Empresa en el ranking

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 05 DE OCTUBRE DEL AÑO 2004 (05/10/2004)

CANTIDAD DE PAGINAS: 48

TEXTO PAGINA: 23

/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G37/G37/G37/G32/G35 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, martes 5 de octubre de 2004 Artículo 61º.- PRESUNCIONES POR APLICACIÓN DE PROMEDIOS, COEFICIENTES Y/O PORCENTAJES Para la aplicación de las presunciones previstas en el Artículo 93º de la Ley, se tendrá en cuenta lo siguien- te: a) Empresas similares Se considerarán como empresas similares a aqué- llas que teniendo la misma actividad o giro principal que la del deudor tributario al que se aplicará la presunción, se equiparen en tres o más de las siguientes condicio-nes: 1. Número de trabajadores. 2. Puntos de venta. 3. Monto de los pasivos. 4. Monto de compras, costos o gastos.5. Consumos de agua, energía eléctrica o servicio telefónico. 6. Capital invertido en la explotación.7. Volumen de las transacciones. 8. Existencia de mercaderías o bienes. 9. Monto de los depósitos bancarios.10. Cualquier otra información que tenga a su dispo- sición la Administración Tributaria. b) Personas en condiciones similares Tratándose de sujetos perceptores de rentas de cuarta categoría, se considerarán como personas naturales quese encuentran en condiciones similares, a aquellas que ejerzan la misma profesión, ciencia, arte, oficio o que realicen las mismas funciones. Adicionalmente, para seleccionar a las personas en condiciones similares, la SUNAT tomará en cuenta aque- llas que se equiparen en tres o más condiciones, talescomo: 1. Número de trabajadores. 2. Monto de los depósitos bancarios. 3. Valor estimado de los instrumentos, equipos que utiliza para el desempeño de sus funciones. 4. La fecha de inicio de actividades declarada para la inscripción en el Registro Único de Contribuyentes - RUC, salvo que se detecte que no le corresponde tal fecha, encuyo caso será la que se determine en el proceso de fiscalización. 5. Otra información que, a criterio de la SUNAT, sirva para seleccionar personas que se encuentren en condi- ciones similares a las del deudor tributario al que aplica- rá la presunción. c) Selección de empresas similares o personas en condiciones similares 1. Cuando la SUNAT considere otras condiciones con- forme a los numerales 10) del inciso a) y 5) del inciso b),éstas deberán ser razonables para la selección de em- presas o personas similares, debiendo elegirse aquellas que tengan en cuenta la realidad económica y situaciónpersonal del contribuyente. 2. Las condiciones que seleccione la SUNAT a fin de determinar las empresas o personas similares, seránaquellas de las que tenga información fehaciente. Si por causas imputables al deudor tributario, la SU- NAT no tuviera información fehaciente de, al menos, trescondiciones de aquél, la Administración Tributaria podrá utilizar sólo las condiciones de las que tenga informa- ción a fin de seleccionar las empresas o personas simi-lares. Para seleccionar a las empresas o personas simi- lares se tomarán las condiciones existentes en el ejer-cicio fiscalizado, admitiéndose en cada condición una diferencia de hasta el diez por ciento (10%) respecto de la información con que cuente la SUNAT del sujetofiscalizado. En todos los procedimientos presuntivos en los que deba aplicarse promedios, coeficientes y/o porcentajesde empresas o personas similares, se seleccionarán tres empresas o personas, según corresponda.3. De no haber empresas o personas de acuerdo a las condiciones del deudor tributario, o de no tener infor-mación fehaciente de ninguna condición del deudor tri- butario por no estar inscrito en el RUC o por cualquier otra causa imputable a él, se seleccionará, a criterio dela Administración Tributaria, tres empresas o personas que se encuentren en la misma Clasificación Industrial Internacional Uniforme - CIIU del deudor tributario. La CIIU será la declarada por el deudor tributario en el RUC o la que se determine en el procedimiento de verificación o fiscalización, de no estar inscrito en dichoregistro o de no haber declarado la CIIU que le corres- ponde. Para tal efecto, se tomarán todos los dígitos de la CIIU. De no existir empresas o personas a seleccionar que se ubiquen en la misma CIIU, se tomarán los tres primeros dígitos o, en su defecto, menos dígitos hasta encontraruna empresa o persona similar, no pudiendo en ningún caso considerar menos de dos dígitos para realizar di- cha selección. 4. De haber más de tres empresas o personas que reúnan las condiciones para ser consideradas como si- milares o que se encuentren en la misma CIIU, se selec-cionará a aquéllas que tengan la misma ubicación geo- gráfica en el ejercicio fiscalizado, prefiriéndose las em- presas o personas del mismo distrito, provincia, depar-tamento, región, en ese mismo orden de prelación o, en su defecto, de cualquier zona geográfica del país. 5. De las empresas o personas seleccionadas de acuerdo a lo dispuesto en el presente Artículo, se toma- rá a aquellas empresas o personas que declaren el ma- yor impuesto resultante. d) Promedio de renta neta de empresas o personas similares Para efecto de las presunciones previstas en los inci- sos 3) y 4) del Artículo 93º de la Ley, una vez selecciona- das las tres empresas o personas, se promediará las ren-tas netas de las mismas correspondientes al ejercicio fiscalizado. Sin embargo, se tomará la renta neta del ejer- cicio inmediato anterior de aquellas empresas o perso-nas que no tengan renta neta en el ejercicio fiscalizado." Artículo 37º.- Incorpórese como Artículo 76º del Re- glamento, el siguiente texto: "Artículo 76º.- PERSONAL AFECTADO A LA ACTI- VIDAD Para efectos del último párrafo del inciso a) del Artí- culo 118º de la Ley, se consideran proveedores a las per-sonas naturales o jurídicas que provean bienes al sujeto del Régimen Especial. Tratándose del servicio de intermediación laboral, se considerará como personal afectado a la actividad a los trabajadores destacados al sujeto del Régimen Especial. Para efecto de lo dispuesto en el párrafo anterior, se entenderá como servicio de intermediación laboral a aquél por el cual una persona destaca a sus trabajado- res al sujeto del Régimen Especial para prestar servi-cios temporales, complementarios o de alta especializa- ción de acuerdo a lo señalado por la Ley Nº 27626 y su reglamento aprobado por el Decreto Supremo Nº 003-2002-TR, aún cuando dicha persona sea un sujeto dis- tinto a las señaladas en los Artículos 11º y 12º de la cita- da Ley o no hubieran cumplido con las disposicionescontenidas en la misma, independientemente del nom- bre que le asignen las partes." Artículo 38º.- Incorpórese como Artículo 78º-A del Reglamento, el siguiente texto: "Artículo 78º-A.- CONTRIBUYENTES QUE REINI- CIEN ACTIVIDADES Los contribuyentes que obtengan rentas de tercera categoría que reinicien actividades en un ejercicio gra- vable distinto a aquél en el cual solicitaron la suspen- sión o la baja o exclusión del Registro Único de Contri-buyentes - RUC, podrán optar por acogerse al Régimen Especial efectuando la declaración y pago de la cuota