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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 02 DE MAYO DEL AÑO 2004 (02/05/2004)

CANTIDAD DE PAGINAS: 56

TEXTO PAGINA: 48

/G50/GE1/G67/G2E/G20/G32/G36/G37/G37/G35/G34 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, domingo 2 de mayo de 2004 Selectiva Nº 0004-2004-GR-LL-PRE/PECH-01 I Convo- catoria: "Adquisición de Material de Oficina y Útiles deEscritorio", retrotrayéndose a la etapa de Otorgamien- to de Buena Pro, por los fundamentos expuestos en la parte Considerativa de la presente Resolución Geren-cial; . Segundo.- Disponer la publicación de la presente Re- solución Gerencial en el Diario Oficial El Peruano en el tér- mino de ley. Tercero.- Notifíquese la presente a los interesados para los fines de ley, y hágase de conocimiento del Gobierno Regional de La Libertad. Regístrese, comuníquese y cúmplase.RENATO MOSTACERO PLASENCIA Gerente general (e) 08343 GOBIERNO REGIONAL DE LORETO /G41/G70/G72/G75/G65/G62/G61/G6E/G20/G65/G6C/G20/G52/G65/G67/G6C/G61/G6D/G65/G6E/G74/G6F/G20/G64/G65/G6C/G20/G50/G72/G6F/G63/G65/G73/G6F/G20/G64/G65 /G49/G64/G65/G6E/G74/G69/G66/G69/G63/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G79/G20/G41/G63/G72/G65/G64/G69/G74/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G20/G6C/G6F/G73/G41/G67/G65/G6E/G74/G65/G73/G20/G50/G61/G72/G74/G69/G63/G69/G70/G61/G6E/G74/G65/G73/G20/G65/G6E/G20/G65/G6C/G20/G50/G72/G65/G73/G75/G70/G75/G65/G73/G74/G6F/G50/G61/G72/G74/G69/G63/G69/G70/G61/G74/G69/G76/G6F ORDENANZA REGIONAL Nº 009-2004-CR/GRL Iquitos, 7 de abril del 2004 EL PRESIDENTE DEL GOBIERNO REGIONAL DE LORETO POR CUANTO:El Consejo Regional de la Región Loreto, de con- formidad con lo previsto en los Artículos 197º y 198º dela Constitución Política del Perú; la Ley de Bases de la Descentralización- Ley Nº 27783; la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales - Ley Nº 27867; su ModificatoriaLey Nº 27902; Ley Marco del Presupuesto Participati- vo-Ley Nº 28056; su Reglamento, aprobado con el De- creto Supremo Nº171-2003-EF y; el Instructivo Nº 001-2004-EF/76.01, Instructivo para el proceso de Planea- miento del Desarrollo Concertado y Presupuesto Par- ticipativo, aprobado con Resolución Directoral Nº 010-2004-EF/76.01; en Sesión Ordinaria de Consejo de fe- cha 7 de abril del 2004, aprobó por Unanimidad la si- guiente Ordenanza; ORDENANZA Artículo Primero.- Apruébese el Reglamento del Proceso de Identificación y Acreditación de los Agen- tes Participantes en el Presupuesto Participativo, queconsta de cuatro (4) Títulos, nueve (9) Artículos y dos (2) Disposiciones Complementarias y finales, cuyo documento anexo forma parte de la presente Ordenan-za. Artículo Segundo.- El presente Reglamento entrará en vigencia al día siguiente de la publicación de esta Orde-nanza. Artículo Tercero.- El Consejo Regional y la Gerencia Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondiciona-miento Territorial quedan encargadas de dar cumplimiento a la presente ordenanza. POR TANTO: De conformidad con el Artículo 38º de la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales Nº 27867, modificada por la Ley Nº 27902, concordante con el inciso o) del Artículo 12º del Reglamento de Organización y Funciones del GobiernoRegional de Loreto, se ordena la publicación y cumplimiento.Promúlguese y publíquese. ROBINSON RIVADENEYRA REÁTEGUI Presidente REGLAMENTO DEL PROCESO DE IDENTIFICACIÓN Y ACREDITACIÓN DE LOS AGENTES PARTICIPANTES EN EL PRESUPUESTO PARTICIPATIVO TÍTULO PRIMERO DE LA IDENTIFICACIÓN Y ACREDITACIÓN DE LOS PARTICIPANTES Artículo 1º.- El Gobierno Regional de Loreto, en el marco de la Ley Nº 28056, Ley Marco del Presupuesto Participativo; Decreto Supremo Nº 171-2003-EF, que aprueba el Reglamento de la Ley Nº 28056; ResoluciónDirectoral Nº 010-2004-EF/76.01 y el Instructivo Nº 001- 2004-EF/76.01, que norma el proceso de Planeamiento del Desarrollo Concertado y Presupuesto Participativo;procederá a: identificar, registrar y acreditar a los agen- tes participantes del proceso en mención. Artículo 2º.- Los Agentes Participantes de la Socie- dad Civil organizada serán identificados previa presen- tación de su Estatuto y su inscripción en los Registros Públicos ante la Secretaría Técnica del Consejo de Co-ordinación Regional. Los no organizados serán identi- ficados previa evaluación por la mencionada Secreta- ría Técnica, en la que debe resaltar su experiencia yconocimiento en el tema. Artículo 3º.- La Secretaría Técnica del Consejo de Coordinación Regional, acreditará y registrará a losAgentes Participantes de la sociedad civil organizada y no organizada en el libro respectivo, una vez cumpli- do el artículo precedente. Artículo 4º.- La fecha de acreditación y registro será hasta el 30 de abril del año en curso, en cumplimiento del presente instructivo. Artículo 5º.- Los Agentes Participantes compren- den a las organizaciones sociales de base territorial o temática, así como a Organismos e Instituciones Priva-das dentro del ámbito regional. Son Organizaciones Sociales de base territorial o temática, aquellas cuyos miembros residen mayori-tariamente dentro del ámbito regional o local, tales como juntas y comités vecinales, clubes de madres, come- dores populares, comités de vaso de leche, comuni-dades campesinas y nativas, sindicatos, asociaciones de padres de familia, organizaciones de mujeres, de jóvenes, las mesas de concertación, de lucha contra lapobreza y cualquier otra agrupación social representa- tiva en la región. Los Organismos e Instituciones privadas son aque- llas organizaciones, instituciones y demás entidades privadas promotoras del desarrollo, tales como: universidades, colegios profesionales, asociaciones ci-viles, organizaciones no gubernamentales de desarro- llo, cámaras de comercio, asociaciones o gremios em- presariales, laborales, agrarias, de productores o co-merciantes, organismos de cooperación técnica inter- nacional, fundaciones, iglesias, entre otras con presen- cia en la jurisdicción. TÍTULO SEGUNDO DE LA RESPONSABILIDAD DE LOS AGENTES PARTICIPANTES Artículo 6º.- Los Agentes Participantes de la socie- dad civil organizada y no organizada, serán responsa- bles de participar en la priorización de los proyectos deinversión pública a considerarse en el Presupuesto Participativo, así como en la vigilancia respecto al cum- plimiento y resultados del presupuesto participativo. Sonquienes participan, con voz y voto, en la discusión y/o toma de decisiones durante el proceso del Presupues- to Participativo. Artículo 7º.- Son miembros natos del proceso de preparación del Presupuesto Participativo, los represen-