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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 09 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2004 (09/09/2004)

CANTIDAD DE PAGINAS: 72

TEXTO PAGINA: 41

/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G37/G36/G30/G37/G39 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, jueves 9 de setiembre de 2004 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 675-2004-MTC/11 Lima, 6 de septiembre de 2004 CONSIDERANDO: Que, por Resolución Directoral Nº 0849-2002-MTC/15.13 del 20 de mayo de 2002, se estableció responsabilidad pe- cuniaria contra doña Andrea Loza Vizcarra Vda. de Cachi- catari, por la suma ascendente a S/. 6,076.22 (seis mil se-tenta y seis y 22/100 nuevos soles), incluyendo los intere- ses legales, por cobro indebido de pensión de viudez desde el 28 de marzo de 2000 al 30 de setiembre de 2001, monto adescontar de su pensión en sesenta y dos armadas, ya que durante dicho período le fue depositada su pensión al 100%, debiendo habérsele depositado al 50%, en vista que a partirdel 28 de marzo de 2000 la pensión derivada ya la compar- tía con los menores hijos del causante; Que, mediante el Artículo Primero de la Resolución Di- rectoral Nº 0238-2004-MTC/11 del 16 de abril de 2004, se declaró improcedente por extemporáneo el recurso de re- consideración interpuesto por la recurrente; asimismo me-diante el Artículo Segundo se suspendió a partir del 24 de noviembre de 2003, los descuentos que por responsabilidad pecuniaria se venían efectuando en virtud a lo dispuesto porla Resolución Directoral Nº 0849-2002-MTC/15.13 dejando a salvo el derecho de doña Andrea Loza Vizcarra Vda. de Cachicatari de consentir dichos descuentos por mayor pagode pensión o que la Administración pueda tomar las accio- nes judiciales correspondientes para recuperar el monto to- tal, en aplicación de lo dispuesto por la Ley Nº 28110; Que, mediante parte Diario Nº 026080 del 10 de mayo de 2004, doña Andrea Loza Vizcarra Vda. de Cachicatari solicita que en ejecución de la Resolución Directoral Nº0238-2004-MTC/11 se disponga el reintegro de lo indebi- damente descontado a partir del 24 de noviembre de 2003, por tanto, no ha consentido el descuento del monto restan-te de la responsabilidad pecuniaria que se le estableciera; Que, según Memorándum Nº 106-2004-MTC/11.03.1 de fecha 15 de junio de 2004, la Subdirección de Remuneraciones,manifiesta que a la recurrente se le ha descontado por concep- to de responsabilidad pecuniaria la suma de S/. 806.00 desde el mes de setiembre de 2003 al mes de abril de 2004; Que, según Memorándum Nº 1011-2004-MTC/11 de fecha 9 de agosto de 2004, la Dirección General de la Ofi- cina General de Recursos Humanos, manifiesta que hastala fecha doña Andrea Loza Vizcarra Vda. de Cachicatari no ha cumplido con devolver el total de los S/. 6,076.22, que como responsabilidad pecuniaria se le estableció por co-bro indebido de pensión de viudez, mediante Resolución Directoral Nº 0849-2002-MTC/15.13; Que, la responsabilidad pecuniaria es aquella obligación de origen legal y contenido patrimonial que tiene por finalidad el re- sarcimiento de los daños y perjuicios ocasionados al Estado; Que, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 47º de la Constitución Política del Perú, concordante con el Decreto Ley Nº 17537, Ley de Defensa y Representación del Estado en Juicio, la defensa de los intereses del Esta-do está a cargo de los Procuradores Públicos; Que, el artículo 2º del Decreto Ley Nº 17537, señala que los Procuradores Públicos tienen la plena represen-tación del Estado en juicio y ejercitan su defensa en todos los procesos y procedimientos en los que actúe como de- mandante, demandado, denunciante o parte civil; Que, el artículo único del Decreto Ley Nº 17667, publica- do el 28 de mayo de 1969, establece que para demandar y/ o formular denuncias a nombre del Estado, es necesaria laexpedición previa de la Resolución Ministerial autoritativa; Que, en consecuencia, estando a lo informado por la Asesoría Legal de la Oficina General de Recursos Huma-nos, mediante Informe Nº 663-2004-MTC/11.AL correspon- de autorizar al Procurador Público del Sector, para que en representación y defensa de los intereses del Estado, ini-cie y culmine las acciones legales que correspondan con- tra doña Andrea Loza Vizcarra Vda. de Cachicatari; De conformidad con lo dispuesto en el artículo 47º de la Constitución Política del Perú, Decretos Leyes Nºs. 17537 y 17667, Ley Nº 27791. SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar al Procurador Público a cargo de los asuntos judiciales del Ministerio de Transportes yComunicaciones, para que en representación y defensa de los intereses del Estado, inicie y culmine las acciones le-gales que correspondan contra doña Andrea Loza Vizca- rra Vda. de Cachicatari, por los hechos descritos en la par- te considerativa de la presente Resolución Ministerial. Artículo 2º.- Remitir copia de esta Resolución, así como los antecedentes del caso al mencionado Procurador Pú- blico, para los fines correspondientes. Regístrese, comuníquese y publíquese. JOSÉ JAVIER ORTIZ RIVERA Ministro de Transportes y Comunicaciones 16258 /G4D/G6F/G64/G69/G66/G69/G63/G61/G6E/G20/G65/G6C/G20/G50/G6C/G61/G6E/G20/G41/G6E/G75/G61/G6C/G20/G64/G65/G20/G41/G64/G71/G75/G69/G73/G69/G63/G69/G6F/G2D /G6E/G65/G73/G20/G79/G20/G43/G6F/G6E/G74/G72/G61/G74/G61/G63/G69/G6F/G6E/G65/G73/G20/G64/G65/G20/G50/G72/G6F/G20/G56/GED/G61/G73/G20/G4E/G61/G2D/G63/G69/G6F/G6E/G61/G6C/G20/G63/G6F/G72/G72/G65/G73/G70/G6F/G6E/G64/G69/G65/G6E/G74/G65/G20/G61/G6C/G20/G65/G6A/G65/G72/G63/G69/G63/G69/G6F/G32/G30/G30/G34 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 673-2004-MTC/01 Lima, 6 de septiembre de 2004 CONSIDERANDO: Que, por Resolución Ministerial Nº 038-2004-MTC/01 se aprobó el Plan Anual de Adquisiciones y Contratacio- nes correspondiente al ejercicio presupuestal 2004 de laUnidad Ejecutora 007 – Pro Vías Nacional del Ministerio de Transportes y Comunicaciones. Dicho Plan Anual fue modificado posteriormente por las Resoluciones Ministe-riales Nºs 181, 251, 437 y 555-2004-MTC/01; Que, mediante Nota de Elevación Nº 481-2004-MTC/ 20, el Director Ejecutivo del Proyecto Especial de Infraes-tructura de Transporte Nacional - PROVÍAS NACIONAL solicita la modificación del Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones de la Unidad Ejecutora a su cargo; Que, de acuerdo al Informe Nº 684-2004-MTC/20-GPP del Gerente de Planificación y Presupuesto de PROVÍAS NACIONAL, las modificaciones propuestas cuentan conmarco presupuestal; Que, asimismo, con Memorando Nº 1299-2004-MTC/ 09.03 el Director General de la Oficina General de Planifi-cación y Presupuesto manifiesta que la modificación pro- puesta se encuentra financiada; Que, el artículo 7º del Reglamento de la Ley de Contra- taciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decre- to Supremo Nº 013-2001-PCM, señala que el Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones puede ser modificadode conformidad con la asignación presupuestal o en caso de reprogramación de metas propuestas; Que, de acuerdo al numeral 7 de las Disposiciones Espe- cíficas de la Directiva Nº 005-2003-CONSUCODE/PRE, apro- bada por Resolución Nº 380-2003-CONSUCODE/PRE y modificada por Resolución Nº 019-2004-CONSUCODE/PRE,el Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones podrá ser modificado en cualquier momento, durante el decurso del ejercicio presupuestal siempre que se produzca una repro-gramación de las metas institucionales propuestas o una modificación del presupuesto institucional; Que, según el mencionado dispositivo, toda modificación del Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones, sea por inclusión o exclusión de algún proceso de selección para la adquisición y/o contratación de bienes, servicios u obras, de-berá ser aprobada, en cualquier caso, mediante instrumento emitido por el órgano o funcionario en el que se haya delega- do la competencia para la aprobación del Plan Anual; Que, en consecuencia, corresponde modificar el Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones para el año 2004 de la Unidad Ejecutora 007 – Pro Vías Nacional del Ministerio deTransportes y Comunicaciones, aprobado por Resolución Ministerial Nº 038-2004-MTC/01 y modificado por Resolucio- nes Ministeriales Nºs. 181, 251, 437 y 555-2004-MTC/01; De conformidad con el Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por el Decreto Supremo Nº 012-2001-PCM y su Reglamen-to, aprobado por Decreto Supremo Nº 013-2001-PCM, y sus modificatorias;