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/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G37/G33/G31/G36/G39 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, sábado 24 de julio de 2004 Artículo 116º.- Manifiesto de manejo de residuos pe- ligrosos El generador y la EPS-RS responsable del servicio de transporte, tratamiento y disposición final de residuos peli- grosos están obligados a suscribir un Manifiesto de Mane-jo de Residuos Sólidos Peligrosos, según el formulario del Anexo 2 y de acuerdo a lo indicado en los artículos 41º, 42º y 43º del Reglamento. Artículo 117º.- Emisión y características de formu- larios de manifiesto La autoridad del sector correspondiente debe emitir los formularios indicados en el artículo anterior para el seguimiento de los residuos de su competencia, desdeel transporte hasta su destino final, para lo cual estable- cerá en su respectivo TUPA el procedimiento para que los generadores adquieran dichos formularios. La emi-sión de estos formularios considera las siguientes ca- racterísticas: 1. Color: a) Original, de color verde que es para la autoridad com- petente; b) Primera copia, de color blanco para el generador; c) Segunda copia, de color amarillo claro para la EPS- RS de transporte; d) Tercera copia, de color celeste claro para la EPS-RS de tratamiento o disposición final, o empresa comercializa-dora, en caso de utilizar los servicios de ésta para la ex- portación de residuos. 2. Membrete del sector correspondiente en el extremo superior izquierdo; 3. Código en el extremo superior derecho, constituido por número correlativo, los últimos dos dígitos del año co- rrespondiente, y las siglas del sector, cada uno de estos elementos estará separado por un guión. 4. En el extremo inferior derecho deberá estar impreso lo siguiente: a) En el original: Autoridad Competente; b) En la primera copia: Generador; c) En la segunda copia: EPS-RS de Transporte; yd) En la tercera copia: EPS-RS de Tratamiento o Dispo- sición Final, o EC-RS. Artículo 118º.- Plazos para presentar el informe de operador En los primeros quince (15) días hábiles de cada mes la EPS-RS y la EC-RS y las municipalidades, deberán pre- sentar un informe de operador, refrendado por el respon- sable del área técnica, a la Autoridad de Salud de la juris-dicción, y ésta la remitirá a la DIGESA dentro de los quince (15) días hábiles de recibida dicha información; acompa- ñada de un análisis de situación. Articulo 119º.- Reserva de la información La autoridad competente guardará la debida confiden- cialidad de la información protegida por leyes especiales a solicitud del generador. Igualmente la EPS-RS o la EC-RS deberán salvaguardar el derecho que poseen las empre-sas de mantener en reserva sus procesos, tecnologías y otros asuntos de gestión interna relacionados con el desa- rrollo empresarial. Artículo 120º.- Informe Anual de Gestión de Resi- duos Sólidos Las autoridades sectoriales y las municipalidades, anualmente pondrán a disposición del público en general, la información relacionada con la gestión de residuos obte-nida en el ejercicio de sus funciones. Este informe de ges- tión de residuos será difundido local y regionalmente y se remitirá al CONAM. Los aspectos que debe comprender elinforme anual de gestión de residuos son: 1. Período y ámbito geográfico del informe; 2. Objetivos y metas de la gestión de residuos previs- tas para el período materia del informe indicando, nivel de cumplimiento de las mismas, en términos de ampliaciónde la cobertura de recolección, incremento del volumen de residuos que se recicla o minimiza, entre otros indicadores de manejo;3. Acciones y resultados de las instituciones participan- tes en la gestión de residuos, como municipalidades, EPS-RS, EC-RS, organizaciones de base, entre otras; 4. Resultados cualitativos y cuantitativos de la minimi- zación y reaprovechamiento de residuos por sector pro-ductivo; 5. Estadísticas e indicadores históricos sobre la ges- tión de residuos, incluyendo la sistematización de las que-jas y sugerencias de la población; 6. Nivel de inversión ejecutado; 7. Planes, objetivos y metas trazadas para el siguiente período anual; y, 8. Otra información relevante que permita a la opinión pública conocer el estado y perspectivas del manejo deresiduos. Artículo 121º.- Publicación de contratos Los contratos que las municipalidades suscriban con las EPS-RS o EC-RS, sobre todo los indicados en el artí- culo 29º de la Ley, serán de dominio público y serán difun-didos a la opinión pública para su conocimiento, en un pla- zo máximo de quince (15) días de suscrito a través de un diario de circulación nacional. Artículo 122º.- Informe anual de gestión de residuos El CONAM sistematiza, procesa y consolida la infor- mación que reciba de las autoridades sectoriales y munici- palidades provinciales, y la incorporará en el Informe Na- cional sobre el Estado del Ambiente en el Perú. Artículo 123º.- Mecanismos de participación ciuda- dana Las autoridades municipales, así como las demás au- toridades competentes promoverán la implementación de mecanismos de participación ciudadana en la gestión deresiduos sólidos; tanto en el acceso a información así como en la toma de decisiones en esta materia. TÍTULO IX FISCALIZACION Y REGISTRO DE AUDITORES Capítulo I Aspectos Generales Artículo 124º.- Auditoría ambiental del manejo de residuos La auditoría ambiental es el instrumento de fiscaliza- ción para el cumplimiento de las normas y los procedimien- tos técnicos y administrativos establecidos en la Ley, el Re-glamento y la normatividad vigente de manejo integral de residuos, y serán realizados por auditores debidamente registrados en la DIGESA o por auditores registrados enlos ministerios u organismos de los sectores señalados en la Ley, como se establece en el artículo 11º del presente Reglamento. Artículo 125º.- Registro de Auditores en DIGESA Para la inscripción en el registro de auditores en la DI- GESA, se deberá cumplir con los siguientes requisitos: a) Persona Jurídica : 1. Copia de la constancia de inscripción de la empresa en los Registros Públicos, debiendo encontrarse expresa-mente consignado dentro del objeto social de la empresa lo relativo a la prestación de estos servicios; 2. Perfil documentado de la empresa detallando la ex- periencia desarrollada en auditorías ambientales, debien- do demostrar una experiencia no menor de dos (02) años en esta materia; 3. Currículo vitae documentado de los profesionales co- legiados que conforman el equipo de trabajo con experien- cia no menor a tres (03) años en auditoría ambiental y unmínimo de cinco (05) auditorías comprobadas, incluyendo una carta compromiso de la prestación de estos servicios a la empresa. b) Persona Natural : 1. Copia de documento de identidad personal; 2. Curriculo vitae del auditor que demuestre la expe- riencia del auditor en procedimientos, procesos y técnicasde auditoría, con una experiencia no menor de tres (03)