Norma Legal Oficial del día 17 de junio del año 2004 (17/06/2004)


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TEXTO DE LA PÁGINA 35

MORDAZA, jueves 17 de junio de 2004

NORMAS LEGALES

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Articulo Segundo.- Hacer de conocimiento de la presente Resolucion a los senores Presidentes del Consejo Nacional de la Magistratura, de la Corte Suprema de Justicia, Fiscal Supremo de la Fiscalia Suprema de Control Interno, Presidente de la Corte Superior de Justicia de MORDAZA y de los interesados, para los fines pertinentes. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Fiscal de la Nacion 11445

SBS
Dan por concluido MORDAZA liquidatorio de la MORDAZA Rural de Ahorro y Credito "Selva Peruana" S.A. en Liquidacion
RESOLUCION SBS Nº 915-2004
MORDAZA, 11 de junio de 2004 EL SUPERINTENDENTE DE BANCA Y SEGUROS VISTOS: El Informe Nº 30-2004-DACEL de fecha 24 de MORDAZA del 2004, emitido por el Departamento de Administracion de Carteras y Empresas en Liquidacion; asi como el Informe de Final de Cierre, elaborado por el Liquidador de la MORDAZA Rural de Ahorro y Credito "Selva Peruana" S.A., en Liquidacion, en adelante, CRAC MORDAZA Peruana (L), concluyen que el MORDAZA liquidatorio de dicha MORDAZA Rural se encuentra en condiciones de darse por culminado; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Resolucion SBS Nº 898-97 de fecha 30 de diciembre de 1997, publicada el 31 de diciembre del 1997, se declaro en disolucion a la MORDAZA Rural de Ahorro y Credito MORDAZA Peruana S.A., para la liquidacion definitiva de sus bienes y negocios, cancelandose la autorizacion de su funcionamiento; Que, al inicio del MORDAZA liquidatorio el Balance General de la CRAC MORDAZA Peruana (L) registraba Activos por un monto que ascendia a S/. 2 251 mil (Dos Millones Doscientos Cincuenta y Un Mil Nuevos Soles), Pasivos por S/. 2 518 mil (Dos Millones Quinientos Dieciocho Mil Nuevos Soles), en consecuencia, un Patrimonio negativo de S/. 267 mil (Doscientos Sesenta y Siete Mil Nuevos Soles); Que, durante el MORDAZA liquidatorio la CRAC MORDAZA Peruana (L) ha generado ingresos liquidos en un importe de S/. 921 mil (Novecientos Veinte y Un Mil Nuevos Soles), que le permitieron pagar el integro de las acreencias correspondientes a creditos laborales, de la garantia del ahorro, de caracter tributario, inclusive hasta parte de las acreencias comprendidas en el literal D) Cumplimiento de Otras Obligaciones, del articulo 117º de la Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Organica de la Superintendencia de Banca y Seguros - Ley Nº 26702; Que, los depositos de los ex ahorristas de la CRAC MORDAZA Peruana (L) fueron pagados con sus propios recursos sin recurrir al Fondo de Seguro de Depositos, habiendo consignado judicialmente los depositos no reclamados por sus titulares, ascendentes a S/. 4 836,92 (Cuatro Mil Ochocientos Treinta y Seis y 92/100 Nuevos Soles) y US$ 53,30 (Cincuenta y Tres y 30/100 Dolares Americanos), ante el MORDAZA Juzgado de Paz Letrado de Maynas, mediante Certificados de Deposito Judicial Nºs. 1999052101794 y 1999052101795, respectivamente; Que, con fecha 24 de noviembre del 2003, la CRAC MORDAZA Peruana (L) celebro un contrato de Cesion de Derechos Crediticios con Obligacion de Hacer con la MORDAZA Municipal de Ahorro y Credito Maynas S.A., por el cual le transfirio 102 creditos en Moneda Nacional por S/. 117 251,51 (Ciento Diecisiete Mil Doscientos Cincuenta y Uno y 51/100 Nuevos Soles) y 3 creditos en Moneda extranjera por US$ 17 240,00 (Diecisiete Mil Doscientos Cuarenta y 00/100 Dolares Americanos), a cambio de una

contraprestacion consistente en abonar a COFIDE, en su calidad de administrador de la Linea de Credito FRASA, el 50% del producto que obtenga de la recuperacion de los creditos; como parte de pago de la acreencia reconocida por la CRAC MORDAZA Peruana - L a favor de COFIDE, obligacion que la entidad adquiriente asume solo hasta donde alcancen los activos; Que, los ultimos activos con que contaba la CRAC MORDAZA Peruana (L), constituidos por tres inmuebles con un valor contable de S/. 12 005,60 (Doce Mil Cinco y 60/ 100 Nuevos Soles), fueron autorizados para el pago de las comisiones retributivas pendientes de pago a la persona juridica liquidadora, en este caso a la empresa Asesores Financieros E.I.R.L.; Que, la CRAC MORDAZA Peruana (L) ha cumplido con transferir el acervo documental de todo su MORDAZA liquidatorio al Archivo Regional de MORDAZA, conforme se desprende del Acta de Transferencia suscrita con dicha Institucion el 24 de marzo del 2004; Que, en el Balance Final al 31 de enero del 2004, publicado el 16 de febrero del 2004 en el Diario Judicial "La Region" de MORDAZA se observa que la CRAC MORDAZA Peruana (L) no registra activos, quedando pasivos pendientes por la suma de S/. 3 015 233,28 (Tres Millones Quince Mil Doscientos Treinta y Tres y 28/100 Nuevos Soles), lo cuales quedaran impagos por agotamiento de activos; Que, en aplicacion de lo dispuesto en el Articulo 114º de la Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Organica de la Superintendencia de Banca y Seguros - Ley Nº 26702 y modificatorias, corresponde a la Superintendencia dar por concluido el MORDAZA liquidatorio de la CRAC MORDAZA Peruana - L; Estando a lo opinado por las Superintendencias Adjuntas de Banca y Asesoria Juridica; y, en uso de las facultades que le confiere la citada Ley General; RESUELVE: Articulo Primero.- Dar por concluido el MORDAZA liquidatorio de la MORDAZA Rural de Ahorro y Credito "Selva Peruana" S.A. en Liquidacion, y en consecuencia la extincion de la sociedad debera ser inscrita en el Registro Publico; disponiendo el traslado del acervo documental al Archivo Regional de Loreto. Articulo Segundo.- Dar por terminado el encargo efectuado a la Empresa Asesores Financieros E.I.R.L., para la representacion y administracion de la MORDAZA Rural de Ahorro y Credito "Selva Peruana" S.A., en Liquidacion, en consecuencia revocar los poderes otorgados en este sentido. Registrese, comuniquese, publiquese y transcribase a los Registros Publicos para su correspondiente inscripcion. MORDAZA MORDAZA MARTHANS MORDAZA Superintendente de Banca y Seguros 11318

UNIVERSIDADES
Inician MORDAZA administrativo disciplinario a diversos ex funcionarios de la Universidad Nacional de Ucayali
UNIVERSIDAD NACIONAL DE UCAYALI RESOLUCION Nº 047-2004-R-UNU
Pucallpa, 2 de febrero del 2004 VISTOS: Informe Nº 227-2002-CG-EA; Informe Nº 0042004-TH-UNU. CONSIDERANDO: Que, por Informe Nº 227-2002-CG-EA, la Contraloria General de la Republica, practica Examen Especial UNU, periodo 1 de noviembre de 1994 a 30 de junio del 2001; que remite con Oficio Nº 2340-2002-CG/DC, de 31 de diciembre del 2002; recepcionandose, por la Universidad Nacional de Ucayali, el 4 de febrero del 2003; Que, por Informe Nº 004-2004-TH.UNU, de 27 de enero del 2004, el Tribunal de Honor de la Universidad Nacio-

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