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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 04 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2004 (04/09/2004)

CANTIDAD DE PAGINAS: 48

TEXTO PAGINA: 23

/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G37/G35/G37/G38/G39 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, sábado 4 de setiembre de 2004 RESUELVE: Artículo Primero.- Autorizar el viaje de las señoras Delia Flores Caldas, Analista Principal del Departamentode Evaluación de Riesgos de Crédito de la Superinten-dencia Adjunta de Riesgos y Ana María Esquerre Pérez, Analista del Departamento de Regulación de la Superin- tendencia Adjunta de Asesoría Jurídica, a la ciudad deSantiago de Chile, del 2 al 4 de setiembre de 2004, paralos fines expuestos en la parte considerativa de la presen-te Resolución. Artículo Segundo.- Las citadas funcionarias, dentro de los 15 (quince) días calendario siguientes a su reincor- poración, deberán presentar ante el Superintendente deBanca y Seguros un informe detallado describiendo lasacciones realizadas y los resultados obtenidos durante elviaje autorizado. Artículo Tercero.- Los gastos que irrogue el cumpli- miento de la presente autorización, según se indica, serán cubiertos con recursos del Presupuesto de la Superinten-dencia de Banca y Seguros, de acuerdo al siguiente deta-lle: Pasajes US$ 1126,82 Viáticos 800,00 Tarifa CORPAC 56,48 Artículo Cuarto.- La presente Resolución no otorga derecho a exoneración o liberación de impuestos de Adua-na de cualquier clase o denominación a favor de las funcio- narias cuyo viaje se autoriza. Regístrese, comuníquese y publíquese.JUAN JOSÉ MARTHANS LEÓN Superintendente de Banca y Seguros 15982 RESOLUCIÓN SBS Nº 1507-2004 Lima, 1 de setiembre de 2004 EL SUPERINTENDENTE DE BANCA Y SEGUROS CONSIDERANDO: Que, la Federación Iberoamericana de Derecho e Infor- mática, la Biblioteca del Congreso Nacional de Chile y la Facultad de Derecho de la Universidad de Chile, a travésde su Centro de Estudios de Derecho Informático, han or-ganizado el X Congreso Iberoamericano de Derecho e In-formática, el mismo que se llevará a cabo del 6 al 9 desetiembre de 2004 en la ciudad de Santiago de Chile; Que, el citado Congreso servirá de foro para el inter- cambio de conocimientos y experiencias entre los partici-pantes, representantes de diversos países de Iberoamé-rica, sobre aspectos relacionados con el derecho de lasnuevas tecnologías de la información y la informática jurí-dica; Que, la Superintendencia de Banca y Seguros, mediante Directiva Nº SBS-DIR-ADM-085-05, ha dictado una seriede Medidas de Austeridad en el Gasto para el Ejercicio2004, estableciéndose en el Numeral 6.1. que no se en-cuentran comprendidas en las restricciones de la citadaDirectiva, las actividades de capacitación aprobadas para el ejercicio 2004; Que, por ser de interés para la Institución, se ha consi- derado conveniente designar en esta oportunidad, al señorMarco Antonio Ojeda Pacheco, Coordinador de SecretaríaGeneral, para que participe en el citado evento; Que, en consecuencia es necesario autorizar el viaje del citado funcionario, sólo por el tiempo necesario para el cumplimiento del presente encargo, cuyos gastos por con-cepto de pasajes aéreos y viáticos serán cubiertos concargo al Convenio de Préstamo de Cooperación BID 1196/OC-PE conforme a lo solicitado mediante Oficio SBS Nº11785-2004 y comunicación de no objeción del Banco In- teramericano de Desarrollo, remitida por la Unidad de Co-ordinación de Préstamos Sectoriales - MEF, debiendo asu- mir esta Superintendencia, únicamente, los gastos por con-cepto de impuestos y Tarifa CORPAC, con cargo al Presu-puesto correspondiente al ejercicio 2004; y, En uso de las facultades que le confiere la Ley Nº 26702 - "Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros" y de conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº27619, el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM y en virtuda la Directiva sobre Medidas de Austeridad en el Gastopara el ejercicio 2004, Nº SBS-DIR-ADM-085-05; RESUELVE: Artículo Primero.- Autorizar el viaje del señor Marco Antonio Ojeda Pacheco, Coordinador de Secretaría Gene-ral, a la ciudad de Santiago de Chile del 5 al 10 de setiem-bre de 2004, para los fines expuestos en la parte conside- rativa de la presente Resolución. Artículo Segundo.- El citado funcionario, dentro de los 15 (quince) días calendario siguientes a su reincorporación,deberá presentar ante el Superintendente de Banca y Segu-ros un informe detallado describiendo las acciones realiza-das y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado. Artículo Tercero.- Los gastos que irrogue el cumpli- miento de la presente autorización por concepto de pasa-jes aéreos y viáticos serán cubiertos con cargo al Conve-nio de Préstamo de Cooperación BID 1196/OC-PE, debien-do asumir esta Superintendencia los gastos por conceptode impuestos y Tarifa CORPAC, con cargo al Presupuesto correspondiente al ejercicio 2004, de acuerdo al siguiente detalle: Impuestos (Pasajes) US$ 94,01 Tarifa CORPAC 28,24 Artículo Cuarto.- La presente Resolución no otorga derecho a exoneración o liberación de impuestos de Adua-na de cualquier clase o denominación a favor del funciona-rio cuyo viaje se autoriza. Regístrese, comuníquese y publíquese. JUAN JOSÉ MARTHANS LEÓN Superintendente de Banca y Seguros 15983 TRIBUNAL CONSTITUCIONAL /G52/G65/G63/G74/G69/G66/G69/G63/G61/G6E/G20/G6C/G61/G20/G52/G65/G73/G2E/G20/G41/G64/G6D/G2E/G20/G4E/GBA/G20/G30/G38/G32/G2D/G32/G30/G30/G34/G2D /G50/G2F/G54/G43/G2C/G20/G65/G6E/G20/G6C/G6F/G20/G72/G65/G6C/G61/G74/G69/G76/G6F/G20/G61/G20/G66/G65/G63/G68/G61/G2C/G20/G61/G70/G65/G6C/G6C/G69/G64/G6F/G20/G64/G65/G6C /G74/G69/G74/G75/G6C/G61/G72/G2C/G20/G70/G65/G72/GED/G6F/G64/G6F/G20/G79/G20/G6D/G6F/G6E/G74/G6F/G20/G64/G65/G20/G63/G6F/G6E/G74/G72/G61/G74/G6F/G73 RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA Nº 088-2004-P/TC Lima, 31 de agosto de 2004 CONSIDERANDO: Que en la Resolución Administrativa Nº 082-2004-P/ TC de 21 de agosto de 2004, publicada en el Diario OficialEl Peruano el 28 de los corrientes, se ha incurrido en errormaterial en lo que atañe a la fecha de la comunicación con-signada en ella, como en el apellido del titular, período y monto de los contratos que autoriza; Que en tal virtud se hace necesario efectuar la rectifi- cación correspondiente, de acuerdo a lo prescrito en el Ar-tículo 201º de la Ley Nº 27444 del Procedimiento Adminis-trativo General: y, En uso de las facultades conferidas a esta Presidencia por la Ley Nº 26435, Orgánica del Tribunal Constitucional y su Reglamento Normativo; SE RESUELVE: Artículo Único.- Rectificar el monto del contrato de lo- cación de servicios del abogado Ricardo Martín Mora, que