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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 12 DE MARZO DEL AÑO 2004 (12/03/2004)

CANTIDAD DE PAGINAS: 132

TEXTO PAGINA: 92

/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G36/G34/G34/G39/G34 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, viernes 12 de marzo de 2004 n) Programar, coordinar, ejecutar y controlar los proce- sos de contabilidad y tesorería de conformidad con las nor- mas vigentes. o) Ejecutar el presupuesto institucional y electoral por toda fuente de financiamiento, proporcionando la informa- ción adecuada en forma oportuna, de conformidad con las normas vigentes. p) Elaborar el Informe de gestión económico-financiera de la Institución por toda fuente de financiamiento. q) Ordenar, revisar y consolidar la información finan- ciera de la cooperación técnica internacional, así como ela- borar los reportes financieros, según los requerimientos de las fuentes de cooperación. r) Recibir, revisar y contabilizar las rendiciones de cuen- tas que remitan las Oficinas Descentralizadas de Proce- sos Electorales, de acuerdo a la programación presupues- tal. s) Formular, ejecutar, supervisar y evaluar los proyec- tos a ser financiados con recursos de la Cooperación Téc- nica Internacional, en el ámbito de su competencia. t) Implementar las normas técnicas de control interno, aprobadas por la Contraloría General de la República, que sean de su competencia. u) Recibir, tramitar y resolver, dentro de sus competen- cias, las quejas, consultas y petitorios que se presenten a la Institución. v) Realizar otras actividades, relacionadas a su ámbito de acción, que le sean encomendadas por la Jefatura Na- cional. Artículo 34º. - La Subgerencia de Recursos Humanos está a cargo de un funcionario con nivel de Subgerente, encargado de la dirección, conducción y ejecución de las acciones del sistema de personal. Artículo 35º. - La Subgerencia de Logística está a car- go de un funcionario con nivel de Subgerente encargado de la dirección, conducción y ejecución de las acciones del sistema de abastecimiento y seguridad de los bienes e instalaciones de la Institución; así como del seguimiento y compromiso de los gastos y otros en el ámbito de su com- petencia. Artículo 36º. - La Subgerencia de Finanzas está a car- go de un funcionario con nivel de Subgerente encargado de la dirección, conducción, control previo y ejecución de las acciones de los sistemas de contabilidad, tesorería y ejecución presupuestal del gasto. GERENCIA DE INFORMÁTICA Artículo 37º. - La Gerencia de Informática es un órgano dependiente de la Jefatura Nacional, está a cargo de un funcionario con nivel de Gerente, encargado de planificar, organizar, conducir e implementar las políticas y acciones en el campo de los sistemas y tecnologías de la informa- ción de la Institución. Artículo 38º.- La Gerencia de Informática está confor- mada por la Subgerencia de Plataforma Tecnológica, la Subgerencia de Proyectos Informáticos y la Subgerencia de Operaciones. Artículo 39º. - La Gerencia de Informática tiene las si- guientes funciones: a) Formular el Plan Anual de Actividades y proponer el presupuesto de la Gerencia para ser incorporado al Plan Operativo Institucional y evaluar su ejecución de acuerdo a la normatividad vigente. b) Dirigir, coordinar y supervisar el desarrollo y la im- plementación de los sistemas de información buscando uni- formizar los programas, métodos de procesos y códigos a utilizar por la Institución. c) Determinar las necesidades y requerimientos infor- máticos en base a la política institucional establecida. d) Asesorar, capacitar y orientar para la utilización de los programas informáticos; así como cautelar la instala- ción de programas con licencia y realizar revisiones perió- dicas. e) Velar por el funcionamiento y mantenimiento de los sistemas implementados. f) Administrar el soporte técnico informático de la Insti- tución y brindar el mantenimiento preventivo y oportuno de los equipos. g) Procesar los requerimientos informáticos de las ge- rencias usuarias, elaborar conjuntamente los perfiles y di- rigir la ejecución de los nuevos proyectos informáticos.h) Promover la aplicación de tecnologías apropiadas del mercado nacional e internacional, a fin de aplicarlas en las actividades de la Institución. i) Definir, implementar y supervisar las medidas de se- guridad del almacenamiento y actualización de la informa- ción contenida en la red de la Institución y demás servicios informáticos y de comunicación. j) Brindar los servicios informáticos y el soporte corres- pondiente a todas las unidades orgánicas de la Institución. k) Elaborar el perfil, evaluar y seleccionar a los respon- sables de los Centros de Cómputo para las Oficinas Des- centralizadas de Procesos Electorales. l) Garantizar los servicios informáticos y el soporte co- rrespondiente en cada Oficina Descentralizada de Proce- sos Electorales. m) Coordinar con el Registro Nacional de Identificación y Estado Civil, para la entrega oportuna de los padrones electorales. n) Recibir del Jurado Nacional de Elecciones los pa- drones electorales debidamente autorizados. o) Organizar la logística informática de la Institución para el procesamiento de los resultados durante los procesos electorales. p) Consolidar la información para generar la Base de Datos de omisos al sufragio y al cargo de miembro de mesa y remitirla a la Gerencia de Gestión Electoral. q) Informar a la Gerencia de Gestión Electoral sobre la actualización del pago de omisos. r) Evaluar, proponer e implementar las nuevas tecnolo- gías informáticas al servicio de los procesos electorales. s) Conducir el proceso de impresión del Acta Padrón. t) Proporcionar pautas técnicas y de seguridad para la producción del Acta Padrón. u) Implementar las normas técnicas informáticas, apro- badas por el Instituto Nacional de Estadística e Informáti- ca, que sean de su competencia. v) Formular, ejecutar, supervisar y evaluar los proyec- tos a ser financiados con recursos de la Cooperación Téc- nica Internacional, en el ámbito de su competencia. w) Elaborar, actualizar y aprobar, de acuerdo a los for- matos establecidos, los procedimientos técnicos y/o admi- nistrativos en materia de su competencia. x) Implementar las normas técnicas de control interno, aprobadas por la Contraloría General de la República, que sean de su competencia. y) Recibir, tramitar y resolver, dentro de sus competen- cias, las quejas, consultas y petitorios que se presenten a la Institución. z) Realizar otras actividades, relacionadas a su ámbito de acción, que le sean encomendadas por la Jefatura Na- cional. Artículo 40º. - La Subgerencia de Plataforma Tecnoló- gica está a cargo de un funcionario con nivel de Subgeren- te, encargado de diseñar, crear, administrar y controlar las bases de datos de la Institución; el soporte y mantenimien- to de los equipos y el servicio de telecomunicaciones; así como la implementación e integración de nuevas tecnolo- gías, en el ámbito de su competencia. Artículo 41º.- La Subgerencia de Proyectos Informáti- cos está a cargo de un funcionario con nivel de Subgeren- te, encargado de brindar solución tecnológica a los reque- rimientos de desarrollo y adquisición de sistemas de infor- mación, proporcionar soporte y mantenimiento a los mis- mos; así como la implementación e integración de nuevas tecnologías, en el ámbito de su competencia. Artículo 42º. - La Subgerencia de Operaciones está a cargo de un funcionario con nivel de Subgerente, encarga- do de la organización y métodos de los procesos en mate- ria informática; y de la organización de la logística para el procesamiento automático de resultados durante los pro- cesos electorales; así como de planificar, dirigir, ejecutar y supervisar las labores de impresión del Acta Padrón. GERENCIA DE FORMACIÓN Y CAPACITACIÓN ELECTORAL Artículo 43º. - La Gerencia de Formación y Capacita- ción Electoral es un órgano dependiente de la Jefatura Na- cional, está a cargo de un funcionario de confianza con nivel de Gerente, encargado de conducir los procesos de apoyo y asistencia técnica a partidos políticos e institucio- nes públicas y privadas, así como las acciones de educa- ción electoral de los ciudadanos y la capacitación electoral