Norma Legal Oficial del día 12 de marzo del año 2004 (12/03/2004)


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TEXTO DE LA PÁGINA 95

MORDAZA, viernes 12 de marzo de 2004

NORMAS LEGALES

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r) Realizar otras actividades, relacionadas a su ambito de accion, que le MORDAZA encomendadas por la Jefatura Nacional. Articulo 59º.- La Subgerencia de Gestion Electoral esta a cargo de un funcionario con nivel de Subgerente encargado de coordinar y supervisar el desarrollo de las actividades de produccion, ensamblaje, despliegue y repliegue de material electoral; las acciones relacionadas con la verificacion de firmas de adherentes para la inscripcion de partidos politicos y las actividades relacionadas con el archivo del material electoral. GERENCIA DE INFORMACION Y EDUCACION ELECTORAL Articulo 60º.- La Gerencia de Informacion y Educacion Electoral es un organo dependiente de la Jefatura Nacional, esta a cargo de un funcionario de confianza con nivel de Gerente, encargado de conducir las acciones de orientacion al elector, comunicacion, informacion, difusion y motivacion; asi como de las relaciones publicas encaminadas a proyectar la identidad corporativa de la Institucion. Articulo 61º.- La Gerencia de Informacion y Educacion Electoral esta conformada por la Subgerencia de Informacion y Educacion Electoral. Articulo 62º.- La Gerencia de Informacion y Educacion Electoral tiene las siguientes funciones: a) Formular el Plan Anual de Actividades y proponer el presupuesto de la Gerencia para ser incorporado al Plan Operativo Institucional y evaluar su ejecucion de acuerdo a la normatividad vigente. b) Formular, proponer, dirigir, supervisar y evaluar la politica y el plan de comunicaciones de la Oficina Nacional de Procesos Electorales. c) Elaborar y producir la publicidad con fines de informacion y motivacion al elector. d) Conducir y supervisar las actividades de imagen y protocolo institucional. e) Dirigir y conducir las relaciones publicas de la Institucion. f) Elaborar el diseno grafico de la cedula de sufragio, actas electorales, formatos y cualquier otro material electoral, incorporando las especificaciones tecnicas formuladas por la Gerencia de Gestion Electoral, y proponer dichos materiales a la Jefatura Nacional para su aprobacion. g) Ejecutar las acciones de comunicacion interna y externa de la Institucion. h) Elaborar la propuesta del diseno de los formatos y signos distintivos a ser utilizados por la Institucion. i) Proponer, administrar y actualizar el contenido y definir el diseno de la pagina web institucional, en coordinacion con las otras unidades organicas. j) Proponer el diseno y organizacion del sistema de difusion de la informacion y resultados electorales. k) Asesorar a las Oficinas Descentralizadas de Procesos Electorales, a traves de la Gerencia de Organizacion y Programacion de Procesos Electorales, en lo referente a las actividades de informacion al publico, durante los procesos electorales. l) Brindar informacion, desde el inicio del escrutinio electoral, sobre el computo en las mesas de votacion. m) Organizar los eventos de sorteos de ubicacion de las organizaciones politicas en la cedula de sufragio, en la franja electoral y asignacion de numero de las organizaciones politicas locales y otros establecidos en las leyes vigentes. n) Coordinar y supervisar la publicacion de los resultados del sorteo de miembros de mesa y facilitar su comunicacion a los ciudadanos que hayan sido designados para cumplir esta funcion. o) Actualizar la informacion que la Oficina Nacional de Procesos Electorales proporciona, a traves del MORDAZA del Estado Peruano a la ciudadania. p) Administrar y mantener actualizada la base de datos de personeros legales, titulares y alternos, acreditados por los partidos politicos. q) Formular, ejecutar, supervisar y evaluar los proyectos a ser financiados con recursos de la Cooperacion Tecnica Internacional, en el ambito de su competencia. r) Elaborar, actualizar y aprobar, de acuerdo a los formatos establecidos, los procedimientos tecnicos y/o administrativos en materia de su competencia.

s) Implementar las normas tecnicas de control interno, aprobadas por la Contraloria General de la Republica, que MORDAZA de su competencia. t) Recibir, tramitar y resolver, dentro de sus competencias, las quejas, consultas y petitorios que se presenten a la Institucion. u) Realizar otras actividades, relacionadas a su ambito de accion, que le MORDAZA encomendadas por la Jefatura Nacional. Articulo 63º.- La Subgerencia de Informacion y Educacion Electoral esta a cargo de un funcionario con nivel de Subgerente, encargado de coordinar, desarrollar y supervisar las acciones de comunicacion interna y externa, informacion y difusion destinadas a proyectar la imagen institucional de la Oficina Nacional de Procesos Electorales. GERENCIA DE SUPERVISION DE FONDOS PARTIDARIOS Articulo 64º.- La Gerencia de Supervision de Fondos Partidarios es un organo dependiente de la Jefatura Nacional, esta a cargo de un funcionario de confianza con nivel de Gerente. Es el organo competente para efectuar la supervision, verificacion y control externos de la actividad economico-financiera de los partidos politicos, asi como la determinacion del tiempo disponible para cada partido politico en la franja electoral y la asignacion correspondiente de los espacios en radio y television en periodo no electoral. Articulo 65º.- La Gerencia de Supervision de Fondos Partidarios esta conformada por la Subgerencia de Asignacion de Financiamiento Publico y la Subgerencia de Verificacion y Control. Articulo 66º.- La Gerencia de Supervision de Fondos Partidarios tiene las siguientes funciones: a) Formular el Plan Anual de Actividades y proponer el presupuesto de la Gerencia para ser incorporado al Plan Operativo Institucional y evaluar su ejecucion de acuerdo a la normatividad vigente. b) Asignar el financiamiento publico directo a los partidos politicos. c) Administrar y supervisar el financiamiento publico indirecto de los partidos politicos, franja electoral, en periodo electoral, y los espacios en radio y television para la difusion de sus propuestas y planteamientos durante periodo no electoral. d) Verificar y controlar la actividad economico-financiera de los partidos politicos. e) Solicitar informes a los partidos politicos, medios de radiodifusion y television, entre otras entidades publicas y privadas, sobre asuntos que constituyen materia de su competencia. f) Sancionar a los partidos politicos que infrinjan las disposiciones sobre financiamiento establecidas en la Ley de Partidos Politicos. g) Formular, ejecutar, supervisar y evaluar los proyectos a ser financiados con recursos de la Cooperacion Tecnica Internacional, en el ambito de su competencia. h) Elaborar, actualizar y aprobar, de acuerdo a los formatos establecidos, los procedimientos tecnicos y/o administrativos en materia de su competencia. i) Implementar las normas tecnicas de control interno, aprobadas por la Contraloria General de la Republica, que MORDAZA de su competencia. j) Recibir, tramitar y resolver, dentro de sus competencias, las quejas, consultas y petitorios que se presenten a la Institucion. k) Las demas atribuciones establecidas legalmente, asi como realizar otras actividades, relacionadas a su ambito de accion, que le MORDAZA encomendadas por la Jefatura Nacional. Articulo 67º.- La Subgerencia de Asignacion de Financiamiento Publico esta a cargo de un funcionario con nivel de Subgerente, encargado de la asignacion del financiamiento publico directo, asi como el financiamiento publico indirecto de los partidos politicos, franja electoral, en periodo electoral, y los espacios en radio y television para la difusion de sus propuestas y planteamientos durante periodo no electoral. Articulo 68º.- La Subgerencia de Verificacion y Control esta a cargo de un funcionario con nivel de Subgerente,

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