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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 19 DE JUNIO DEL AÑO 2004 (19/06/2004)

CANTIDAD DE PAGINAS: 96

TEXTO PAGINA: 28

/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G37/G30/G39/G32/G32 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, sábado 19 de junio de 2004 /G41/G70/G72/G75/G65/G62/G61/G6E/G20/G4E/G6F/G72/G6D/G61/G20/G54/GE9/G63/G6E/G69/G63/G61/G20/G4E/GBA/G20/G30/G31/G37/G2D/G4D/G49/G4E/G2D /G53/G41/G2F/G4F/G47/G45/G2D/G56/G2E/G30/G31/G3A/G20/G22/G56/G69/G67/G69/G6C/G61/G6E/G63/G69/G61/G20/G64/G65/G20/G46/G6F/G72/G6D/G61/G73/G47/G72/G61/G76/G65/G73/G20/G64/G65/G20/G53/GED/G6E/G64/G72/G6F/G6D/G65/G20/G46/G65/G62/G72/G69/G6C/G20/G52/G65/G73/G70/G69/G72/G61/G74/G6F/G2D/G72/G69/G6F/G20/G41/G67/G75/G64/G6F/G22 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 631-2004/MINSA Lima, 16 de junio del 2004 Visto el Oficio Nº 0239-2004-OGE/MINSA, del Director Ge- neral de la Oficina General de Epidemiología, solicitando la apro-bación de la Norma Técnica: "VIGILANCIA DE FORMAS GRA-VES DE SÍNDROME FEBRIL RESPIRATORIO AGUDO"; CONSIDERANDO:Que la misión del Ministerio del Ramo, es proteger y promover la salud, previniendo las enfermedades y garan-tizando la atención integral de salud de todos los habitan-tes del país; proponiendo y conduciendo los lineamientosde políticas sanitarias en concertación con todos los sec-tores públicos y los actores sociales, en cumplimiento conlo dispuesto en la Ley Nº 27657 - Ley del Ministerio deSalud y su respectivo Reglamento; Que de acuerdo a lo establecido en la acotada Ley Nº 27657, una de las competencias de rectoría sectorial delMinisterio de Salud, es el análisis y la vigilancia de la situa-ción de salud y sus determinantes y, el desarrollo de méto-dos y procedimientos para la priorización de problemas,poblaciones e intervenciones; Que dentro de este contexto, se ha elaborado la Norma Técnica: "VIGILANCIA DE FORMAS GRAVES DE SÍN-DROME FEBRIL RESPIRATORIO AGUDO", cuyos objeti-vos son, fortalecer las acciones de vigilancia de esta en-fermedad, mantener actualizadas las medidas de controlde infecciones y bioseguridad en ambientes hospitalariosy de laboratorio, entre otros; Con las visaciones de la Oficina General de Epide- miología, Dirección General de Salud de las Personas, Ins-tituto Nacional de Salud y la Oficina General de AsesoríaJurídica; Con la opinión favorable del Viceministro de Salud; y,De conformidad con lo previsto en el literal l) del artícu- lo 8º de la Ley Nº 27657 - Ley del Ministerio de Salud; SE RESUELVE:Artículo 1º.- Aprobar, la Norma Técnica Nº 017-MIN- SA/OGE-V.01: "VIGILANCIA DE FORMAS GRAVES DESÍNDROME FEBRIL RESPIRATORIO AGUDO", que for-ma parte integrante de la presente Resolución. Artículo 2º.- Disponer, que la Oficina General de Epide- miología, en coordinación con la Dirección General de Saludde las Personas y el Instituto Nacional de Salud, son respon-sables del cumplimiento de la mencionada Norma Técnica, através de las Direcciones de Salud, a nivel nacional. Artículo 3º.- Disponer, la publicación de la citada Nor- ma Técnica en la página web del Ministerio de Salud. Regístrese, comuníquese y publíquese.PILAR MAZZETTI SOLER Ministra de Salud 11564 TRABAJO Y PROMOCIÓN DEL EMPLEO /G4F/G66/G69/G63/G69/G61/G6C/G69/G7A/G61/G6E/G20/G63/G6F/G6E/G67/G72/G65/G73/G6F/G20/G64/G65/G6E/G6F/G6D/G69/G6E/G61/G64/G6F /G22/G44/G65/G73/G61/G66/GED/G6F/G73/G20/G79/G20/G50/G65/G72/G73/G70/G65/G63/G74/G69/G76/G61/G73/G20/G64/G65/G6C/G20/G44/G65/G72/G65/G63/G68/G6F/G20/G64/G65/G6C/G54/G72/G61/G62/G61/G6A/G6F/G20/G79/G20/G64/G65/G20/G6C/G6F/G73/G20/G52/G65/G67/GED/G6D/G65/G6E/G65/G73/G20/G64/G65/G20/G50/G65/G6E/G73/G69/G6F/G2D/G6E/G65/G73/G20/G64/G65/G6C/G20/G50/G65/G72/GFA/G22/G2C/G20/G61/G20/G72/G65/G61/G6C/G69/G7A/G61/G72/G73/G65/G20/G65/G6E/G20/G6C/G61/G20/G63/G69/G75/G64/G61/G64/G64/G65/G20/G54/G72/G75/G6A/G69/G6C/G6C/G6F RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 163-2004-TR Lima, 17 de junio del 2004VISTO: El escrito de fecha 8 de junio de 2004, presen- tado por el Presidente de la Sociedad Peruana de Derechodel Trabajo y de la Seguridad Social - SPDTSS; y, CONSIDERANDO:Que, mediante Ley Nº 27711, se aprueba la nueva Ley del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, estable-ciendo entre sus finalidades, fomentar un sistema demo-crático de relaciones laborales y previsionales dentro deldiálogo social, la concertación y el tripartismo, coadyuvan-do con las organizaciones representativas de los sujetossociales involucrados; Que, el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, aprobadopor Resolución Ministerial Nº 173-2002-TR, establece en-tre las funciones específicas del Sector, el de formular,establecer, dirigir, supervisar y evaluar la política de bien-estar y seguridad social en concertación con las Institucio-nes Públicas y Privadas de Seguridad Social, de Bienes-tar y con las Organizaciones representativas afines, esta-bleciendo la normatividad correspondiente. Regular el fun-cionamiento y cobertura de los riesgos de la SeguridadSocial. Promover el fomento de la cultura recreación y bien-estar de los trabajadores; Que, en mérito a lo expuesto, la Sociedad Peruana de Derecho del Trabajo y de la Seguridad Social - SPDTSS,ha estimado conveniente organizar su Primer CongresoNacional denominado "Desafíos y Perspectivas del Dere-cho del Trabajo y de los Regímenes de Pensiones en elPerú", el mismo, que se llevará a cabo en la ciudad de Tru-jillo, los días 27, 28 y 29 de octubre de 2004; Que, en ese sentido, es necesario emitir el acto admi- nistrativo que Oficialice el citado Congreso; Con la visación del Director General de la Oficina de Asesoría Jurídica; y, En uso de las facultades conferidas en el artículo 37º del Decreto Legislativo Nº 560, Ley del Poder Ejecutivo; elliteral d) del artículo 5º de la Ley Nº 27711, Ley del Ministe-rio de Trabajo y Promoción del Empleo y el literal d) delartículo 12º de su Reglamento de Organización y Funcio-nes aprobado por Resolución Ministerial Nº 173-2002-TR; SE RESUELVE:Artículo 1º.- Dar carácter Oficial al Primer Congreso Nacional denominado "Desafíos y Perspectivas del Dere-cho del Trabajo y de los Regímenes de Pensiones del Perú",organizado por la Sociedad Peruana de Derecho del Tra-bajo y de la Seguridad Social - SPDTSS, a realizarse en laciudad de Trujillo, los días 27, 28 y 29 de octubre de 2004. Artículo 2º.- La realización del citado evento no irroga- rá gastos al Pliego Institucional del Ministerio de Trabajo yPromoción del Empleo. Regístrese, comuníquese y publíquese.JAVIER NEVES MUJICA Ministro de Trabajo y Promoción del Empleo 11558 TRANSPORTES Y COMUNICACIONES /G41/G75/G74/G6F/G72/G69/G7A/G61/G6E/G20/G76/G69/G61/G6A/G65/G20/G64/G65/G20/G49/G6E/G73/G70/G65/G63/G74/G6F/G72/G65/G73/G20/G64/G65/G20/G6C/G61 /G44/G69/G72/G65/G63/G63/G69/GF3/G6E/G20/G47/G65/G6E/G65/G72/G61/G6C/G20/G64/G65/G20/G41/G65/G72/G6F/G6E/GE1/G75/G74/G69/G63/G61/G20/G43/G69/G76/G69/G6C/G61/G20/G45/G6C/G20/G53/G61/G6C/G76/G61/G64/G6F/G72/G2C/G20/G65/G6E/G20/G63/G6F/G6D/G69/G73/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G20/G73/G65/G72/G76/G69/G63/G69/G6F/G73 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 450-2004-MTC/02 Lima, 15 de junio de 2004 CONSIDERANDO:Que, la Ley Nº 27619 que regula la autorización de via- jes al exterior de servidores y funcionarios públicos, enconcordancia con sus normas reglamentarias aprobadaspor Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, establece quepara el caso de los servidores y funcionarios públicos delos Ministerios, entre otras entidades, la autorización deviaje se otorgará por Resolución Ministerial del respectivo