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PÆg. 277895 NORMAS LEGALES Lima, jueves 7 de octubre de 2004 Artículo 3º.- Disponer que las modificaciones del Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones del Instituto Na-cional de Cultura para el año 2004 aprobadas por la pre- sente Resolución, sean comunicadas dentro de los plazos señalados, a la Comisión de Promoción de la Pequeña yMicro Empresa - PROMPYME, y al Consejo Superior deContrataciones y Adquisiciones del Estado - CONSUCO-DE, de acuerdo a lo establecido en los Decretos Supre-mos Nºs. 012-2001-PCM y 013-2001-PCM y las Disposi-ciones Específicas de la Directiva Nº 005-2003-CONSU- CODE/PRE. Regístrese, comuníquese y publíquese. LUIS GUILLERMO LUMBRERAS SALCEDO Director Nacional 18046Nº TIPO OBJETO CIIU SÍNTESIS DE FECHAMONEDA VALOR UNID CANT. FTE.ÓRGANO O UBIGEO OBS. REF. DE ESPECIFICACIONES PROB. ESTIMADO MED. FTO. ENTIDAD D P D PROC. TÉCNICAS CONV. ENCARGADA DE p r i LA ADQUISICIÓN O t o s CONTRATACIÓN o. v. t. 38 7-ADP 2-SERVICIOS 2221 SER VICIO DE IMPRESIÓN 9-SET. 1-SOLES 145,000.00 26 09 UNIDAD EJECUTORA 08 01 01 DE BOLETAJE Nº 002 39 8-ADS 1-BIENES 3610 ADQUISICIÓN DE 9-SET. 1-SOLES 90,000.00 26 09 UNIDAD EJECUTORA 08 01 01 TABIQUERÍAS Y MOBILIARIO Nº 002 40 8-ADS 1- BIENES 7230 ADQ UISICIÓN DE EQUIPOS 9-SET. 1-SOLES 150,000.00 26 09 UNIDAD EJECUTORA 08 01 01 DE FILMACIÓN Y OTROS Nº 002 41 8-ADS 2-SERVICIOS 2200 PRODUCCIÓN DE VIDEO 9-SET. 1-SOLES 36,000.00 26 09 UNIDAD EJECUTORA 08 01 01 VIRTUAL MAPI Nº 002 42 4-CP 2-SERVICIOS 7230 PRO YECTO DE VUELO 9-SET. 1-SOLES 286,440.00 26 09 UNIDAD EJECUTORA 08 01 01 AEROFOTOGRÁFICO ZONA Nº 002 DE MACHU PICCHU 43 8-ADS 1-BIENES 7230 ACTU ALIZACIÓN Y 9-SET. 1-SOLES 160,000.00 26 09 UNIDAD EJECUTORA 08 01 01 ADQUISICIÓN DE LICENCIA Nº 002 DE SOFTWARE 44 8-ADS 1-BIENES 7494 ADQ UISICIÓN DE CARTAS 10- OCT 1-SOLES 95,000.00 26 09 UNIDAD EJECUTORA 08 01 01 NACIONALES DIGITALIZADAS Nº 002 45 7-ADP 2-SERVICIOS 2211EDICIÓN E IMPRESIÓN DE 10- OCT 1-SOLES 100,000.00 26 09 UNIDAD EJECUTORA 08 01 01 LIBROS Y REVISTAS Nº 002 OSITRAN Establecen cargo por uso de instalacio- nes de carga aØrea en el Aeropuerto In-ternacional "Jorge ChÆvez" ORGANISMO SUPERVISOR DE LA INVERSIÓN EN INFRAESTRUCTURA DE TRANSPORTE DE USO PÚBLICO RESOLUCIÓN DE CONSEJO DIRECTIVO Nº 046-2004-CD/OSITRAN Lima, 28 de setiembre de 2004 El Consejo Directivo del Organismo Supervisor de la Inversión en Infraestructura de Transporte de Uso Público -OSITRAN; VISTOS: El Informe Nº 053-04-GRE-OSITRAN, con relación al ajuste del cargo por uso de instalaciones para carga aérea en el Aeropuerto Internacional "Jorge Chávez"- AIJCH,presentado por la Gerencia de Regulación de OSITRANante el Consejo Directivo en su sesión de fecha 22 de se-tiembre de 2004; CONSIDERANDO: Que, el cargo por de uso de instalaciones en el Aero- puerto Internacional "Jorge Chávez", estaba fijado en el punto tercero del Apéndice Primero del Anexo Nº 5 del con-trato de concesión del Aeropuerto Internacional "JorgeChávez", hasta el año 2002; Que, el Numeral 2.2. del Anexo 5 del contrato de conce- sión, establece que luego del período de aplicación de las tarifas a que se refiere el considerando precedente, el pago por concepto de uso de instalaciones se ajustará anual-mente previa aprobación de OSITRAN;Que, el Numeral 3.1) del Artículo 3º de la Ley de Super- visión de la Inversión en Infraestructura de Transporte deUso Público, aprobada mediante Ley Nº 26917, estableceque OSITRAN tiene como misión regular el comportamientode los mercados en los que actúan las Entidades Presta- doras con la finalidad de cautelar en forma imparcial y ob- jetiva los intereses del Estado, de los Inversionistas y delos Usuarios para garantizar la eficiencia en la explotaciónde la Infraestructura de Transporte de Uso Público; Que, el Literal b) del Numeral 1) del Artículo 7º de la referida Ley atribuye a OSITRAN la función de operar el sistema tarifario de la infraestructura bajo su ámbito, fijan- do las tarifas correspondientes en los casos que no existacompetencia en el mercado; Que, el literal d) del Numeral 3.1. del Artículo 3º de la Ley Marco de los Organismos Reguladores de la InversiónPrivada en los Servicios Públicos, aprobada por la Ley Nº 27332, señala que la función reguladora de los Organis- mos Reguladores comprende la facultad de fijar tarifas delos servicios bajo su ámbito; Que, mediante Resolución Nº 015-2003-CD-OSITRAN del 30 de setiembre de 2003, el Consejo Directivo de OSI-TRAN aprobó la "Directiva para el reajuste anual del pago por concepto de uso de instalaciones de carga en el Aero- puerto Internacional Jorge Chávez"; Que, la precitada directiva, establece el procedimiento y los plazos aplicables al procedimiento de ajuste del car-go por uso de instalaciones de carga aérea en el Aero-puerto Internacional "Jorge Chávez", el mismo que ha sido aplicado en el ajuste del cargo materia de la presente re- solución; Que, mediante Resolución Nº 004-2004-CD/OSITRAN del 26 de enero de 2004, se fijó el cargo por uso de instala-ciones de carga aérea en el Aeropuerto Internacional "Jor-ge Chávez" correspondiente al año 2004 en US$ 0.017 por kilogramo de carga, el mismo que era aplicable a toda aque- lla mercadería que entrase o saliese del recinto aeropor-tuario, proveniente o con destino a almacenes externos; Que, el 20 de febrero de 2004, Lima Airport Partners S.R.L (LAP) presentó un Recurso de Reconsideración con-tra la Resolución Nº 004-2004-CD/OSITRAN;