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/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G37/G32/G35/G33/G38 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, viernes 16 de julio de 2004 VISTOS: El Informe Técnico Nº 020-2004-PRODUCE/OGA/LOG de la Oficina General de Administración e Informe Legal Nº1837-2004-PRODUCE/OGAJ de la Oficina General de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO: Que, la Ley Nº 27779, Ley que modifica la Organiza- ción y Funciones de los Ministerios, y la Ley Nº 27789, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de la Produc- ción, establecen que la Entidad formula, aprueba, ejecutay supervisa las políticas de alcance nacional aplicables a las actividades extractivas, productivas y de transforma- ción en los sectores industria y pesquería, promoviendosu competitividad y el incremento de la producción, así como el uso racional de los recursos y la protección del medio ambiente; Que, para el cumplimiento de sus objetivos institucio- nales, el Ministerio de la Producción implementará una cam-paña publicitaria para la promoción y difusión del consumo de productos peruanos denominada “Cómprale al Perú” a través de medios de difusión televisiva en los programasde mayor sintonía y con la más amplia cobertura entre el público objetivo, de acuerdo a la pauta publicitaria presen- tada por el Viceministro de Industria; Que, el Artículo 8º del Reglamento de la Ley de Contra- taciones y Adquisiciones del Estado, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 013-2001-PCM, establece que las li-citaciones públicas, concursos públicos y adjudicaciones directas no contenidos en el Plan Anual deberán ser apro- bados por el Titular del Pliego o la máxima autoridad admi-nistrativa de la Entidad, según corresponda, para su inclu- sión en el mismo, lo cual deberá informarse al CONSUCO- DE dentro de los diez (10) días hábiles siguientes a dichaaprobación; Que, de conformidad con lo previsto por el literal h) del Artículo 19º del Texto Único Ordenado de la Ley de Contra- taciones y Adquisiciones del Estado, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 012-2001-PCM, están exoneradas delos procesos de Licitaciones Públicas, Concursos Públi- cos o Adjudicaciones Directas, según sea el caso, las con- trataciones de servicios personalísimos, de acuerdo a loque establezca el Reglamento, procediendo su contrata- ción de acuerdo a lo establecido por el Artículo 20º del aco- tado Texto Único Ordenado; Que, el Artículo 111º del Reglamento de la Ley de Con- trataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por De- creto Supremo Nº 013-2001-PCM y modificado por losDecretos Supremos Nº 125-2002-PCM y Nº 041-2003- PCM, señala que de conformidad con el inciso h) del Artí- culo 19º del TUO de la Ley de Contrataciones y Adquisicio-nes del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 012- 2001-PCM, se encuentran exonerados del respectivo pro- ceso de selección, los servicios de publicidad que prestanal Estado los medios de comunicación radial, escrita o cual- quier otro medio de comunicación; Que, los Artículos 34º, 105º, 113º y 116º del referido Reglamento establecen los procedimientos a que deben someterse las contrataciones y adquisiciones exoneradasde los procesos de selección antes aludidos, precisando que una vez aprobada la exoneración, la contratación de- berá realizarse mediante acciones inmediatas sobre la basede la obtención de una cotización que cumpla los requisi- tos establecidos en las Bases, debiendo indicarse en la resolución exoneratoria el órgano que se encargará de lle-var a cabo la contratación, siendo que dicha resolución re- quiere obligatoriamente un informe técnico-legal previo emitido por las áreas técnica y de asesoría jurídica de laEntidad, que justifique la contratación y la necesidad de la exoneración, contemplando criterios de economía, tales como los costos y la oportunidad, y determinando en cadacaso la dependencia u órgano que se encargará de reali- zar la adquisición o contratación exonerada, de acuerdo al monto involucrado y a su complejidad, envergadura o so-fisticación; Que, el numeral 6.5 de las Disposiciones Específicas de la Directiva Nº 011-2001-CONSUCODE/PRE, aproba-da mediante Resolución Nº 118-2001-CONSUCODE-PRE del Consejo Superior de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, establece que la parte resolutiva del instrumentoque aprueba la exoneración del proceso de selección, de- berá precisar el tipo y la descripción básica de los bienes,servicios u obras materia de exoneración, el valor referen- cial, la fuente de financiamiento, la cantidad o el tiempo que se requiere adquirir o contratar por exoneración, así como determinar la dependencia u órgano encargado derealizar la adquisición o contratación exonerada, de acuer- do al monto involucrado y a su complejidad, envergadura o sofisticación; Que, mediante los Informes del Visto, se sustenta téc- nica y legalmente, la necesidad de contratar a las empre-sas ANDINA DE RADIODIFUSIÓN SAC, PANAMERICA- NA TELEVISION SA, INSTITUTO NACIONAL DE RADIO Y TELEVISION DEL PERU y COMPAÑÍA PERUANA DERADIODIFUSIÓN SA para la promoción del consumo de productos nacionales, bajo la modalidad de servicios per- sonalísimos, cumpliéndose con lo establecido en el Artí-culo 113º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supre- mo Nº 013-2001-PCM y modificatorias; Que, para la contratación materia de la presente Reso- lución, se han cumplido con todos los requisitos previstos por la normatividad vigente; De conformidad con lo dispuesto en el Texto Único Or- denado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones delEstado, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PCM, su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 013- 2001-PCM y modificatorias y en uso de las atribucionesconferidas por el literal i) del Artículo 11º del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de la Produc- ción, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 002-2002-PRODUCE y modificatoria; SE RESUELVE:Artículo 1º.- Incluir en el Plan Anual de Adquisicio- nes y Contrataciones del Ministerio de la Producción,aprobado por Resolución Ministerial Nº 006-2004-PRO- DUCE y su modificatoria, el proceso de Adjudicación Directa Selectiva para la contratación de empresas detelevisión para la difusión de la campaña “Cómprale al Perú”. Artículo 2º.- Declarar, como Servicios Personalísimos, la contratación de las empresas ANDINA DE RADIODI- FUSIÓN SAC, PANAMERICANA TELEVISION SA, INSTI- TUTO NACIONAL DE RADIO Y TELEVISION DEL PERUy COMPAÑÍA PERUANA DE RADIODIFUSIÓN SA, para la prestación de los servicios de publicidad para la promo- ción y difusión de la Campaña “Cómprale al Perú” , de con- formidad con lo establecido en el Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones del Estado, aprobado por Decre- to Supremo Nº 012-2001-PCM, y su Reglamento, aproba-do mediante Decreto Supremo Nº 013-2001-PCM; por un valor referencial de hasta US$ 21,000.00 (Veintiún Mil Dó- lares Americanos), la fuente de financiamiento RecursosDirectamente Recaudados y el período comprendido entre el 5 y el 11 de julio de 2004, según la Pauta que como Anexo Nº 01 forma parte de la presente Resolución Minis-terial. Artículo 3º.- Exonerar la contratación a que se refiere el artículo anterior del proceso de selección respectivo,autorizando al Comité Especial que para tal efecto designe el Director de la Oficina General de Administración, a rea- lizar la contratación de los servicios a que se refiere la pre-sente Resolución mediante el procedimiento de Adjudica- ción de Menor Cuantía. Artículo 4º.- Disponer que la Oficina General de Ad- ministración a través de la Oficina de Logística, efec- túe la publicación de la presente Resolución en el Dia- rio Oficial El Peruano dentro de los diez (10) días hábi-les siguientes a la fecha de su aprobación, y asimismo, remita una copia de la misma y de los informes que sustentan la presente exoneración a la Contraloría Ge-neral de la República, dentro de los diez (10) días ca- lendario siguientes a la fecha de su emisión, conforme lo establece el Artículo 20º del Texto Único Ordenadode la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Esta- do aprobado por el Decreto Supremo Nº 012-2001-PCM, y el Artículo 115º de su Reglamento aprobado por elDecreto Supremo Nº 013-2001-PCM. Regístrese, comuníquese y publíquese. ALFONSO VELÁSQUEZ TUESTA Ministro de la Producción