Empresa en el ranking

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 16 DE JULIO DEL AÑO 2004 (16/07/2004)

CANTIDAD DE PAGINAS: 56

TEXTO PAGINA: 35

/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G37/G32/G35/G34/G39 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, viernes 16 de julio de 2004 Estando a lo opinado por la Gerencia de Asesoría Jurídica y en atención al considerando precedente re-sulta necesario autorizar al Procurador Publico, a cargo de los asuntos judiciales del Registro Nacional de Iden- tificación y Estado Civil, para que interponga las accio-nes que correspondan en defensa de los intereses del Estado y del Registro Nacional de Identificación y Esta- do Civil contra LUIS ROLANDO ANGLES MACHICAO;y, De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Ley Nº 17537 y la Ley Nº 26497; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar al Procurador Público encar- gado de los asuntos judiciales del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil, para que en nombre yrepresentación de los intereses del Estado interpon- ga las acciones legales que correspondan contra LUIS ROLANDO ANGLES MACHICAO, por presunto delitoContra la Administración Pública, en la modalidad de retardo y omisión de actos funcionales, en agravio del Estado y del Registro Nacional de Identificación y Es-tado Civil. Artículo 2º.- Remítase lo actuado al Procurador Pu- blico encargado de los asuntos judiciales del RegistroNacional de Identificación y Estado Civil, para los fines a que se contrae la presente resolución. Regístrese, comuníquese y publíquese. EDUARDO RUIZ BOTTO Jefe Nacional 12873 RESOLUCIÓN JEFATURAL Nº 374-2004-JEF/RENIEC Lima, 1 de julio de 2004 Visto, el Oficio Nº 1908-2004-GO/RENIEC, el Infor- me Nº 435-2004-GO-SGREC/RENIEC y el Informe Nº508-2004-GAJ/RENIEC, emitido por la Gerencia de Ase- soría Jurídica, de fecha 13 de mayo del 2004. CONSIDERANDO: Que, la Gerencia de Operaciones del Registro Nacio- nal de Identificación y Estado Civil, en su permanente labor fiscalizadora, ha detectado que el ciudadano FRANCISCO CHURA FLOREZ, dada la simplificaciónadministrativa y en atención al principio de veracidad de las declaraciones, se presentó ante el Registro a solici- tar sendo trámite de rectificación de su inscripción, paralo cual adjuntó como documento sustentatorio el Acta de Nacimiento Nº 30 expedida por el Registro del Esta- do Civil de la Municipalidad Provincial de Paucartambo,departamento de Cusco; Que, el Reglamento de Inscripciones del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil, aprobado porel Decreto Supremo Nº 015-98-PCM, señala en su Se- gunda Disposición Final que para la realización de cual- quier trámite o procedimiento registral se requerirá pre-sentar el documento de identidad correspondiente que identifique al solicitante, es el caso del ciudadano FRAN- CISCO CHURA FLOREZ, quien obtuvo la precitada Actamediante el procedimiento de Inscripción Extemporánea de Nacimiento, sustentando su identidad tan sólo con una declaración jurada de existencia a través de dos tes-tigos sin tener en consideración que el mismo contaba con inscripción en el entonces Registro Electoral, debien- do por tanto identificarse con la Libreta Electoral o DNI,de ser el caso; hecho que afecta la integridad del Regis- tro del Estado Civil; Que, es presumible también, la actitud dolosa del ciu- dadano precitado, por cuanto pretende ingresar datos fal- sos al Registro Único de Identificación de las PersonasNaturales, dado que sustenta su trámite rectificatorio con Acta de Nacimiento obtenida en forma fraudulenta; Que, los hechos antes descritos constituyen indicio razonable de la comisión del presunto delito contra la Fe Pública, en la modalidad de Falsedad Ideológica, previstoy sancionado en el artículo 428º del Código Penal vigen- te; Que, estando a lo opinado por la Gerencia de Aseso- ría Jurídica y en atención al considerando precedente resulta necesario autorizar al Procurador Publico, a car- go de los asuntos judiciales del Registro Nacional deIdentificación y Estado Civil, para que interponga las acciones que correspondan en defensa de los intereses del Estado y del Registro Nacional de Identificación yEstado Civil contra FRANCISCO CHURA FLOREZ y los que resulten responsables; y, De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Ley Nº 17537 y la Ley Nº 26497; SE RESUELVE:Artículo 1º.- Autorizar al Procurador Público encar- gado de los asuntos judiciales del Registro Nacionalde Identificación y Estado Civil, para que en nombre y representación de los intereses del Estado interpon- ga las acciones legales que correspondan contraFRANCISCO CHURA FLOREZ y los que resulten res- ponsables, por presunto delito Contra la Fe Pública, en la modalidad de Falsedad Ideológica, en agraviodel Estado y del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil. Artículo 2º.- Remítase lo actuado al Procurador Pú- blico encargado de los asuntos judiciales del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil, para los fines a que se contrae la presente resolución. Regístrese, comuníquese y publíquese. EDUARDO RUIZ BOTTO Jefe Nacional 12874 MINISTERIO PÚBLICO /G43/G65/G73/G61/G6E/G20/G70/G6F/G72/G20/G6C/GED/G6D/G69/G74/G65/G20/G64/G65/G20/G65/G64/G61/G64/G20/G61/G20/G46/G69/G73/G63/G61/G6C/G20/G53/G75/G70/G65/G2D /G72/G69/G6F/G72/G20/G54/G69/G74/G75/G6C/G61/G72/G20/G64/G65/G6C/G20/G44/G69/G73/G74/G72/G69/G74/G6F/G20/G4A/G75/G64/G69/G63/G69/G61/G6C/G20/G64/G65/G20/G4C/G69/G6D/G61 RESOLUCIÓN DE JUNTA DE FISCALES SUPREMOS Nº 002-2004-MP-FN-JFS Lima, 13 de julio de 2004 VISTA: La Carta Notarial remitida por el doctor Juan Efraín Chil Mezarina, mediante la cual solicita el cese de susfunciones como Fiscal Superior Titular del Distrito Judi- cial de Lima por límite de edad. CONSIDERANDO: Que, el Consejo Nacional de la Magistratura mediante Resolución Nº 046-2001-CNM, de fecha 25 de mayo del 2001, resuelve dejar sin efecto el nombramiento del doc- tor Juan Efraín Chil Mezarina, cancelándole el Títulocomo Fiscal Superior en lo Penal del Distrito Judicial de Lima, por no haber sido ratificado en su cargo, Título que fuera expedido por Resolución Suprema Nº 319-84-JUSdel 18 de julio de 1984; Que, el Tribunal Constitucional mediante Sentencia de fecha 24 de marzo del 2003 expedida en el expedien-te 0158-2003-AA/TC, declara fundada la acción de am- paro Interpuesta por el referido ex fiscal contra el Con- sejo Nacional de la Magistratura, y en consecuenciainaplicable la Resolución Nº 046-2001-CNM; ordenan-