Norma Legal Oficial del día 07 de octubre del año 2004 (07/10/2004)


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TEXTO DE LA PÁGINA 75

MORDAZA, jueves 7 de octubre de 2004

NORMAS LEGALES

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2004, en donde se establece la disponibilidad presupuestal de PROMPEX para el 2004 y el Informe Legal Nº 0282004-PROMPEX/OAL, de fecha 21 de setiembre del 2004; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Resolucion de Direccion Ejecutiva Nº 004-2004-PROMPEX/DE, de fecha 7 de enero del 2004, se aprobo el Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones de la Comision para la Promocion de Exportaciones PROMPEX, para el ejercicio presupuestal 2004, no encontrandose contemplado la contratacion de los servicios de alquiler de espacio para la participacion de PROMPEX en la Feria Internacional EXPOARTESANIAS 2004, a realizarse en la MORDAZA de MORDAZA Fe de Bogota- Colombia, del 7 al 19 de diciembre del 2004; Que, el tercer parrafo del numeral 3. de las Disposiciones Especificas de la Directiva Nº 005-2003-CONSUCODE/PRE, aprobada mediante Resolucion Nº 380-2003CONSUCODE/PRE, establece que las entidades solo pueden convocar y efectuar las licitaciones publicas, concursos publicos y adjudicaciones directas publicas y selectivas, que hayan sido previamente programados y se encuentren incluidos en el Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones; Que, con Memorandum Nº 259-2004-PROMPEX/ OGAF, la Oficina General de Administracion y Finanzas comunica que mediante Pedido de Servicio Nº 1946.04, de fecha 6 de setiembre del 2004, la Gerencia de Manufacturas Diversas y Artesanias, solicita la contratacion de los servicios de alquiler de espacio para la participacion de PROMPEX en la Feria Internacional EXPOARTESANIAS 2004, a realizarse en la MORDAZA de MORDAZA Fe de Bogota- Colombia; Que, el articulo 8º del Reglamento de la Ley Nº 26850 Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 013-2001-PCM, establece que las licitaciones publicas, concursos publicos y adjudicaciones directas no contenidas en el Plan Anual de Adquisiciones, deberan ser aprobados por el Titular del Pliego o la MORDAZA autoridad administrativa de la Entidad, para su inclusion en el mismo; Que, el inciso h) del articulo 19º del Texto Unico Ordenado de la Ley Nº 26850 - Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 012-2001-PCM, establece que estan exonerados de los procesos de Licitacion, Concurso Publico o Adjudicaciones Directas que se realicen para la contratacion de servicios de caracter personalisimos, los que se realizan mediante el MORDAZA de seleccion de adjudicacion de menor cuantia, conforme a lo dispuesto en el articulo 116º del Reglamento de la referida Ley aprobado por Decreto Supremo Nº 013-2001-PCM; Que, el articulo 111º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, establece que se encuentran exonerados del respectivo MORDAZA de seleccion, los contratos de locacion de servicios celebrados con personas naturales o juridicas cuando para dicha contratacion se MORDAZA tenido en cuenta como requisito esencial a la persona del locador, ya sea por sus caracteristicas inherentes, particulares o especiales o por determinada calidad, profesion arte u oficio; Que, PROMPEX tiene como finalidad, conforme a su Reglamento de Organizacion y Funciones aprobado por Decreto Supremo Nº 013-2003-MINCETUR, promover las exportaciones peruanas, facilitando y contribuyendo al posicionamiento y consolidacion de los bienes y servicios en el MORDAZA internacional, a traves de una accion concertada con el sector privado y las diferentes instituciones publicas relacionadas con el comercio exterior del MORDAZA, buscando el desarrollo sostenible de las exportaciones en base al crecimiento y diversificacion de la oferta exportable peruana, la capacidad de gestion de las empresas exportadoras y la apertura y consolidacion de los mercados de exportacion; Que, entre las acciones que lleva a cabo PROMPEX, para la promocion de las exportaciones de bienes y servicios peruanos y mejora de la oferta exportable, se encuentra su participacion conjuntamente con empresas exportadoras peruanas, en Ferias Especializadas Internacionales,

como es el caso de la Feria EXPOARTESANIAS 2004; Que, el Informe Tecnico S/N de fecha 6 de setiembre del 2004, emitido por la Gerencia de Manufacturas Diversas y Artesanias, senala la importancia de la participacion de PROMPEX en la Feria Internacional EXPOARTESANIAS 2004, porque permitira consolidar y diversificar los mercados de exportacion para el sector artesanias, tomando en cuenta las caracteristicas especiales que ofrece el MORDAZA colombiano, como son preferencias arancelarias en virtud de acuerdos comerciales a traves de la Comunidad MORDAZA, facil acceso a traves de vias terrestres, similitudes de costumbres, asi como el mismo idioma, caracteristicas que hacen que se considere un servicio personalisimo conforme al supuesto senalado en el inciso h) del articulo 19º de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, en concordancia con lo dispuesto en el articulo 111º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado; Que, las caracteristicas especiales que se senalan en el considerando precedentes, hace que se pueda considerar a la referida contratacion como un servicio personalisimo conforme lo dispone el literal h) del articulo 19º de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, motivo por el cual resulta fundamental para la presencia de PROMPEX en dicho evento, a fin de cumplir con los objetivos de su Ley de creacion; Que, el Consejo Superior de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, ha absuelto una consulta formulada por PROMPEX, referente a la contratacion de servicios conexos para la participacion de la institucion en Ferias Internacionales con el objetivo de promover las exportaciones, a traves de la Opinion Nº 040-2004(GTN), senalando que cuando se han producido los supuestos de exoneracion o de declaracion de desierto en los articulos 19º y 32º del Texto Unico Ordenado de la Ley Nº 26850, Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PCM, determinandose la necesidad de efectuar procesos de menor cuantia a traves de acciones inmediatas sobre la base de la obtencion de una cotizacion que cumpla los requisitos establecidos en las Bases, con autorizacion expresa del Titular del Pliego o de la MORDAZA autoridad administrativa de la Entidad, y surja, la necesidad de contratar con un extranjero no domiciliado en el Peru, la contratacion respectiva podra regirse por la ley de su cumplimiento, segun las condiciones ofrecidas por el proveedor o de acuerdo a los procedimientos usados por el comercio internacional, no siendo de aplicacion lo dispuesto en el MORDAZA parrafo del articulo 105º de Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado aprobado por Decreto Supremos Nº 013-2001-PCM; Que, mediante Memorandas Nº 199-2004-PROMPEX/ OPP de fecha 8 de setiembre de 2004, de la Oficina de Planificacion y Presupuesto, se senala que la contratacion del servicio de Alquiler de espacio, para la Feria Internacional EXPOARTESANIAS 2004, cuenta con disponibilidad presupuestaria; Que, el valor referencial para la contratacion del servicio de alquiler de espacio para la Feria Internacional de EXPORTESANIAS 2004, es de US $ 9,545.00; Que, el Informe Legal N° 028-2004-PROMPEX/OAL, indica que resulta procedente la emision de una Resolucion de Direccion Ejecutiva por medio de la cual se declare exonerada del MORDAZA de seleccion correspondiente, toda vez que se ha sustentado la causal de exoneracion del MORDAZA de adquisicion prevista en el literal h) del articulo 19º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PCM, por tratarse de la contratacion de servicios personalisimos; Que, lo expuesto en dichos informes justifican tecnica y legalmente la exoneracion senalada de conformidad con lo establecido en el articulo 113º del mencionado Reglamento; Que, mediante Decreto Supremo Nº 013-2003-MINCETUR de fecha 25 de junio del 2003 y publicada en el Diario Oficial El Peruano el 27 de junio del mismo ano, se aprobo el Reglamento de Organizacion y Funciones de la Comision para la Promocion de Exportaciones PROMPEX, cuyo articulo 16º establece que el Director Ejecutivo es la maxi-

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