Norma Legal Oficial del día 12 de marzo del año 2004 (12/03/2004)


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TEXTO DE LA PÁGINA 99

MORDAZA, viernes 12 de marzo de 2004 SE RESUELVE:

NORMAS LEGALES

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Resolucion SBS Nº 1002-2001 de fecha 20 de diciembre de 2001. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA LEVEAU MORDAZA Superintendente Adjunto de Banca (a.i.) 05027

Articulo 1º.- Autorizar al Procurador Publico encargado de los asuntos judiciales del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil, para que en nombre y representacion de los intereses del Estado se apersone y se constituya como parte civil en el MORDAZA penal incoado en el MORDAZA Juzgado Penal de MORDAZA contra MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA por delito Contra la Fe Publica, en la modalidad de Falsificacion de Documentos en defensa del Estado y del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil. Articulo 2º.- Remitase lo actuado al Procurador Publico encargado de los asuntos judiciales del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil, para los fines a que se contrae la presente resolucion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA BOTTO Jefe Nacional 05139

Opinan favorablemente para que el Banco de Credito del Peru emita Bonos Corporativos denominados "Bonos Corporativos BCP"
RESOLUCION SBS Nº 308-2004 MORDAZA, 3 de marzo de 2004 EL SUPERINTENDENTE DE BANCA Y SEGUROS VISTA:

SBS
Autorizan a la MORDAZA Municipal de Ahorro y Credito de MORDAZA el traslado de oficina especial ubicada en la provincia de Chota, departamento de MORDAZA
RESOLUCION SBS Nº 307-2004 MORDAZA, 3 de marzo de 2004 EL SUPERINTENDENTE ADJUNTO DE BANCA VISTA: La solicitud presentada por la MORDAZA Municipal de Ahorro y Credito de MORDAZA para que se le autorice el traslado de la Oficina Especial ubicada en el MORDAZA MORDAZA MORDAZA Nº 243, distrito y provincia de Chota, departamento de Cajamarca; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Resolucion SBS Nº 1002-2001 de fecha 20 de diciembre de 2001, se autorizo a la MORDAZA Municipal de Ahorro y Credito de MORDAZA la apertura de la Oficina Especial ubicada en el MORDAZA MORDAZA MORDAZA Nº 243, distrito y provincia de Chota, departamento de Cajamarca; Que, segun acta de sesion de Directorio de la MORDAZA Municipal, realizada el 2 de febrero de 2004, se acordo el traslado de la citada Oficina Especial; habiendose cumplido con lo dispuesto en la Circular Nº CM 184-97 y sus modificatorias; Estando a lo informado por el Intendente del Departamento de Evaluacion del Sistema Financiero "F" mediante Informe Nº 020-2004-DES"F"; y, De conformidad con lo dispuesto por el articulo 32º de la Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Organica de la Superintendencia de Banca y Seguros - Ley Nº 26702, la Circular Nº CM-184-97 y sus modificatorias, el procedimiento Nº 12 del Texto Unico de Procedimientos Administrativos (TUPA) aprobado mediante Resolucion SBS Nº 131-2002 y sus modificatorias, y en virtud de las facultades delegadas por Resoluciones SBS Nº 003-98 del 7 de enero de 1998 y Nº 300-2004 del 1 de marzo de 2004; SE RESUELVE: Articulo Primero.- Autorizar a la MORDAZA Municipal de Ahorro y Credito de MORDAZA, el traslado de su Oficina Especial ubicada en el MORDAZA MORDAZA MORDAZA Nº 243, distrito y provincia de Chota, departamento de Cajamarca; a su nueva direccion ubicada en el MORDAZA MORDAZA Nº 466-470 de la misma localidad. Articulo Segundo.- La citada Oficina Especial continuara realizando las actividades autorizadas mediante

La solicitud presentada por el Banco de Credito del Peru, para que se opine favorablemente sobre la emision de Bonos Corporativos denominados "Bonos Corporativos BCP" a traves del Primer Programa de Bonos Corporativos del Banco de Credito del Peru hasta por un monto de US$ 100 000 000,00 (Cien Millones y 00/ 100 Dolares Americanos) o su equivalente en moneda nacional; y, CONSIDERANDO: Que, la Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Organica de la Superintendencia de Banca y Seguros - Ley Nº 26702, en adelante Ley General, en su articulo 234º, faculta a las empresas a emitir los instrumentos a que se refiere la Ley del MORDAZA de Valores, y aquellos que la Superintendencia autorice mediante MORDAZA de caracter general; Que, el articulo 232º de la Ley General establece que en la emision de instrumentos financieros, que tengan la condicion de valores mobiliarios y se emitan por oferta publica, la CONASEV procedera a inscribirlos en el Registro Publico del MORDAZA de Valores, previa opinion favorable expedida por Resolucion de esta Superintendencia y de la documentacion precisada en el articulo 18º de la Ley del MORDAZA de Valores; Que, en la Junta Obligatoria Anual de Accionistas del Banco de Credito del Peru, celebrada el 28 de marzo de 2003, se aprobo la delegacion de facultades al Directorio para que determinen los terminos, caracteristicas y condiciones de las emisiones de instrumentos representativos de deuda, ya sea mediante los diferentes tipos de bonos que estan permitidos a las empresas del sector financiero, incluyendo, entre otros, a los bonos corporativos. Asimismo, se senalo que la emision de tales instrumentos se realizaria dentro del MORDAZA de uno o varios programas de emision, hasta por la suma de US$ 200 000 000,00 (Doscientos Millones y 00/100 Dolares Americanos), tanto en moneda extranjera y moneda nacional; Que, en la Sesion de Directorio del Banco de Credito del Peru, celebrada el 30 de octubre de 2003, se aprobo el Primer Programa de Emision de Bonos Corporativos Banco de Credito del Peru por la cantidad de US$ 100 000 000,00 (Cien Millones y 00/100 Dolares Americanos) o su equivalente en moneda nacional; Estando a lo informado por el Departamento de Evaluacion del Sistema Financiero "A", el Departamento Legal, el Departamento de Evaluacion de Riesgos de MORDAZA y Liquidez y la Gerencia de Estudios Economicos, a traves de los Informes Nº 5-2004-DESF "A", Nº 014-2004LEG, Nº 001-2004-DERML y Nº 004-2004-ASF, respectivamente; y, con la opinion favorable de las Superintendencias Adjuntas de Banca y Asesoria Juridica, y de las Gerencias de Estudios Economicos y Riesgos; En uso de las atribuciones conferidas por la Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Organica de la Superintendencia de Banca y Seguros - Ley Nº 26702;

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