Norma Legal Oficial del día 12 de marzo del año 2004 (12/03/2004)


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TEXTO DE LA PÁGINA 98

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NORMAS LEGALES

MORDAZA, viernes 12 de marzo de 2004

REGISTRO NACIONAL DE IDENTIFICACION Y ESTADO CIVIL
Autorizan a procurador iniciar acciones legales a presuntos responsables de la comision de delito contra la fe publica
RESOLUCION JEFATURAL Nº 045-2004-JEF/RENIEC MORDAZA, 6 de febrero de 2004 Visto el Memorandum Nº 330-2001/OHC/DCP/GO, asi como el Informe Nº 400-2000/OHC/DCP/GO, Informe Nº 388-2000/OHC/DCP/GO, y el Informe Nº 908-2003-GAJ/ RENIEC, emitido por la Gerencia de Asesoria Juridica, de fecha 22 de diciembre del 2003. CONSIDERANDO: Que, en virtud de la documentacion sustentatoria del Informe del visto, asi como sus anexos, se desprende que la ciudadana MORDAZA ALMONTE YANEZ, titular de la inscripcion Nº 23847224, la misma que registra como fecha y lugar de nacimiento el 19 de MORDAZA de 1959 en el distrito de MORDAZA - MORDAZA - MORDAZA, posteriormente se presento al registro solicitando una nueva inscripcion Nº 23980997 a nombre de LUZ MORDAZA ALMONTE YANEZ, esta vez declarando haber nacido el 19 de MORDAZA de 1967 en el distrito de Echarate - provincia de La Convencion departamento del Cusco; Que, por Oficio Nº 890-2000-OHC/DCP/GO remitido al Jefe del Registro Civil de Echarate - La Convencion - MORDAZA, se solicita que remitan MORDAZA certificada de la partida de nacimiento de la ciudadana LUZ MORDAZA ALMONTE YANEZ, nacida el 19 de MORDAZA de 1967, quienes mediante certificacion de fecha 6 de noviembre del 2000, informan que la ciudadana en mencion no tiene inscripcion en el Registro de Nacimientos de dicha Municipalidad; Que, con fecha 14 de enero de 1999, la ciudadana YULY CHOCO MORDAZA solicito ante el Registro su Inscripcion Nº 80624977 tramitada mediante declaracion jurada de testigos, declarando haber nacido el 20 de agosto de 1978 en el distrito de San MORDAZA de Lurigancho - MORDAZA - Lima. Posteriormente el 16 de MORDAZA de 1999, la misma ciudadana mediante Formulario de Identidad Nº 07119106 solicito irregularmente una nueva inscripcion ante el registro, esta vez como MORDAZA CHOCO MORDAZA, mediante declaracion jurada de testigos, declarando haber nacido en el distrito de MORDAZA - Prov. y Dpto. de MORDAZA, logrando obtener la Inscripcion Nº 80624234. Que, mediante Informe de Homologacion Monodactilar Nº 952/00/UT/DCP/ RENIEC de fecha 21 de noviembre del 2000, determina que se trata de una doble inscripcion de una misma persona biologica con nombres diferentes como YULY CHOCO MORDAZA y/o MORDAZA CHOCO SANCHEZ; Que, la Gerencia de Operaciones, mediante Resolucion Nº 018-2001-GO/RENIEC, ha procedido a la cancelacion y exclusion de los registros de las inscripciones indebidas, por cuanto se trata de inscripciones que adolecen de falsedad; Que, sin perjuicio de la accion administrativa ya adoptada, el hecho MORDAZA descrito constituye indicio razonable de la comision del presunto delito contra la Fe Publica, en la modalidad de falsedad ideologica, previsto y sancionado en el Art. 428º del Codigo Penal, respectivamente; Que, en atencion a los considerandos precedentes, resulta necesario autorizar al Procurador Publico a cargo de los asuntos judiciales del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil, para que interponga las acciones legales que correspondan en defensa de los intereses del Estado y del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil, contra MORDAZA ALMONTE YANEZ o LUZ MORDAZA ALMONTE YANEZ, y YULY CHOCO MORDAZA o MORDAZA CHOCO SANCHEZ; y De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Ley Nº 17537 y la Ley Nº 26497; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar al Procurador Publico encargado de los asuntos judiciales del Registro Nacional de Identifi-

cacion y Estado Civil, para que en nombre y representacion del los intereses del Estado, interponga las acciones legales que correspondan contra MORDAZA ALMONTE YANEZ o LUZ MORDAZA ALMONTE YANEZ, y YULY CHOCO MORDAZA o MORDAZA CHOCO MORDAZA, por presunto delito contra la Fe Publica, en la modalidad de Falsedad Ideologica, en agravio del Estado y del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil. Articulo 2º.- Remitase los actuados al Procurador Publico encargado de los asuntos judiciales del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil, para los fines a que se contrae la presente resolucion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA BOTTO Jefe Nacional 05140

Autorizan a procurador para que se apersone y se constituya en parte civil en MORDAZA penal iniciado a presunto responsable de la comision de delito contra la fe publica
RESOLUCION JEFATURAL Nº 098-2004-JEF/RENIEC MORDAZA, 9 de marzo de 2004 Visto, el Oficio Nº 3381-2003/GO/RENIEC, el Oficio Nº 416-04-GO/RENIEC, el Oficio Nº 1148-2004/GO/RENIEC y el Informe Nº 184-2004-GAJ/RENIEC, emitido por la Gerencia de Asesoria Juridica, de fecha 4 de marzo del 2004. CONSIDERANDO: Que, la Policia Nacional de MORDAZA, hace de conocimiento a la Jefatura Regional RENIEC MORDAZA, de la existencia de los Documentos de Identidad Nºs. 25440434, 17856972 y 17957153 a nombre de MORDAZA MORDAZA MORDAZA PAZ, MORDAZA TEONILO MORDAZA MORDAZA y MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA respectivamente, a efectos de verificar la autenticidad o falsedad de dichos documentos, los que fueron objeto de las pericias de ley por parte de la unidad especializada; Que, la entonces Unidad de Dactiloscopia, Grafotecnia e Investigacion Administrativa de la Gerencia de Procesos, emite el Informe Nº 067/2003/GP/UDGIA/ RENIEC concluyendo que los Documentos de Identidad Nºs. 25440434 y 17856972, no presentan las caracteristicas tipograficas y los dispositivos de seguridad que presentan los Documentos de Identidad emitidos por el RENIEC, y que ademas la fotografia registrada en el sistema ANI a nombre del ciudadano MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA y la registrada en el DNI falso Nº 17856972, corresponden a una misma persona; Que, la Jefatura Regional de MORDAZA informa mediante Oficio Nº 339-04-GO/JR2TRU que el Ministerio Publico ha formalizado denuncia penal el 6 de junio del 2003 contra MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA ante el MORDAZA Juzgado Penal de MORDAZA Expediente Nº 207903, por delito contra la Fe Publica en agravio de MORDAZA TEONILO MORDAZA MORDAZA y EL ESTADO, aperturando y tomandose la declaracion instructiva al procesado el 7 de junio del 2003, precisando ademas que el caso concerniente al DNI falso a nombre de MORDAZA MORDAZA MORDAZA PAZ no ha generado el respectivo atestado policial, no existiendo por tanto denuncia alguna al respecto; Que, estando a lo opinado por la Gerencia de Asesoria Juridica, a efectos de incluir en el presente MORDAZA lo citado en el considerando precedente, se hace necesario el apersonamiento del Procurador Publico encargado de los asuntos judiciales del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil en el menor tiempo posible, debido a que el plazo para la ampliacion de las investigaciones vence el 10 de marzo; y, De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 26497;

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