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/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G37/G30/G39/G31/G38 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, sábado 19 de junio de 2004 MIMDES /G43/G6F/G6E/G73/G74/G69/G74/G75/G79/G65/G6E/G20/G43/G6F/G6D/G69/G73/G69/GF3/G6E/G20/G4D/G75/G6C/G74/G69/G73/G65/G63/G74/G6F/G72/G69/G61/G6C /G65/G6E/G63/G61/G72/G67/G61/G64/G61/G20/G64/G65/G20/G70/G72/G6F/G70/G6F/G6E/G65/G72/G20/G70/G72/G6F/G79/G65/G63/G74/G6F/G20/G64/G65/G20/G52/G65/G2D /G67/G6C/G61/G6D/G65/G6E/G74/G6F/G20/G64/G65/G20/G6C/G61/G20/G4C/G65/G79/G20/G4E/GBA/G20/G32/G38/G32/G32/G33/G20/G2D/G20/G4C/G65/G79/G20/G73/G6F/G2D /G62/G72/G65/G20/G6C/G6F/G73/G20/G44/G65/G73/G70/G6C/G61/G7A/G61/G6D/G69/G65/G6E/G74/G6F/G73/G20/G49/G6E/G74/G65/G72/G6E/G6F/G73 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 340-2004-MIMDES Lima, 17 de junio de 2004 CONSIDERANDO:Que, la Ley Nº 28223 - Ley sobre los Desplazamientos Internos, tiene por objeto definir los derechos y garantíaspertinentes para la protección de las personas contra eldesplazamiento forzado, la asistencia durante el despla-zamiento y durante el retorno o el reasentamiento e inte-gración, adecuando a la realidad y a la legislación nacionallos Principios Rectores sobre Desplazamientos Internosde la Comisión de Derechos Humanos y el Consejo Eco-nómico Social de la Organización de las Naciones Unidas; Que, de acuerdo a lo dispuesto en los artículos 21º y 22º de la referida Ley, el Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social - MI-MDES, tiene entre sus funciones, asesorar, capacitar y atender,según sea el caso, a la población desplazada, de acuerdo a supresupuesto y con la colaboración de otras entidades del Estado,siendo el Ente Rector encargado de la coordinación de la aten-ción de los sectores a la población desplazada; Que, la Cuarta Disposición Transitoria de la Ley Nº 28223, dispone que el MIMDES, deberá emitir el Regla-mento correspondiente dentro de los sesenta (60) díasposteriores a la vigencia de la citada Ley; Que, de conformidad con los incisos b) e i) del artículo 9º del Reglamento de Organización y Funciones - ROF delMIMDES, aprobado por Decreto Supremo Nº 008-2002-MIMDES, es función del Ministerio de la Mujer y DesarrolloSocial ejercer la potestad reglamentaria en los términosprevistos en la legislación en las áreas de su competencia;así como coordinar con las entidades públicas y privadas,nacionales e internacionales en lo que le corresponda; Que, en consecuencia resulta pertinente constituir una Comisión Multisectorial encargada de preparar el Proyec-to de Reglamento de la Ley Nº 28223 - Ley sobre los Des-plazamientos Internos, convocando a estos efectos a otrossectores involucrados y entidades de la sociedad civil re-presentativas de la población desplazada; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 27793; en la Ley Nº 27594; en la Ley Nº 28223; y, en el Regla-mento de Organización y Funciones del Ministerio de laMujer y Desarrollo Social, aprobado por Decreto SupremoNº 008-2002-MIMDES, modificado por Decreto SupremoNº 013-2002-MIMDES; SE RESUELVE:Artículo 1º.- Constituir la Comisión Multisectorial en- cargada de proponer el proyecto de Reglamento de la LeyNº 28223 - Ley sobre los Desplazamientos Internos. Artículo 2º.- La Comisión Multisectorial que se consti- tuye mediante el artículo precedente, estará integrada por: - Dos (2) representantes del Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social, uno de los cuales la presidirá y el otroactuará como Secretario Técnico; - Un (1) representante del Ministerio de Salud- Un (1) representante del Ministerio de Defensa- Un (1) representante del Ministerio del Interior;- Un (1) representante del Consejo Nacional de Descen- tralización; - Un (1) representante de la Comisión Multisectorial de Alto Nivel constituida por Decreto Supremo Nº 011-2004-PCM, encargada del seguimiento de las acciones y políti-cas de Estado en los ámbitos de la paz, la reparación co-lectiva y la reconciliación nacional; y, - Un (1) representante de la Coordinadora Nacional de Desplazamiento y Comunidades en reconstrucción del Perú; Artículo 3º.- La Comisión Multisectorial deberá insta- larse en un plazo no mayor a seis (6) días útiles contadosa partir de la vigencia de la presente Resolución, plazodentro del cual las Instituciones que la conforman deberándesignar a sus representantes, mediante Resolución Mi-nisterial u oficio dirigido al Despacho Ministerial del MI- MDES, según corresponda. Artículo 4º.- La Comisión Multisectorial, para el cumpli- miento de sus responsabilidades podrá solicitar la participa-ción de otras entidades del Estado y el asesoramiento de ins-tituciones especializadas nacionales e internacionales. El apoyoque reciba la Comisión Multisectorial será Ad Honorem. Artículo 5º.- La Comisión Multisectorial tendrá un plazo que no excederá a los sesenta (60) días, contados a partir dela vigencia de la Ley Nº 28223 - Ley sobre los DesplazamientosInternos, para elevar el proyecto de Reglamento de la citadaLey a la Ministra de la Mujer y Desarrollo Social. Artículo 6º.- El cumplimiento de lo dispuesto en la presen- te resolución no irrogará gasto alguno al Tesoro Público. Regístrese, comuníquese y publíquese.ANA MARÍA ROMERO-LOZADA L. Ministra de la Mujer yDesarrollo Social 11567 /G44/G65/G6A/G61/G6E/G20/G73/G69/G6E/G20/G65/G66/G65/G63/G74/G6F/G20/G6C/G61/G20/G52/G2E/G4D/G2E/G20/G4E/GBA/G20/G33/G33/G38/G2D/G32/G30/G30/G33/G2D /G4D/G49/G4D/G44/G45/G53/G2C/G20/G71/G75/G65/G20/G61/G75/G74/G6F/G72/G69/G7A/GF3/G20/G61/G20/G70/G72/G6F/G63/G75/G72/G61/G64/G6F/G72/G61 /G69/G6E/G69/G63/G69/G61/G72/G20/G61/G63/G63/G69/G6F/G6E/G65/G73/G20/G6C/G65/G67/G61/G6C/G65/G73/G20/G61/G20/G70/G72/G65/G73/G75/G6E/G74/G6F/G73/G20/G72/G65/G73/G2D /G70/G6F/G6E/G73/G61/G62/G6C/G65/G73/G20/G64/G65/G20/G69/G72/G72/G65/G67/G75/G6C/G61/G72/G69/G64/G61/G64/G65/G73/G20/G65/G6E/G20/G61/G67/G72/G61/G2D/G76/G69/G6F/G20/G64/G65/G6C/G20/G50/G41/G54/G50/G41/G4C RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 343-2004-MIMDES Lima, 17 de junio de 2004 Visto, el Oficio Nº 1769-2003-CG/DC del señor Contra- lor General de la República; CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Ministerial Nº 338-2003-MI- MDES, de fecha 30 de mayo de 2003, se autorizó a la Procura-dora Pública a cargo de los Asuntos Judiciales del Ministeriode la Mujer y Desarrollo Social - MIMDES, para que en repre-sentación y defensa de los intereses del Estado proceda a ini-ciar e impulsar las acciones judiciales contra las personas com-prendidas en el Informe Nº 002-2002-OAI-PATPAL "Presuntasdeficiencias e irregularidades incurridas en el Proceso de Se-lección del Concurso Público Nº 001-99-PATPAL, para la con-tratación de los servicios de vigilancia, protección y seguridadpara las instalaciones y bienes del Patronato del Parque de lasLeyendas durante el año 1999", y contra aquellos que resultenresponsables, por haberse determinado presunta responsabi-lidad penal, sin perjuicio de la responsabilidad civil, por partede ex funcionarios y funcionarios de dicho Organismo PúblicoDescentralizado, producto de las irregularidades incurridas enel citado proceso de selección; Que, mediante el documento de vistos el Contralor General de la República ha indicado la suspensión del trá-mite de la Resolución Ministerial Nº 338-2003-MIMDES,mencionado en el Considerando precedente; Que, en tal sentido es necesario dejar sin efecto la cita- da Resolución; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 27793; en la Ley Nº 27785; en el Decreto Ley Nº 17537 modificado porel Decreto Ley Nº 17667; y, en el Reglamento de Organiza-ción y Funciones del Ministerio de la Mujer y Desarrollo So-cial, aprobado por Decreto Supremo Nº 008-2002-MIMDESy modificado por Decreto Supremo Nº 013-2002-MIMDES; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Dejar sin efecto la Resolución Ministerial Nº 338-2003-MIMDES, por los fundamentos expuestos enla parte considerativa de la presente Resolución. Artículo 2º.- Remitir copia de la presente Resolución, así como los antecedentes del caso, a la ProcuraduríaPública del Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social, paralos fines pertinentes. Regístrese, comuníquese y publíquese. ANA MARÍA ROMERO-LOZADA L. Ministra de la Mujer yDesarrollo Social 11572