Norma Legal Oficial del día 24 de julio del año 2004 (24/07/2004)


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TEXTO DE LA PÁGINA 19

MORDAZA, sabado 24 de MORDAZA de 2004

NORMAS LEGALES

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Articulo 116º.- Manifiesto de manejo de residuos peligrosos El generador y la EPS-RS responsable del servicio de transporte, tratamiento y disposicion final de residuos peligrosos estan obligados a suscribir un Manifiesto de Manejo de Residuos Solidos Peligrosos, segun el formulario del Anexo 2 y de acuerdo a lo indicado en los articulos 41º, 42º y 43º del Reglamento. Articulo 117º.- Emision y caracteristicas de formularios de manifiesto La autoridad del sector correspondiente debe emitir los formularios indicados en el articulo anterior para el seguimiento de los residuos de su competencia, desde el transporte hasta su destino final, para lo cual establecera en su respectivo MORDAZA el procedimiento para que los generadores adquieran dichos formularios. La emision de estos formularios considera las siguientes caracteristicas: 1. Color: a) Original, de color MORDAZA que es para la autoridad competente; b) Primera MORDAZA, de color MORDAZA para el generador; c) MORDAZA MORDAZA, de color MORDAZA MORDAZA para la EPSRS de transporte; d) Tercera MORDAZA, de color MORDAZA MORDAZA para la EPS-RS de tratamiento o disposicion final, o empresa comercializadora, en caso de utilizar los servicios de esta para la exportacion de residuos. 2. Membrete del sector correspondiente en el extremo superior izquierdo; 3. Codigo en el extremo superior derecho, constituido por numero correlativo, los ultimos dos digitos del ano correspondiente, y las siglas del sector, cada uno de estos elementos estara separado por un guion. 4. En el extremo inferior derecho debera estar impreso lo siguiente: a) En el original: Autoridad Competente; b) En la primera copia: Generador; c) En la MORDAZA copia: EPS-RS de Transporte; y d) En la tercera copia: EPS-RS de Tratamiento o Disposicion Final, o EC-RS. Articulo 118º.- Plazos para presentar el informe de operador En los primeros quince (15) dias habiles de cada mes la EPS-RS y la EC-RS y las municipalidades, deberan presentar un informe de operador, refrendado por el responsable del area tecnica, a la Autoridad de Salud de la jurisdiccion, y esta la remitira a la DIGESA dentro de los quince (15) dias habiles de recibida dicha informacion; acompanada de un analisis de situacion. Articulo 119º.- Reserva de la informacion La autoridad competente guardara la debida confidencialidad de la informacion protegida por leyes especiales a solicitud del generador. Igualmente la EPS-RS o la EC-RS deberan salvaguardar el derecho que poseen las empresas de mantener en reserva sus procesos, tecnologias y otros asuntos de gestion interna relacionados con el desarrollo empresarial. Articulo 120º.- Informe Anual de Gestion de Residuos Solidos Las autoridades sectoriales y las municipalidades, anualmente pondran a disposicion del publico en general, la informacion relacionada con la gestion de residuos obtenida en el ejercicio de sus funciones. Este informe de gestion de residuos sera difundido local y regionalmente y se remitira al CONAM. Los aspectos que debe comprender el informe anual de gestion de residuos son: 1. Periodo y ambito geografico del informe; 2. Objetivos y metas de la gestion de residuos previstas para el periodo materia del informe indicando, nivel de cumplimiento de las mismas, en terminos de ampliacion de la cobertura de recoleccion, incremento del volumen de residuos que se recicla o minimiza, entre otros indicadores de manejo;

3. Acciones y resultados de las instituciones participantes en la gestion de residuos, como municipalidades, EPSRS, EC-RS, organizaciones de base, entre otras; 4. Resultados cualitativos y cuantitativos de la minimizacion y reaprovechamiento de residuos por sector productivo; 5. Estadisticas e indicadores historicos sobre la gestion de residuos, incluyendo la sistematizacion de las quejas y sugerencias de la poblacion; 6. Nivel de inversion ejecutado; 7. Planes, objetivos y metas trazadas para el siguiente periodo anual; y, 8. Otra informacion relevante que permita a la opinion publica conocer el estado y perspectivas del manejo de residuos. Articulo 121º.- Publicacion de contratos Los contratos que las municipalidades suscriban con las EPS-RS o EC-RS, sobre todo los indicados en el articulo 29º de la Ley, seran de dominio publico y seran difundidos a la opinion publica para su conocimiento, en un plazo MORDAZA de quince (15) dias de suscrito a traves de un diario de circulacion nacional. Articulo 122º.- Informe anual de gestion de residuos El CONAM sistematiza, procesa y consolida la informacion que reciba de las autoridades sectoriales y municipalidades provinciales, y la incorporara en el Informe Nacional sobre el Estado del Ambiente en el Peru. Articulo 123º.- Mecanismos de participacion ciudadana Las autoridades municipales, asi como las demas autoridades competentes promoveran la implementacion de mecanismos de participacion ciudadana en la gestion de residuos solidos; tanto en el acceso a informacion asi como en la toma de decisiones en esta materia. TITULO IX FISCALIZACION Y REGISTRO DE AUDITORES Capitulo I Aspectos Generales Articulo 124º.- Auditoria ambiental del manejo de residuos La auditoria ambiental es el instrumento de fiscalizacion para el cumplimiento de las normas y los procedimientos tecnicos y administrativos establecidos en la Ley, el Reglamento y la normatividad vigente de manejo integral de residuos, y seran realizados por auditores debidamente registrados en la DIGESA o por auditores registrados en los ministerios u organismos de los sectores senalados en la Ley, como se establece en el articulo 11º del presente Reglamento. Articulo 125º.- Registro de Auditores en DIGESA Para la inscripcion en el registro de auditores en la DIGESA, se debera cumplir con los siguientes requisitos: a) Persona Juridica: 1. MORDAZA de la MORDAZA de inscripcion de la empresa en los Registros Publicos, debiendo encontrarse expresamente consignado dentro del objeto social de la empresa lo relativo a la prestacion de estos servicios; 2. Perfil documentado de la empresa detallando la experiencia desarrollada en auditorias ambientales, debiendo demostrar una experiencia no menor de dos (02) anos en esta materia; 3. Curriculo vitae documentado de los profesionales colegiados que conforman el equipo de trabajo con experiencia no menor a tres (03) anos en auditoria ambiental y un minimo de cinco (05) auditorias comprobadas, incluyendo una carta compromiso de la prestacion de estos servicios a la empresa. b) Persona Natural: 1. MORDAZA de documento de identidad personal; 2. Curriculo vitae del auditor que demuestre la experiencia del auditor en procedimientos, procesos y tecnicas de auditoria, con una experiencia no menor de tres (03)

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