Norma Legal Oficial del día 11 de marzo del año 2004 (11/03/2004)


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TEXTO DE LA PÁGINA 33

MORDAZA, jueves 11 de marzo de 2004

NORMAS LEGALES

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tensa circulacion nacional. Asimismo, debe ser exhibido permanentemente en la oficina principal de la nueva empresa, en lugar visible al publico. e) En un plazo no mayor de 90 dias desde la emision del certificado de autorizacion de transformacion, la nueva empresa debera remitir a la Superintendencia de Banca y Seguros, la correspondiente escritura publica de transformacion inscrita en los Registros Publicos, caso contrario dicho certificado caducara. Asimismo, la empresa debera inscribir en bolsa las acciones representativas de su capital social, en un plazo no mayor de 90 dias desde la inscripcion de la escritura publica de transformacion en los Registros Publicos. La Superintendencia de Banca y Seguros, a solicitud de la empresa y por razones debidamente sustentadas, podra extender estos plazos." Articulo 2º.- Agregar como Anexo VI del "Reglamento para la constitucion y el establecimiento de empresas y representantes de los sistemas financiero y de seguros" aprobado mediante Resolucion SBS Nº 600-98, el siguiente texto: ANEXO VI INFORMACION PARA LA TRANSFORMACION DE LAS OFICINAS DE EMPRESAS DEL SISTEMA FINANCIERO Y DE SEGUROS DEL EXTERIOR DE PRIMERA CATEGORIA EN EMPRESAS CON PERSONERIA JURIDICA PROPIA 1. MORDAZA certificada del acuerdo de la Junta General de Accionistas u organo equivalente en el que conste la decision de Transformacion.
SUPERINTENDENCIA DE BANCA Y SEGUROS

2. Minuta de transformacion. 3. Informe que incluya la explicacion de los motivos de la transformacion solicitada y sus posibles efectos como empresa en marcha del establecimiento en el pais. 4. Relacion de accionistas, directores y funcionarios, adjuntando la informacion de los articulos 4º y 5º del presente reglamento que resulte pertinente. 5. Documento que indique que la empresa solicitante esta autorizada para invertir en empresas y/o subsidiarias en el extranjero, senalando el organismo de control que realiza la supervision consolidada. Este documento debera ser emitido por la entidad supervisora competente del MORDAZA de origen de la empresa solicitante o por el representante de dicha empresa, en caso que la legislacion del MORDAZA de origen no exija la referida autorizacion. Articulo 3º.- Aprobar la modificacion del Texto Unico de Procedimientos Administrativos - MORDAZA de la Superintendencia de Banca y Seguros, aprobado mediante Resolucion SBS Nº 131-2002 de fecha 11 de febrero de 2002, sustituyendo el procedimiento Nº 05 denominado "Autorizacion para el establecimiento de empresas de los sistemas financiero y de seguros del exterior", conforme la nueva denominacion y el texto que se adjunta a la presente Resolucion. Articulo 4º.- La presente MORDAZA entrara en vigencia a partir del dia siguiente de su publicacion en el Diario Oficial El Peruano. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MARTHANS MORDAZA Superintendente de Banca y Seguros

TEXTO UNICO DE PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS (TUPA) Nº de orden 05 DENOMINACION DE PROCEDIMIENTO REQUISITOS Derecho de Pago y Forma CALIFICACION Dependencia Evaluacion donde AutoPrevia se inicia matico Positivo Negativo el tramite X Tramite Documentario Autoridad Competente para Aprobacion Superintendente de Banca y Seguros Recursos Administrativos

Autorizacion para el establecimiento de Empresas de los Sistemas Financiero y de Seguros del Exterior y su transformacion en Empresas con personeria juridica propia.

Las empresas de los Sistemas Financiero y de Seguros del exterior que se propongan establecer en el MORDAZA una oficina que opere con el publico, deben presentar la informacion y seguir los procedimientos establecidos en los rubros I al XI del procedimiento 01 del presente TUPA. Tratandose de accionistas que tengan una participacion directa e indirecta menor al cuatro por ciento (4%) del capital social solo debera indicarse su participacion accionaria, sin presentar el resto de informacion requerida en el rubro IV del procedimiento 01 del presente TUPA. Adicionalmente, se debe adjuntar a la solicitud de autorizacion, la siguiente informacion: 1. El nombre de la empresa solicitante y el lugar donde se ubica su sede principal. 2. MORDAZA autenticada por fedatario de la Superintendencia del contrato social que le dio origen a la empresa solicitante. 3. MORDAZA certificada, expedida por el administrador o gerente, del acuerdo del organo social respectivo para establecer una oficina en el Peru. 4. El nombre del representante designado para el Peru y MORDAZA del poder que se le MORDAZA otorgado y de su aceptacion, debidamente inscritos en registros publicos. Asimismo debera adjuntar la informacion establecida en el rubro V del procedimiento 01 del presente TUPA. 5. Estados financieros auditados individuales y, de ser el caso, consolidados de la empresa solicitante correspondiente a los dos (2) ultimos ejercicios. 6. Ultimo informe emitido por una empresa clasificadora de riesgos de reconocido prestigio sobre la empresa solicitante. 7. Certificado expedido por la autoridad

Inafecto

No aplicable (Articulo 21º de la Ley Nº 26702)

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