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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 19 DE JUNIO DEL AÑO 2004 (19/06/2004)

CANTIDAD DE PAGINAS: 96

TEXTO PAGINA: 12

/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G37/G30/G39/G30/G36 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, sábado 19 de junio de 2004 Que, el artículo 114º del precitado Reglamento, señala que la facultad de aprobación de las exoneraciones referi-das en el segundo considerando no puede ser delegadapor las autoridades que se indican en el artículo 20º delcitado Texto Único Ordenado; Que, en consecuencia resulta necesaria la emisión de la Resolución Ministerial mediante la cual se apruebe laexoneración del proceso de selección correspondiente, paracontratar a través de la modalidad de Adjudicación de Me-nor Cuantía los citados servicios de publicación y difusióntelevisiva, radial y escrita; Que, mediante Hoja de Coordinación Nº 502-2004-ME/ SPE-UP de la Unidad de Presupuesto se informa, garanti-za y certifica la disponibilidad presupuestal que se requie-re para el cumplimiento de la Resolución de exoneración;y, De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Ley Nº 25762, modificado por la Ley Nº 26510, los Decretos Su-premos Nºs. 51-95-ED, 002-96-ED, 012-2001-PCM, 013-2001-PCM; SE RESUELVE:Artículo 1º.- Exonérese al Ministerio de Educación del proceso de selección de Concurso Público, y autorícese acontratar a través de la modalidad de Adjudicación de Me-nor Cuantía, el servicio de publicación y difusión de spotstelevisivos, radiales y avisos publicados en medios escri-tos, por causal de prestación de servicios personalísimoscon los siguientes medios de comunicación Canal 2 Com-pañía Latinoamericana de Radiodifusión S.A., Canal 4 Com-pañía Peruana de Radiodifusión, Canal 5 PanamericanaTelevisión S.A., Canal 7 Instituto de Radio y Televisión delPerú y Canal 9 Andina de Radiodifusión S.A.C.; mediosradiales: Radiomar Plus am/fm, Radio Moda fm, Radio In-olvidable am/fm, Radio Inca fm, Radio Panamericana fm,Radioprogramas del Perú am/fm, Radio KE Buena fm, CPNRadio, Laser fm - Tumbes, Antena 10 fm - Piura, JHC am/fm - Chiclayo, Frecuencia 100 fm - Trujillo, Studio 99 fm -Chimbote, Melodía am - Arequipa, Uno am - Tacna, SanFrancisco fm - Cajamarca, Huancayo am/fm - Huancayo,Las Vegas am/fm - Cusco, Onda Azul fm - Puno, Loreto fm- Iquitos y Super am/fm - Pucallpa; y los siguientes mediosde prensa: Diario El Comercio, Trome, Correo, Ajá, Perú21, La República, El Popular y Caretas entre los días 23 dejunio al 6 de julio 2004, a efecto de difundir la campañadenominada "Todos a Clases" por un valor referencial totalde S/. 431,654.00 (Cuatrocientos Treinta y Un Mil Seiscien-tos Cincuenta y Cuatro 00/100 Nuevos Soles) incluido elImpuesto General a las Ventas. Artículo 2º.- Las contrataciones que se efectúen en vir- tud de la presente Resolución, se realizarán a través de laUnidad de Abastecimiento del Ministerio de Educación, y deconformidad con las normas del Texto Único Ordenado dela Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, apro-bado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PCM y su Regla-mento, aprobado por Decreto Supremo Nº 013-2001-PCM. Artículo 3º.- El egreso que ocasione la presente Resolución se aplicará con cargo al presupuesto del Plie-go 010: Ministerio de Educación; Unidad Ejecutora 024:Sede Central. Artículo 4º.- Copia de la presente Resolución y sus antecedentes serán remitidos a la Contraloría General dela República dentro de los diez (10) días calendario siguien-tes a la fecha de su expedición. Regístrese, comuníquese y publíquese.JAVIER SOTA NADAL Ministro de Educación 11607 /G44/G69/G73/G70/G6F/G6E/G65/G6E/G20/G65/G6C/G65/G67/G69/G72/G20/G72/G65/G70/G72/G65/G73/G65/G6E/G74/G61/G6E/G74/G65/G73/G20/G64/G65/G20/G49/G6E/G73/G74/G69/G2D /G74/G75/G63/G69/G6F/G6E/G65/G73/G20/G45/G64/G75/G63/G61/G74/G69/G76/G61/G73/G20/G53/G65/G63/G75/G6E/G64/G61/G72/G69/G61/G73/G2C/G20/G42/GE1/G2D /G73/G69/G63/G61/G20/G41/G6C/G74/G65/G72/G6E/G61/G74/G69/G76/G61/G20/G65/G20/G49/G6E/G73/G74/G69/G74/G75/G74/G6F/G73/G20/G53/G75/G70/G65/G72/G69/G6F/G72/G65/G73 /G54/G65/G63/G6E/G6F/G6C/GF3/G67/G69/G63/G6F/G73/G20/G79/G20/G50/G65/G64/G61/G67/GF3/G67/G69/G63/G6F/G73/G20/G50/GFA/G62/G6C/G69/G63/G6F/G73/G20/G79/G50/G72/G69/G76/G61/G64/G6F/G73/G20/G61/G6E/G74/G65/G20/G65/G6C/G20/G53/G65/G67/G75/G6E/G64/G6F/G20/G43/G6F/G6E/G73/G65/G6A/G6F/G20/G64/G65/G50/G61/G72/G74/G69/G63/G69/G70/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G20/G6C/G61/G20/G4A/G75/G76/G65/G6E/G74/G75/G64 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 0296-2004-ED Lima, 17 de junio de 2004CONSIDERANDO: Que por Ley Nº 27802 se crea el Consejo Nacional de la Juventud, cuyo objetivo es establecer el marconormativo e institucional que oriente las acciones delEstado y de la sociedad en materia de política juvenil,que permita impulsar las condiciones de participacióny representación democrática de los jóvenes, orienta-dos a la promoción y desarrollo integral de la juven-tud; Que los artículos 17º y 18º de la Ley Nº 27802, preceptúan que el Consejo de Participación de la Ju-ventud, estará conformado, entre otros, por los jóvenesrepresentantes de los Centros Educativos Secundariose Institutos Superiores Tecnológicos y Pedagógicos Pú-blicos y Privados; Que mediante Resolución Ministerial Nº 1084-2002- ED, de fecha 16 de octubre de 2002, se dispuso la elec-ción de los representantes de los Centros EducativosSecundarios e Institutos Superiores Tecnológicos y Pe-dagógicos Públicos y Privados, ante el Primer Consejode Participación de la Juventud; Que la Segunda Disposición Transitoria del Regla- mento de la Ley del Consejo Nacional de la Juventud,aprobado por Decreto Supremo Nº 106-2002-PCM, mo-dificada por el Artículo 1º del Decreto Supremo Nº 005-2004-PCM, dispone que el proceso de elección de losrepresentantes del Segundo Consejo de Participaciónde la Juventud, se desarrollará el año fiscal 2004; Que en ese sentido, resulta necesario que el Minis- terio de Educación, garantice la elección democráticade los representantes de las Instituciones de Educa-ción Secundaria e Institutos Superiores Tecnológicos yPedagógicos Públicos y Privados, ante el Segundo Con-sejo de Participación de la Juventud; Estando a lo solicitado por la Presidenta de la Comi- sión Nacional de la Juventud, mediante el Oficio Nº 349-2004-CONAJU-CNJ/P; y, De conformidad con el Decreto Ley Nº 25762, modifi- cado por la Ley Nº 26510, y los Decretos Supremos Nº106-2002-PCM, Nº 51-95-ED, Nº 002-96-ED; SE RESUELVE:Artículo 1º.- Disponer la elección de los representantes de las Instituciones Educativas Secun-darias, de Educación Básica Alternativa e InstitutosSuperiores Tecnológicos y Pedagógicos Públicos y Pri-vados, ante el Segundo Consejo de Participación de laJuventud, según se indica: - Las Direcciones Regionales de Educación a nivel nacional, a través de sus equipos de Tutoría y Preven-ción Integral, son los responsables de la organización,y ejecución del proceso electoral para la elección delos representantes en sus respectivas jurisdiccio-nes. Artículo 2º.- Los representantes ante el Segundo Consejo de Participación de la Juventud, serán elegi-dos en eventos macroregionales a realizarse en las ciu-dades de Chiclayo, Huancayo, Arequipa y Lima. Artículo 3º.- La elección de los representantes ante el Consejo de Participación de la Juventud se regirápor el respectivo Reglamento Electoral, el cual serádebidamente aprobado por el Consejo de Participaciónde la Juventud. Artículo 4º.- Los gastos que demande el Proceso Electoral, a nivel regional, serán cubiertos con fondosde cada Dirección Regional de Educación. Artículo 5º.- Encargar a la Oficina de Tutoría y Prevención Integral de la Sede Central, la coordinación,programación, ejecución y supervisión del Proceso deElección de representantes a nivel nacional. Artículo 6º.- Concluido el proceso de elección, la Oficina de Tutoría y Prevención Integral de la Sede Cen-tral, elaborará el informe final y lo elevará al DespachoMinisterial. Regístrese y comuníquese. JAVIER SOTA NADAL Ministro de Educación 11608