Empresa en el ranking

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 16 DE JULIO DEL AÑO 2004 (16/07/2004)

CANTIDAD DE PAGINAS: 56

TEXTO PAGINA: 31

/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G37/G32/G35/G34/G35 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, viernes 16 de julio de 2004 Que, en este orden de ideas, de acuerdo a lo dispues- to por el inciso d) del artículo 84º del tantas veces citadoDecreto Supremo Nº 010-2003-TR, se señala con sumapropiedad que la huelga será declarada ilegal por no cum-plir los trabajadores con lo dispuesto en el artículo 82º; Que, el artículo 71º del Decreto Supremo Nº 011-92- TR, Reglamento de la Ley de Relaciones Colectivas de Trabajo, dispone que la declaración de ilegalidad de lahuelga de los trabajadores sujetos al régimen laboralpúblico será efectuada por el Titular del Sector corres-pondiente, o por el Jefe del Pliego correspondiente, opor el Jefe del Pliego de la Institución correspondiente; Que, consecuentemente, no habiendo cumplido con los requisitos señalados en los considerandos preceden-tes, la presente paralización de labores deviene en ilegal; De conformidad con las facultades previstas en el in- ciso 4) del artículo 76º de la Ley Orgánica del Poder Ju-dicial, modificado por Ley Nº 27465; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Declarar ilegal la Huelga convo- cada por la Federación Nacional de Trabajadores del Poder Judicial, la misma que se viene llevando a cabo desde el 14 de julio del 2004, por las razones expuestasen la parte considerativa de la presente resolución. Artículo Segundo.- Transcribir la presente resolución a los interesados y a las instancias jurisdiccionales ad-ministrativas correspondientes. Regístrese, comuníquese y cúmplase. HUGO SIVINA HURTADO Presidente 13249 CORTES SUPERIORES DE JUSTICIA /G44/G69/G73/G70/G6F/G6E/G65/G6E/G20/G69/G6E/G73/G74/G61/G6C/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G20/G70/G75/G6E/G74/G6F/G20/G64/G65/G20/G76/G65/G6E/G2D /G74/G61/G20/G64/G65/G20/G43/GE9/G64/G75/G6C/G61/G73/G20/G64/G65/G20/G4E/G6F/G74/G69/G66/G69/G63/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G56/G61/G6C/G6F/G72/G61/G64/G61/G73 /G65/G6E/G20/G6C/G61/G20/G53/G65/G64/G65/G20/G4A/G75/G64/G69/G63/G69/G61/G6C/G20/G64/G65/G20/G6C/G6F/G73/G20/G4A/G75/G7A/G67/G61/G64/G6F/G73/G20/G64/G65 /G50/G61/G7A/G20/G4C/G65/G74/G72/G61/G64/G6F/G73/G20/G64/G65/G6C/G20/G43/G61/G6C/G6C/G61/G6F CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DEL CALLAO RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA Nº 082-2004-P-CSJCL/PJ Callao, 7 de julio del 2004 LA PRESIDENCIA DE LA CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DEL CALLAO VISTOS Y CONSIDERANDO: Que, constituye permanente preocupación de este Despacho mejorar cada vez más el servicio de Justiciaque se brinda en este Distrito Judicial del Callao facili-tando al justiciable el acceso correspondiente y es atri-bución del Presidente de Corte Superior dirigir la políti-ca del Poder Judicial en su Distrito, en coordinación con el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, conforme esta- blece el inciso 3) del artículo 90º del Texto Único Orde-nado de la Ley Orgánica del Poder Judicial; Que, mediante Oficios Nº 0123-2004-AJPLC de fe- cha 31 de mayo último y Nº 1272-A-2004-CSJCL-PJ defecha 2 de junio del año en curso, el Administrador de los Juzgados de Paz Letrados del Callao y el Adminis- trador de esta Corte Superior de Justicia respectivamen-te, comunican las propuestas y requisitos necesarios parala instalación de un punto de venta de cédulas de notifica-ción valoradas en la Sede Judicial donde funcionan losJuzgados de Paz Letrados del Callao; Que, estando al contenido de dichos documentos, se establece la viabilidad de la instalación del punto de ventade cédulas que se indica, tanto más si ello facilitará el ejercicio de los derechos de los señores abogados y liti-gantes que acuden a dicha Sede Judicial; Que en consecuencia, en uso de las atribuciones y obligaciones conferidas a los Presidentes de Corte, porlos incisos 1) y 9) del artículo 90º del Texto Único Orde- nado de la Ley Orgánica del Poder Judicial; SE RESUELVE: Artículo Primero.- DISPONER a partir de la fecha, la instalación de un punto de venta de Cédulas de Notifi- cación Valoradas aprobada mediante Resolución Admi-nistrativa de la Presidencia del Poder Judicial Nº 192-2003-P-PJ, en la Sede Judicial de los Juzgados de PazLetrados del Callao, situados en la Av. Saenz Peña Nº472 de la Provincia Constitucional del Callao. Artículo Segundo.- DESIGNAR a la servidora Isis Murrieta de Haro como responsable de la venta de lascédulas de notificación dispuesta mediante el ArtículoPrimero de la presente Resolución, en adición a sus fun-ciones administrativas. Artículo Tercero.- DESIGNAR al Administrador de los Juzgados de Paz Letrados del Callao, como responsa- ble directo del depósito de lo recaudado por el punto deventa, de la custodia de los documentos valorados antesmencionados, de la coordinación de envio de stock y/oconsultas que deberá realizar con el área de Recauda-ción Judicial de esta Corte Superior de Justicia. Artículo Cuarto.- DISPONER que en virtud de lo dis- puesto en el Artículo Tercero, el administrador de los Juz-gados de Paz Letrados del Callao culminado el día deventa de cédulas de notificación, deberá remitir bajo res-ponsabilidad dentro de las 24 horas las papeletas de de-pósito correspondiente, a la Administración Distrital de esta Corte Superior con precisión de las series respectivas. Artículo Quinto.- DISPONER que el Administrador de la sede de los Juzgados de Paz Letrados habilite elambiente adecuado de dicha sede judicial para el cum-plimiento de lo dispuesto en la presente Resolución y laAdministración Distrital de esta Corte Superior, brinde todas las facilidades para el mismo fin. Artículo Sexto.- PÓNGASE la presente Resolución, en conocimiento del Consejo Ejecutivo del Poder Judi-cial, del Jefe de la Oficina de Administración Distrital, dela Gerencia General, de la Gerencia de Servicios Judi-ciales y Recaudación de la Gerencia General del Poder Judicial, del Colegio de Abogados del Callao, de los Ór- ganos Jurisdiccionales de esta Corte Superior, de la Ofi-cina de Administración y del área de Protocolo y Difu-sión de la Oficina Distrital de Imagen Institucional, paralos fines pertinentes. Regístrese, comuníquese, publíquese y archívese. CARLOS ZECENARRO MATEUS PresidenteCorte Superior de Justicia del Callao 13254 /G45/G73/G74/G61/G62/G6C/G65/G63/G65/G6E/G20/G70/G72/G6F/G67/G72/G61/G6D/G61/G20/G64/G65/G20/G61/G63/G74/G69/G76/G69/G64/G61/G64/G65/G73/G20/G63/G6F/G6E /G6D/G6F/G74/G69/G76/G6F/G20/G64/G65/G20/G6C/G61/G73/G20/G63/G65/G6C/G65/G62/G72/G61/G63/G69/G6F/G6E/G65/G73/G20/G64/G65/G6C/G20/G22/G44/GED/G61/G20/G64/G65/G6C/G4A/G75/G65/G7A/G22 CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DEL CALLAO RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA Nº 083-2004-P-CSJCL/PJ Callao, 12 de julio del 2004 LA PRESIDENCIA DE LA CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DEL CALLAO VISTOS Y CONSIDERANDO: Que, el "Día del Juez" que se conmemora el 4 de agos- to de cada año, fue instaurado por Decreto Ley Nº 18918,