 16 de julio de 2004 do se le convoque a una entrevista personal y se siga el proceso de ratificación con arreglo a ley; Que, mediante Acuerdo Nº 353, adoptado por la Jun- ta de Fiscales Supremos en sesión extraordinaria del día 20 de noviembre del 2003, se acordó solicitar al Conse-jo Nacional de la Magistratura que informe sobre la reso- lución que se hubiere expedido, como consecuencia de la citada sentencia del Tribunal Constitucional de fecha24 de marzo del presente año; Que, el Consejo Nacional de la Magistratura dando cumplimiento al mandato del Tribunal Constitucional en-trevista al doctor Juan Efraín Chil Mezarina; sin embar- go, habiendo sobrepasado la edad límite para el cese como magistrado, mediante Resolución Nº 112-2004-CNM de fecha 11 de marzo del 2004 resuelve que care- ce de objeto continuar con el proceso de evaluación y ratificación, por lo que debe ser excluido del mismo, ar-chivándose el expediente; Que, a la fecha el doctor Juan Efraín Chil Mezarina tiene 72 años, tal como lo acredita la partida de naci-miento expedida por la Municipalidad Distrital del Rimac; Que, el Decreto Legislativo Nº 276 “Ley de Bases de la Carrera Administrativa y de Remuneraciones delSector Público”, y el Decreto Supremo Nº 005-90-PCM “Reglamento de la Ley de Carrera Administrativa”, es- tablecen en los artículos 35º inciso a) y 186º respectiva-mente, que el cese definitivo de un servidor se produ- ce por la causa justificada de límite de setenta años de edad; Que, mediante Acuerdo Nº 414 adoptado en sesión ordinaria de la Junta de Fiscales Supremos, del día 3 de junio del presente año, se resolvió declarar fundada lapetición formulada por el doctor Juan Efraín Chil Mezari- na, debiendo emitirse la resolución de cese en el cargo por límite de edad; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Cesar por límite de edad al doc- tor Juan Efraín Chil Mezarina en el cargo de Fiscal Su- perior Titular del Distrito Judicial de Lima. Artículo Segundo.- Hacer de conocimiento la presente resolución al señor Presidente del Consejo Nacional de la Magistratura, a la Gerencia de la Oficinade Registro de Fiscales, a la Gerencia General y al Fis- cal mencionado para los fines pertinentes. Regístrese, comuníquese y publíquese. NELLY CALDERÓN NAVARRO Fiscal de la Nación Presidenta de la Junta de Fiscales Supremos 13263 /G41/G70/G72/G75/G65/G62/G61/G6E/G20/G54/G65/G78/G74/G6F/G20/GDA/G6E/G69/G63/G6F/G20/G64/G65/G20/G50/G72/G6F/G63/G65/G64/G69/G6D/G69/G65/G6E/G2D /G74/G6F/G73/G20/G41/G64/G6D/G69/G6E/G69/G73/G74/G72/G61/G74/G69/G76/G6F/G73/G20/G64/G65/G6C/G20/G4D/G69/G6E/G69/G73/G74/G65/G72/G69/G6F/G20/G50/GFA/G2D/G62/G6C/G69/G63/G6F RESOLUCIÓN DE LA FISCALÍA DE LA NACIÓN Nº 866-2004-MP-FN Lima, 16 de junio de 2004 VISTOS: El Oficio Nº 640-2004-MP-FN-GG de la Gerencia Ge- neral y el Informe Nº 467-2004-MP-FN-OAJ de la Ofici- na de Asesoría Jurídica, relacionados con el Proyecto del Texto Único de Procedimientos Administrativos -TUPAdel Ministerio Público; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución de la Fiscalía de la Na- ción Nº 271-2003-MP-FN de fecha 14 de febrero de2003, se aprobó el Texto Único de Procedimientos Ad- ministrativos del Ministerio Público -TUPA-MP para elaño 2003; Que, por Decreto Supremo Nº 192-2003-EF se ac- tualizó el valor de la Unidad Impositiva Tributaria (UIT)para el año 2004, fijándose el mismo en Tres Mil Dos- cientos Nuevos Soles (S/. 3,200), motivo por el cual debe procederse a la adecuación del TUPA-MP; Que, asimismo, mediante Decreto Supremo Nº 072- 2003-PCM, se aprobó el Reglamento de la Ley de Trans- parencia y Acceso a la Información Pública, cuyo artícu-lo 10º establece que la solicitud de acceso a la informa- ción pública debe ser presentada mediante el formato contenido en el anexo del citado Reglamento; Contando con los vistos de la Gerencia de Planifica- ción, Racionalización y Estadística, Oficina de Asesoría Jurídica, Dirección de la Escuela del Ministerio Público,Jefatura Nacional del Instituto de Medicina Legal, Ge- rencia Central de Personal, Gerencia General; y, De conformidad con lo señalado en la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General y Decreto Supremo Nº 072-2003-PCM y en uso de las atribucio- nes conferidas por el artículo 64º del Decreto LegislativoNº 052, Ley Orgánica del Ministerio Público; SE RESUELVE:Artículo Primero.- Aprobar el Texto Único de Proce- dimientos Administrativos-TUPA del Ministerio Público,el mismo que consta de once (11) procedimientos, y el Formato de solicitud de acceso a la información pública, según anexo adjunto, que forma parte de la presente re-solución. Artículo Segundo .- Considerar como excepciones al pago por los servicios que brinda el Instituto de Medi-cina Legal, los siguientes casos: 1.- Las personas que se encuentren en condición de indigencia, siempre y cuando sea autorizado por el mé- dico legista a cargo, bajo responsabilidad, así como los policías y bomberos en el cumplimiento de sus funcio-nes. 2.- Asimismo, se encuentran exonerados del pago co- rrespondiente: a. Las diligencias y pericias expedidas a solicitud del Poder Judicial, Ministerio Público, Fueros Privativos y Au-toridades Competentes, que resulten como consecuen- cia de las acciones penales. b. Los niños y adolescentes, en cumplimiento del ar- tículo 158º de la Ley Nº 27337, “Ley que aprueba el Nue- vo Código de los Niños y Adolescentes”. c. Casos de Violencia Familiar, en aplicación de la Ley Nº 26260, “Ley de Protección Frente a la Violencia Familiar”, modificada por Ley Nº 26763. Artículo Tercero .- Las solicitudes de servicios pro- venientes de otras Dependencias del Estado, se regirán por el criterio de colaboración, establecido por los artí-culos 77º y 79º inciso 79.2 de la Ley Nº 27444, “Ley del Procedimiento Administración General”. Artículo Cuarto .- Poner en conocimiento del Secre- tario General de la Fiscalía de la Nación, responsable de la entrega de información oficial, Gerente General y Jefe del Instituto de Medicina Legal, para su conocimientoy fines pertinentes. Artículo Quinto .-El Jefe del Instituto de Medicina Legal y el Gerente General dispondrán que el TUPAaprobado, se publique en todas las Dependencias del Instituto de Medicina Legal y en las Dependencias Administrativas del Ministerio Público respectivamen-te. Articulo Sexto .- Dejar sin efecto la Resolución de la Fiscalía de la Nación Nº 271-2003-MP-FN. Regístrese, comuníquese y publíquese. NELLY CALDERÓN NAVARRO Fiscal de la Nación