NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 09 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2004 (09/09/2004)
CANTIDAD DE PAGINAS: 72
TEXTO PAGINA: 34
/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G37/G36/G30/G37/G32 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, jueves 9 de setiembre de 2004 Donde: FP: Factor de presencia. 8.3. CÁLCULO DE POTENCIA FIRME DE UNIDADES POR SITUACIONES DE FUERZA MAYOR Cuando una unidad o central de generación se encuen- tre en un estado de Indisponibilidad Física por Fuerza Ma-yor (IFFM), y que por dicho motivo, la unidad o central nose encontró en capacidad de operar por más de quince(15) días consecutivos durante el mes correspondiente, seefectuará el proceso de cálculo de la potencia firme de lasunidades de generación térmica con una potencia efectivaigual a cero, desde el inicio hasta la finalización del periodode IFFM. 8.4. REAJUSTE DE LAS POTENCIAS FIRMES DE LAS UNIDADES DE GENERACIÓN EN CASO DE DÉFI-CIT RESPECTO A LA MÁXIMA DEMANDA 8.4.1. OBJETIVO.Reajustar la potencia firme de las unidades de genera- ción en el caso supuesto que la suma de las potenciasfirmes de las unidades térmicas e hidráulicas no llegue acubrir la máxima demanda a nivel de generación del siste-ma, para una probabilidad de excedencia dada por el Mi-nisterio de Energía y Minas. 8.4.2. DATOS.En caso se presente la condición indicada en el nume- ral anterior y previa solicitud de la DOCOES, los Integran-tes proporcionarán las Potencias Garantizadas de sus uni-dades generadoras hidráulicas calculadas bajo las siguien-tes condiciones: - Horas de regulación: Reduciendo progresivamente en intervalos de una hora, desde las horas de regulación dadahasta el límite de una hora. - Probabilidad de excedencia: Reduciendo progresiva- mente en intervalos de 1%, desde la probabilidad de exce-dencia dada hasta el límite de 70%. 8.4.3. FORMULACIÓNPara reajustar las potencias firmes se seguirá el siguien- te procedimiento secuencial: a. DISMINUCIÓN DE LAS HORAS DE REGULACIÓN.Se reduce progresivamente el número de horas de re- gulación horaria H R, en intervalos de una hora a fin de in- crementar la potencia garantizada con los reservorios deregulación horaria en el acápite 8.2.2, limitando a que lasuma de esta nueva potencia y la potencia garantizadacomo central de pasada no sea mayor a la potencia efecti-va de la unidad de generación. El límite mínimo de esteparámetro es de una hora. b. DISMINUCIÓN DE LA PROBABILIDAD DE EXCE- DENCIA. Si la disminución de horas de regulación según 8.4.3.a no satisface la igualdad entre la máxima demanda a nivelde barras de generación y la suma de las potencias firmes,se procederá a recalcular la potencia garantizada hidráuli-ca disminuyendo la probabilidad de excedencia, de acuer-do a los siguientes pasos: b.1. Se disminuye la probabilidad de excedencia de to- dos los embalses y cuencas en intervalos de 1%. b.2. En base a los datos proporcionados se recalcula la Potencia Garantizada establecida en los acápites 8.2.2.d,8.2.3.b y 8.2.4.a. b.3. Si las magnitudes recalculadas en b.2 no logran satisfacer la igualdad de la suma de potencias firmes a lamáxima demanda a nivel de generación se repetirán suce-sivamente los pasos b.1 y b.2 hasta que la probabilidad deexcedencia no sea inferior a 70%.b.4. Si al término del paso b.3 no se satisficiera la igual- dad establecida, se realizará el proceso indicado en c. c. DISMINUCIÓN DE LA INDISPONIBILIDAD DE CENTRALES. Se procederá a recalcular las potencias firmes térmi- cas e hidráulicas disminuyendo la indisponibilidad fortuitade las unidades térmicas y los mantenimientos programa-dos de las centrales hidráulicas. c.1. Se determinan los nuevos factores de disponibili- dad de las unidades de generación asignando reduccio-nes del 1% para el caso de las unidades térmicas a fin debuscar la igualdad de la máxima demanda a nivel de ba-rras de generación y la potencia firme total del sistema, apartir de las magnitudes calculadas en b. La indisponibili-dad límite es 0%. c.2. Si no se alcanza la igualdad se procede a disminuir la indisponibilidad por mantenimientos programados enperíodos sucesivos de 10 días de las centrales hidráuli-cas, recalculándose nuevamente la potencia garantizada. c.3. Si luego de concluir el paso anterior no se logra la igualdad entre la máxima demanda a nivel de barras degeneración y la suma de las potencias firmes así calcula-das, la potencia firme de cada unidad de generación seráigual a la potencia efectiva de la unidad. 9. PLAZOS Y FORMAS DE ENTREGA DE LA INFOR- MACIÓN 9.1 PLAZOS- Estudio Hidrológico:El estudio hidrológico de cada Cuenca Hidrográfica deberá ser presentado a la DOCOES antes del 31 de mayode cada año. La información histórica incluida correspon-derá al período comprendido entre los años 1965 y el añoanterior a la presentación del estudio. Con la finalidad de cumplir el plazo de entrega del estu- dio hidrológico, las empresas presentarán un cronogramade avance del estudio a más tardar el último día útil delmes de marzo. La DOCOES podrá emitir observaciones al estudio has- ta el 15 de agosto de cada año, las cuales deberán serabsueltas a los 15 días calendario de presentarse las ob-servaciones. - Potencia Garantizada:Los cálculos correspondientes serán presentados a la DOCOES a solicitud de ésta hasta el 30 de setiembre decada año, quien los aprobará o efectuará las observacio-nes a que hubiere lugar a más tardar el 20 de octubre, te-niendo las empresas un plazo máximo hasta el 31 de octu-bre para absolver las observaciones. La información hidro-lógica utilizada corresponderá al período comprendido en-tre los años 1965 y el año anterior a la presentación delcálculo. Las PG aprobadas serán vigentes a partir del cál-culo de potencia firme del mes de octubre del mismo año. Las PG indicadas en el numeral 8.4.2 deberán ser pre- sentadas dentro de los tres días útiles siguientes a su soli-citud. - Incumplimiento de entrega del Estudio Hidrológi- co y/o Potencia Garantizada: Si alguna empresa incumpliera con la entrega del estu- dio hidrológico en el plazo señalado, y/o se venciere el pla-zo para la entrega de la PG de la central generadora, laDOCOES adoptará como PG el 85% de la PG utilizadapara esta central en el último año. - Ensayos de Potencia Efectiva:Cuando se efectúe un ensayo de potencia efectiva de una central hidroeléctrica de un Integrante, éste deberápresentar a la DOCOES los correspondientes cálculos dela PG en un plazo máximo de 15 días calendario a partir dela fecha de aprobación de la nueva potencia efectiva. Las