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/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G36/G37/G37/G35/G30 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, domingo 2 de mayo de 2004 Que, las actividades de Normalización deben realizar- se sobre la base del Código de Buena Conducta para la Adopción, Elaboración y Aprobación de Normas que figu- ra como Anexo 3 del Acuerdo sobre Obstáculos Técni-cos al Comercio de la OMC, que fuera incorporado a la legislación nacional mediante Resolución Legislativa Nº 26407. Dicho Código viene siendo implementado por laComisión a través del Sistema Peruano de Normaliza- ción, del cual forman parte el Reglamento de Elaboración y Aprobación de Normas Técnicas Peruanas y el Regla-mento de Comités Técnicos de Normalización, aproba- dos mediante Resolución Nº 0072-2000/INDECOPI-CRT; Que, toda vez que las actividades de elaboración y actualización de Normas Técnicas Peruanas deben reali- zarse con la participación de representantes de todos los sectores involucrados: producción, consumo y técnico,constituidos en Comités Técnicos de Normalización, la Comisión conformó los siguientes Comités Técnicos de Normalización Permanentes: a) Codificación e Intercam-bio Electrónico de Datos - EDI; b) Evaluación de la Con- formidad; y c) Tubos, Válvulas y Accesorios de Material Plástico, de acuerdo a lo dispuesto en el Reglamento deComités Técnicos de Normalización antes señalado; Que, los Comités Técnicos de Normalización cita- dos, presentaron los Proyectos de Normas TécnicasPeruanas (PNTP) en las fechas indicadas: a) Codificación e Intercambio Electrónico de Datos - EDI, 1 PNTP, el 2 de diciembre del 2003. b) Evaluación de la Conformidad, 3 PNTP, el 3 de diciembre del 2003. c) Tubos, Válvulas y Accesorios de Material Plástico, 2 PNTP, el 5 de diciembre del 2003. Los Proyectos de Normas Técnicas Peruanas fue- ron elaborados de acuerdo al Reglamento de Elabora- ción y Aprobación de Normas Técnicas Peruanas me-diante el Sistema de Adopción, y sometidos a Discusión Pública por un período de treinta días calendario; conta- dos a partir del 1 de marzo del 2004; Que, no habiéndose recibido observaciones a los Proyectos de Normas Técnicas Peruanas y luego de la evaluación correspondiente, la Secretaría Técnica de laComisión recomendó su aprobación como Normas Téc- nicas Peruanas; Estando a lo recomendado por la Secretaría Técni- ca, de conformidad con el Decreto Ley Nº 25868, el Decreto Legislativo Nº 807 y la Resolución Nº 0072- 2000/INDECOPI-CRT, la Comisión con el acuerdo uná-nime de sus miembros, reunidos en su sesión de fecha 1 de abril del 2004. RESUELVE: Primero.- APROBAR como Normas Técnicas Perua- nas, las siguientes: NTP-ISO/IEC 15438:2004 CÓDIGO DE BARRAS. Tec- nología de la información. Técnicas de identificación ycaptura automática de da- tos. Especificaciones de simbología de código debarras - PDF 417. 1ª Edi- ción NTP-ISO/IEC 17024:2004 EVALUA CIÓN DE LA CON- FORMIDAD. Requisitos ge- nerales para los organismos que realizan la certificaciónde personas. 1ª Edición NTP-ISO/IEC 43-1:2004 ENSAYOS DE APTITUD POR COMPARACIONESINTERLABORATORIOS. Parte 1: Desarrollo y fun- cionamiento de programasde ensayos de aptitud. 1ª Edición NTP-ISO/IEC 43-2:2004 ENSAYOS DE APTITUD POR COMPARACIONES INTERLABORATORIOS. Parte 2: Selección y uso deprogramas de ensayos de aptitud por organismos de acreditación de laboratorios.1ª EdiciónNTP-ISO 4437:2004 TUBERÍAS ENTERRADAS DE POLIETILENO (PE) PARA EL SUMINISTRO DE COMBUSTIBLE GASEO-SO. Serie métrica. Especificaciones. 1ª Edición NTP-ISO 1167:2004 TUBOS TERMOPLÁSTI- COS PARA EL TRANS- PORTE DE FLUIDOS. Re- sistencia a la presión inter-na. Método de ensayo. 2ª Edición Reemplaza a la NTP-ISO/DIS 1167:1997 Segundo.- Dejar sin efecto la siguiente Norma Téc- nica Peruana: NTP-ISO/DIS 1167:1997 TUBOS TERMOPLÁSTI- COS PARA EL TRANS- PORTE DE FLUIDOS. Determinación de la resis-tencia a la presión interna Con la intervención de los señores miembros: Fabián Novak, Augusto Ruiloba, Julio Paz Soldán y José Dajes. AUGUSTO RUILOBA ROSSEL Presidente de la Comisión de Reglamentos Técnicos y Comerciales 08414 /G44/G65/G63/G6C/G61/G72/G61/G6E/G20/G65/G6E/G20/G73/G69/G74/G75/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G20/G75/G72/G67/G65/G6E/G63/G69/G61/G20/G6C/G61 /G63/G6F/G6E/G74/G72/G61/G74/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G20/G73/G65/G72/G76/G69/G63/G69/G6F/G20/G64/G65/G20/G70/G61/G74/G72/G6F/G63/G69/G6E/G69/G6F/G6A/G75/G64/G69/G63/G69/G61/G6C/G20/G65/G6E/G20/G6D/G61/G74/G65/G72/G69/G61/G20/G70/G65/G6E/G61/G6C INSTITUTO NACIONAL DE DEFENSA DE LA COMPETENCIA Y DE LA PROTECCIÓN DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL RESOLUCIÓN DE LA PRESIDENCIA DEL DIRECTORIO DEL INDECOPI Nº 041-2004-INDECOPI/DIR Lima, 26 de abril de 2004 CONSIDERANDO: Que conforme a lo establecido por el inciso c) del artículo 19º del Texto Único Ordenado de la Ley de Con-trataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PCM, están exoneradas del proceso de selección respectivo las adquisiciones ycontrataciones que se realicen en situación de urgencia, así declarada conforme a dicha Ley; Que el numeral 2) del artículo 108º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 013-2001-PCM establece que la situación de urgencia debe entendersecomo una medida temporal ante un hecho de excepción que determina una acción rápida a fin de adquirir o con- tratar lo indispensable para paliar la urgencia, sin perjui-cio de que se realice el proceso de selección respectivo; Que con el propósito de contar con el Servicio de Patrocinio Judicial en Materia Penal, se efectuó la Adjudi-cación Directa Pública Nº 0002-2004-INDECOPI, segun- da convocatoria, en la cual se ha presentado un Recur- so de Apelación al otorgamiento de la buena pro; Que, el contrato bajo el cual el INDECOPI recibe ac- tualmente los Servicios de Patrocinio Judicial en Materia Penal tiene vigencia hasta el 26 de abril del presente, ydebido a la impugnación planteada en la Adjudicación Directa Pública para la contratación de dichos servicios para el período 2004 - 2005, puede preverse que dichosservicios no podrán ser cubiertos en la fecha de culmi- nación del contrato vigente, por lo que se hace necesa- rio asegurar la continuidad del servicio, adoptando lasacciones urgentes que garanticen su adecuada y opor- tuna prestación, en tanto se resuelva la impugnación presentada; Que las circunstancias expuestas configuran la deno- minada situación de urgencia a que alude el inciso c) del