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/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G37/G30/G32/G31/G34 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, sábado 12 de junio de 2004 SE RESUELVE: 1º.- Autorizar la Inclusión en el Plan Anual de Adquisi- ciones y Contrataciones del año 2004 de la Universidad Nacional Mayor de San Marcos, del Proceso de Selecciónpara la fabricación de las rejas de seguridad para las mam- paras y ventanas del primer piso de la Sede Administrativa Central y reja de ingreso para el Estacionamiento de laUniversidad, descrito en el Anexo Nº 1 que en foja uno (1) forma parte de la presente Resolución Rectoral, según las fuentes de financiamiento y modalidades expresadas, as-cendentes al monto de S/. 42,026.71 (Cuarentidós mil vein- tiséis y 71/100 nuevos soles). 2º.- Encargar a la Secretaría General de la Universi- dad, la publicación de la presente Resolución Rectoral en el Diario Oficial El Peruano. 3º.- Encargar a la Oficina de Abastecimiento la comuni- cación y remisión de una copia a PROMPYME y al CON- SUCODE, dentro del plazo de diez días hábiles siguien- tes, en cumplimiento del artículo 8º del Decreto SupremoNº 013-2001-PCM. 4º.- Encargar al Vicerrectorado Administrativo el cumpli- miento de la presente Resolución Rectoral. Regístrese, comuníquese, publíquese y archívese. JUAN MANUEL BURGA DÍAZ Rector 11043 /G43/G61/G6E/G63/G65/G6C/G61/G6E/G20/G63/G6F/G6E/G74/G72/G61/G74/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G6C/G20/G73/G65/G72/G76/G69/G63/G69/G6F/G20/G64/G65 /G61/G6C/G6F/G6A/G61/G6D/G69/G65/G6E/G74/G6F/G20/G79/G20/G61/G6C/G69/G6D/G65/G6E/G74/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G61/G20/G71/G75/G65/G20/G73/G65/G72/G65/G66/G69/G65/G72/G65/G20/G6C/G61/G20/G52/G65/G73/G2E/G20/G4E/GBA/G20/G30/G31/G33/G30/G31/G2D/G52/G2D/G30/G34/G20/G64/G65/G20/G6C/G61/G55/G6E/G69/G76/G65/G72/G73/G69/G64/G61/G64/G20/G4E/G61/G63/G69/G6F/G6E/G61/G6C/G20/G4D/G61/G79/G6F/G72/G20/G64/G65/G20/G53/G61/G6E /G4D/G61/G72/G63/G6F/G73 UNIVERSIDAD NACIONAL MAYOR DE SAN MARCOS RESOLUCIÓN RECTORAL Nº 002602-R-04 Lima, 8 de junio del 2004 Visto el Expediente, con Registro de Mesa de Partes General Nº 09903-RG-04, sobre cancelación de la Reso- lución Rectoral Nº 01301-R-04 del 26 de marzo de 2004. CONSIDERANDO: Que mediante Resolución Rectoral Nº 01301-R-04 del 26 de marzo de 2004 se exonera a la Facultad de Educa- ción de la Universidad Nacional Mayor de San Marcos del proceso de Concurso Público para la contratación del ser-vicio de alojamiento y alimentación para los participantes en el Programa de Capacitación Pedagógica a ejecutar por la Facultad de Educación por el importe total de S/.152,460.00 (Ciento cincuentidós mil cuatrocientos sesen- ta y 00/100 nuevos soles), por tratarse de servicios perso- nalísimos, y se dispone que dicha contratación se efectúemediante el Proceso de Selección de Adjudicación de Me- nor Cuantía; Que vía Oficio Nº 0926-OGE-0A-2004 del 22 de abril de 2004, la Oficina de Abastecimiento establece que debi- do a omisiones (como la Orden de Servicio Nº 0261) en la información suministrada por el área usuaria no se pudoverificar que la contratación se empieza a ejecutar con antelación a la solicitud de exoneración; Que posteriormente, con Oficio Nº 1002-D-FE-2004, la Facultad de Educación remite los Oficios Nºs 041/PLANC- GED-FE-04 y 042/PLANCGED-FE-04, en los cuales se indica que la fecha de conclusión del Programa de Capaci-tación y de la prestación de los servicios de alojamiento y alimentación fue el 27 de febrero de 2004; Que en tal sentido, la Resolución Rectoral Nº 01301-R- 04 del 26 de marzo de 2004 deviene en inejecutable por cuanto la contratación de servicios ya se había efectuado con antelación a su expedición y por tanto ha desapareci-do la necesidad de contratar; Que el artículo 34º de la Ley de Contrataciones y Adqui- siciones del Estado establece que "en cualquier estado delproceso de selección, hasta antes del otorgamiento de la Buena Pro, la Entidad que lo convoca puede cancelarlo ...cuando desaparezca la necesidad de adquirir o contratar ... "; Que el artículo 21º del Reglamento de la Ley de Contra- taciones y Adquisiciones del Estado señala que cuando la Entidad decida cancelar un Proceso de Selección por cau- sal debidamente motivada y de acuerdo a lo permitido porel artículo 34º de la Ley, deberá comunicar su decisión den- tro del día siguiente y por escrito al Comité Especial, éste a su vez deberá comunicar dicha decisión a todos los ad-quirentes de las Bases o a quienes hayan sido invitados, según sea el caso, dentro del día siguiente de recibida la comunicación cursada a la Entidad"; Que mediante Informe Nº 0663-OGAL-2004, la Oficina General de Asesoría Legal señala que estando la Resolu- ción Rectoral Nº 01301-R-04 del 26 de marzo de 2004 re-ferida a la contratación para cubrir necesidades ya satisfe- chas, recomienda la cancelación de dicha contratación, por causal de haber desaparecido la necesidad de adquirir ocontratar, de acuerdo con lo prescrito en las normas glosa- das en los considerandos anteriores; y, Estando a las atribuciones conferidas al señor Rector por la Ley Universitaria Nº 23733 y el Estatuto de la Uni- versidad Nacional de San Marcos; SE RESUELVE: 1º.- Cancelar la contratación del servicio de alojamien- to y alimentación autorizada mediante Resolución Recto- ral Nº 01301-R-04 del 26 de marzo de 2004, por la causal de haber desaparecido la necesidad de adquirir o contra-tar, prescrita en el artículo 34º de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, y el artículo 21º de su Regla- mento aprobado por Decreto Supremo Nº 013-2001-PCM. 2º.- Dejar sin efecto la Resolución Rectoral Nº 01301- R-04 del 26 de marzo de 2004, por lo expuesto en el reso- lutivo anterior. 3º.- Derivar el expediente materia de la presente Resolu- ción Rectoral a las Comisiones de Procesos Administrati- vos y Disciplinarios, a efectos de que sean determinadaslas responsabilidades a que hubiere lugar por la realiza- ción de la contratación del servicio de alojamiento y ali- mentación para los participantes en el Programa de Capa-citación Pedagógica ejecutado por la Facultad de Educa- ción antes de solicitar la exoneración del respectivo proce- so de selección. 4º.- Disponer que la Secretaría General de la Universi- dad publique la presente Resolución en el Diario Oficial El Peruano dentro de los cinco (5) días siguientes a su expe-dición. 5º.- Encargar a la Oficina de Abastecimiento de la remi- sión de copia de la presente Resolución y los InformesTécnicos y Legales correspondientes, a la Contraloría Ge- neral de la República y al CONSUCODE dentro del plazo de Ley. 6º.- Encargar al Comité Especial Permanente, Oficina de Abastecimiento, Oficina de Comisiones Permanentes y Transitorias, y Secretaría General el cumplimiento de lapresente Resolución Rectoral. Regístrese, comuníquese, publíquese y archívese.JUAN MANUEL BURGA DÍAZ Rector 11045 /G44/G65/G63/G6C/G61/G72/G61/G6E/G20/G65/G6E/G20/G73/G69/G74/G75/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G20/G75/G72/G67/G65/G6E/G63/G69/G61/G20/G6C/G61 /G61/G64/G71/G75/G69/G73/G69/G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G20/G69/G6E/G6D/G75/G65/G62/G6C/G65/G20/G70/G61/G72/G61/G20/G63/G6F/G6E/G73/G74/G72/G75/G63/G2D/G63/G69/GF3/G6E/G20/G79/G20/G66/G75/G6E/G63/G69/G6F/G6E/G61/G6D/G69/G65/G6E/G74/G6F/G20/G64/G65/G20/G64/G69/G76/G65/G72/G73/G61/G73/G20/G61/G75/G2D/G6C/G61/G73/G20/G64/G65/G20/G6C/G61/G20/G55/G6E/G69/G76/G65/G72/G73/G69/G64/G61/G64/G20/G4E/G61/G63/G69/G6F/G6E/G61/G6C/G20/G64/G65/G6C/G20/G43/G65/G6E/G2D/G74/G72/G6F/G20/G64/G65/G6C/G20/G50/G65/G72/GFA UNIVERSIDAD NACIONAL DEL CENTRO DEL PERÚ RESOLUCIÓN Nº 3587-R-2004 Huancayo, 27 de mayo de 2004