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/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G36/G37/G39/G39/G36 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, jueves 6 de mayo de 2004 este tipo de comunicaciones a efectos de asegurar co- herencia en las opiniones, calidad de la información quese presta, uso razonable del tiempo que se emplea, y evaluación permanente de la actividad materia de la pre- sente directiva. C. CRITERIOS.- Los oficios de respuesta deben de contener los siguientes criterios: 1) No se debe proyectar respuestas de carácter ge- neral que eludan o no respondan al espíritu y contenido del requerimiento. 2) Razonar técnica, jurídica o políticamente, según sea el caso. 3) Adjuntar la documentación que se considere indispensable y pertinente. 4) Redacción clara y coherente. D. RESPONSABILIDAD.- Tratándose de una obligación de naturaleza legal y constitucional, todo empleado público está obligado a cumplir personal y diligentemente los deberes que le impone el servicio público. El incumplimiento de estaobligación acarrea la incursión en el régimen laboral dis- ciplinario y la trasgresión al Código de Ética de la Fun- ción Pública (Artículo 10º de Ley del Código de Ética dela Función Pública - Ley Nº 27815). Regístrese, comuníquese y publíquese.MANUEL RODRÍGUEZ CUADROS Ministro de Relaciones Exteriores 08644 /G41/G75/G74/G6F/G72/G69/G7A/G61/G6E/G20 /G76/G69/G61/G6A/G65/G20 /G64/G65/G20 /G66/G75/G6E/G63/G69/G6F/G6E/G61/G72/G69/G6F /G64/G69/G70/G6C/G6F/G6D/GE1/G74/G69/G63/G6F/G20/G61/G20/G45/G63/G75/G61/G64/G6F/G72/G2C/G20/G70/G61/G72/G61/G20/G70/G61/G72/G74/G69/G63/G69/G70/G61/G72/G65/G6E/G20/G72/G65/G75/G6E/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G6C/G20/G43/G6F/G6E/G73/G65/G6A/G6F/G20/G41/G6E/G64/G69/G6E/G6F/G20/G64/G65/G20/G4D/G69/G2D/G6E/G69/G73/G74/G72/G6F/G73/G20/G64/G65/G20/G52/G65/G6C/G61/G63/G69/G6F/G6E/G65/G73/G20/G45/G78/G74/G65/G72/G69/G6F/G72/G65/G73 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 0332-2004-RE Lima, 5 de mayo de 2004 CONSIDERANDO: Que el día 7 de mayo de 2004 se llevará a cabo en la ciudad de Guayaquil, República del Ecuador, la XII Re- unión del Consejo Andino de Ministros de RelacionesExteriores, la cual estará precedida por una Reunión de Coordinadores Nacionales de la Política Exterior Común de la Comunidad Andina, el día 6 de mayo; Que en la presente reunión del Consejo Andino de Ministros de Relaciones Exteriores se abordará, entre otros temas, la propuesta de la Secretaría General de laCAN, sobre el nuevo Diseño Estratégico de la Integra- ción Andina; Que, asimismo, en este marco se tratarán aspectos relativos a las negociaciones del Tratado de Libre Co- mercio con los Estados Unidos de América; Que, en consecuencia, es necesario autorizar el via- je del Ministro en el Servicio Diplomático de la Repúbli- ca, Alberto Salas Barahona, Director del Gabinete del Ministro de Relaciones Exteriores, a fin de que integre ladelegación peruana que participará en el referido even- to; De conformidad con la Cuarta Disposición Comple- mentaria de la Ley Nº 28091, Ley del Servicio Diplomá- tico de la República; en concordancia con el artículo 83º del Decreto Supremo Nº 005-90-PCM, Reglamento dela Ley de Bases de la Carrera Administrativa; los artícu- los 185º y 190º del Decreto Supremo Nº 130-2003-RE, Reglamento de la Ley del Servicio Diplomático de laRepública; el inciso m) del artículo 5º del Decreto Ley Nº 26112, Ley Orgánica del Ministerio de Relaciones Exte-riores; la Ley Nº 27619; Decreto Supremo Nº 047-2002- PCM, que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos; y el artículo 15º de laLey Nº 28128, Ley de Presupuesto del Sector Público para el año Fiscal 2004; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Autorizar el viaje del Ministro en el Servicio Diplomático de la República, Alberto Salas Barahona, a la ciudad de Guayaquil, República del Ecua- dor, para que participe en la XII Reunión del ConsejoAndino de Ministros de Relaciones Exteriores de la Polí- tica Exterior Común de la Comunidad Andina, del 6 al 8 de mayo de 2004. Artículo Segundo.- Los gastos que ocasione el cumplimiento de la presente Resolución, serán cubier- tos por el Pliego Presupuestal del Ministerio de Relacio-nes Exteriores, debiendo rendir cuenta documentada en un plazo no mayor de quince (15) días al término de la referida comisión, de acuerdo al siguiente detalle: Pasajes Viáticos Tarifa US$ US$ aeropuerto US$ 641.95 800.00 28.00 Artículo Tercero.- Dentro de los quince (15) días calendario siguientes al término del citado evento, los mencionados funcionarios deberán presentar ante el se-ñor Ministro de Relaciones Exteriores un informe de las acciones realizadas durante el viaje autorizado. Artículo Cuarto.- La presente Resolución no da de- recho a exoneración ni liberación de impuestos aduane- ros de ninguna clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese. MANUEL RODRÍGUEZ CUADROS Ministro de Relaciones Exteriores 08645 /G4F/G66/G69/G63/G69/G61/G6C/G69/G7A/G61/G6E/G20/G6C/G61/G20/G22/G52/G65/G75/G6E/G69/GF3/G6E/G20/G52/G65/G67/G69/G6F/G6E/G61/G6C/G20/G73/G6F/G62/G72/G65 /G4E/G75/G74/G72/G69/G63/G69/GF3/G6E/G20/GD3/G70/G74/G69/G6D/G61/G20/G64/G65/G20/G59/G6F/G64/G6F/G20/G65/G6E/G20/G6C/G61/G73/G20/G41/G6D/GE9/G72/G69/G2D /G63/G61/G73/G22/G2C/G20/G61/G20/G72/G65/G61/G6C/G69/G7A/G61/G72/G73/G65/G20/G65/G6E/G20/G6C/G61/G20/G63/G69/G75/G64/G61/G64/G20/G64/G65/G20/G4C/G69/G6D/G61 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 0333-2004-RE Lima, 5 de mayo de 2004 Visto el Oficio Nº 589-2004-DVM/MINSA, del Viceministro de Salud, de 13 de abril de 2004, me- diante el cual comunica que conjuntamente con la Or-ganización de las Naciones Unidas para la Infancia (UNICEF), la Organización Panamericana de la Salud (OPS) y el Consejo Internacional de Control sobre losTranstornos por Deficiencia de Yodo (ICCIDD), organi- zan la "Reunión Regional sobre Nutrición Óptima de Yodo en las Américas", a realizarse en la ciudad deLima, el 5 y 6 de mayo de 2004, y solicita su oficializa- ción; CONSIDERANDO: Que corresponde al Ministerio de Salud, conjuntamente con las organizaciones mencionadas dirigir y organizar la realización de la reunión regional sobre Nutrición Óptima de Yodo en las Américas, porser el ente rector en el desarrollo de la política de sa- lud y, por tanto competente para formular, aprobar y coordinar la ejecución de las políticas orientadas a lasuperación y bienestar de la salud integral, así como para dictar normas técnicas y administrativas de ca- rácter nacional y general sobre los programas de de-sarrollo de la salud;