Norma Legal Oficial del día 12 de marzo del año 2004 (12/03/2004)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, viernes 12 de marzo de 2004 CAPITULO VI ORGANOS DE LINEA

v) Formular, ejecutar, supervisar y evaluar los proyectos a ser financiados con recursos de la Cooperacion Tecnica Internacional, en el ambito de su competencia. w) Elaborar, actualizar y aprobar, de acuerdo a los formatos establecidos, los procedimientos tecnicos y/o administrativos en materia de su competencia. x) Implementar las normas tecnicas de control interno, aprobadas por la Contraloria General de la Republica, que MORDAZA de su competencia. y) Recibir, tramitar y resolver, dentro de sus competencias, las quejas, consultas y petitorios que se presenten a la Institucion. z) Realizar otras actividades, relacionadas a su ambito de accion, que le MORDAZA encomendadas por la Jefatura Nacional. Articulo 51º.- La Subgerencia de Programacion de Procesos Electorales esta a cargo de un funcionario con nivel de Subgerente, encargado de formular el plan y presupuesto de la Gerencia y de las Oficinas Descentralizadas de Procesos Electorales, supervisar, controlar y evaluar su ejecucion; asi como de formular y evaluar la aplicacion del manual de procedimientos para el funcionamiento de las Oficinas Descentralizadas de Procesos Electorales. Articulo 52º.- La Subgerencia de Organizacion de Procesos Electorales esta a cargo de un funcionario con nivel de Subgerente, encargado de dirigir, coordinar y brindar soporte y asesoria tecnica a las Oficinas Descentralizadas de Procesos Electorales; asi como de conducir y coordinar la ejecucion de las acciones previas y necesarias para el eficaz desarrollo de los procesos electorales. CENTRO DE INVESTIGACION ELECTORAL Articulo 53º.- El Centro de Investigacion Electoral es un organo dependiente de la Jefatura Nacional, esta cargo de un funcionario con nivel de Gerente, encargado de desarrollar proyectos de investigacion, estudios y actividades academicas en materia electoral. Articulo 54º.- El Centro de Investigacion Electoral tiene las siguientes funciones: a) Formular el Plan Anual de Actividades y proponer el presupuesto del Centro de Investigacion Electoral para ser incorporado al Plan Operativo Institucional y evaluar su ejecucion de acuerdo a la normatividad vigente. b) Proponer y realizar estudios e investigaciones aplicadas en materia electoral. c) Implementar, dirigir y mantener actualizado el Centro de Documentacion de la Oficina Nacional de Procesos Electorales. d) Dirigir la edicion y publicacion de sus investigaciones y estudios en materia electoral. e) Promover y coordinar el desarrollo de actividades y eventos academicos de interes institucional y proponer los contenidos para el desarrollo de los mismos. f) Disenar, organizar y coordinar los programas de especializacion academica en materia electoral, orientados a formar y especializar a profesionales y publico en general en la planificacion, organizacion y ejecucion de procesos electorales, promoviendo el desarrollo de investigaciones y estudios sobre la materia. g) Atender los requerimientos de estudios e informacion electoral, del publico usuario, a traves del Centro de Documentacion. h) Formular, ejecutar, supervisar y evaluar los proyectos a ser financiados con recursos de la Cooperacion Tecnica Internacional, en el ambito de su competencia. i) Elaborar, actualizar y aprobar, de acuerdo a los formatos establecidos, los procedimientos tecnicos y/o administrativos en materia de su competencia. j) Implementar las normas tecnicas de control interno, aprobadas por la Contraloria General de la Republica, que MORDAZA de su competencia. k) Recibir, tramitar y resolver, dentro de sus competencias, las quejas, consultas y petitorios que se presenten a la Institucion. l) Realizar otras actividades, relacionadas a su ambito de accion, que le MORDAZA encomendadas por la Jefatura Nacional.

Articulo 55º.- Son organos de linea de la Oficina Nacional de Procesos Electorales, la Gerencia de Gestion Electoral, la Gerencia de Informacion y Educacion Electoral y la Gerencia de Supervision de Fondos Partidarios. GERENCIA DE GESTION ELECTORAL Articulo 56º.- La Gerencia de Gestion Electoral es un organo dependiente de la Jefatura Nacional, esta a cargo de un funcionario de confianza con nivel de Gerente, encargado de conducir supervisar y evaluar las operaciones de los procesos electorales de produccion, ensamblaje, despliegue y repliegue del material electoral a nivel nacional; asi como del acopio del material y archivo de la documentacion electoral generada en cada proceso. Articulo 57º.- La Gerencia de Gestion Electoral esta conformada por la Subgerencia de Gestion Electoral. Articulo 58º.- La Gerencia de Gestion Electoral tiene las siguientes funciones: a) Formular el Plan Anual de Actividades y proponer el presupuesto de la Gerencia para ser incorporado al Plan Operativo Institucional y evaluar su ejecucion de acuerdo a la normatividad vigente. b) Formular y proponer el Plan General de produccion, ensamblaje, despliegue y repliegue del material electoral, de capacitacion, educacion y simulacro; asi como los planes de contingencia, en concordancia con el Plan General de Elecciones. c) Formular y proponer los lineamientos y procedimientos para efectuar el despliegue y repliegue del material electoral en las Oficinas Descentralizadas de Procesos Electorales. d) Efectuar el control de calidad de todo el material electoral, MORDAZA y durante la produccion, ensamblaje y despacho del mismo. e) Ejecutar, supervisar y controlar las operaciones de despliegue y repliegue del material electoral, en provincias hasta las Oficinas Descentralizadas de Procesos Electorales y en MORDAZA Metropolitana y Callao, hasta los locales de votacion. f) Elaborar las especificaciones tecnicas de la cedula de sufragio, actas electorales, formatos y cualquier otro material electoral, y remitirlos a la Gerencia de Informacion y Educacion Electoral. g) Realizar el control de calidad de la informacion proporcionada por la Gerencia de Organizacion y Programacion de Procesos Electorales, sobre las listas de organizaciones politicas inscritas y/o candidatos habiles u opciones, para la produccion del material electoral. h) Administrar y actualizar la Base de Datos de organizaciones politicas, candidatos u otras opciones para cada MORDAZA electoral. i) Coordinar, ejecutar y supervisar el MORDAZA de la impresion, ensamblaje y despacho del material electoral, de capacitacion, educacion y simulacro. j) Realizar la verificacion de firmas de adherentes para la inscripcion de partidos politicos. k) Administrar y conservar el Archivo Electoral de acuerdo a los procedimientos formulados por la Secretaria General; asi como brindar servicios de informacion a las instituciones publicas, privadas y ciudadania en general. l) Administrar la base de datos de omisos al sufragio y al cargo de miembro de mesa y brindar servicio de informacion a la ciudadania. m) Solicitar, de acuerdo a ley, al MORDAZA Nacional de Elecciones la relacion de exceptuados al cargo de miembro de mesa y la relacion de dispensados al sufragio. n) Formular, ejecutar, supervisar y evaluar los proyectos a ser financiados con recursos de la Cooperacion Tecnica Internacional, en el ambito de su competencia. o) Elaborar, actualizar y aprobar, de acuerdo a los formatos establecidos, los procedimientos tecnicos y/o administrativos en materia de su competencia. p) Implementar las normas tecnicas de control interno, aprobadas por la Contraloria General de la Republica, que MORDAZA de su competencia. q) Recibir, tramitar y resolver, dentro de sus competencias, las quejas, consultas y petitorios que se presenten a la Institucion.

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