Norma Legal Oficial del día 09 de septiembre del año 2004 (09/09/2004)


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TEXTO DE LA PÁGINA 43

MORDAZA, jueves 9 de setiembre de 2004

NORMAS LEGALES

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Vista la solicitud de la empresa TRANS AMERICAN AIRLINES S.A. - TACA PERU, sobre Renovacion de Permiso de Operacion de Aviacion Comercial - Transporte Aereo Regular Nacional de pasajeros, carga y correo; CONSIDERANDO: Que, mediante Resolucion Directoral Nº 113-99-MTC/ 15.16 del 9 de MORDAZA de 1999 se otorgo a la empresa TRANS AMERICAN AIRLINES S.A. - TRANS AM, Permiso de Operacion de Servicio de Transporte Aereo Regular Nacional de pasajeros, carga y correo, por el plazo de cinco (5) anos contados a partir del 15 de MORDAZA de 1999, siendo modificado aquel a traves de la Resolucion Directoral Nº 007-2000-MTC/15.16 del 14 de enero del 2000, en el sentido de otorgar la autorizacion para utilizar la MORDAZA de servicio TACA PERU, de conformidad con lo establecido por la Resolucion Nº 0035243-1999/OSD-Ra-INDECOPI del 30 de setiembre de 1999; Que, mediante la Resolucion Directoral Nº 016-2001MTC/15.16 del 7 de febrero del 2001 se modifico el Permiso de Operacion de la empresa MORDAZA citada, variando su material aeronautico; Que, segun los terminos de la Memoranda Nº 0374-2004MTC/12.AL y Nº 0486-2004-MTC/12.AL, emitidos por la Asesora Legal de la Direccion General de Aeronautica Civil; Memorandum Nº 1324-2004-MTC/12.04, emitido por la Direccion de Seguridad Aerea; se considera pertinente atender lo solicitado, al haber cumplido la recurrente con los requisitos establecidos en la Ley Nº 27261 - Ley de Aeronautica Civil; su Reglamento; y demas disposiciones legales vigentes; Que, la Administracion, en aplicacion del MORDAZA de presuncion de veracidad, acepta las declaraciones juradas y la MORDAZA de documentos por parte del interesado, tomandolos por ciertos, verificando posteriormente la validez de los mismos, conforme lo dispone la Ley Nº 27444 Ley del Procedimiento Administrativo General; Que, en aplicacion de los principios de celeridad y simplificacion administrativa, se considera pertinente precisar que las instalaciones de los aeropuertos y/o aerodromos privados podran ser utilizadas previa autorizacion de sus respectivos propietarios; Que, en aplicacion del articulo 9º, literal g) de la Ley Nº 27261, "la Direccion General de Aeronautica Civil es competente para otorgar, modificar, suspender o revocar los Permisos de Operacion y Permisos de Vuelo", resolviendo el presente procedimiento mediante la expedicion de la Resolucion Directoral respectiva; Estando a lo dispuesto por la Ley Nº 27261 - Ley de Aeronautica Civil; el Reglamento vigente; demas disposiciones legales vigentes; y con la opinion favorable de las areas competentes; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Otorgar a la empresa TRANS AMERICAN AIRLINES S.A. - TACA PERU, la Renovacion de su Permiso de Operacion de Aviacion Comercial - Servicio de Transporte Aereo Regular Nacional de pasajeros, carga y correo, por el plazo de cuatro (4) anos contados a partir del 15 de MORDAZA del 2004, sujeto a las siguientes caracteristicas: NATURALEZA DEL SERVICIO: - Aviacion Comercial - Transporte Aereo Regular de pasajeros, carga y correo. AMBITO DEL SERVICIO: - Nacional. MATERIAL AERONAUTICO: - Boeing 737-200. - Airbus A-319. - Airbus A-320. RUTAS Y FRECUENCIAS: - MORDAZA - Tumbes - MORDAZA, dos (2) frecuencias minimas semanales. - MORDAZA - Talara - MORDAZA, dos (2) frecuencias minimas semanales. - MORDAZA - MORDAZA - MORDAZA, dos (2) frecuencias minimas semanales. - MORDAZA - Chiclayo - MORDAZA, dos (2) frecuencias minimas semanales.

- MORDAZA - MORDAZA - MORDAZA, dos (2) frecuencias minimas semanales. - MORDAZA - MORDAZA - MORDAZA, dos (2) frecuencias minimas semanales. - MORDAZA - MORDAZA - MORDAZA, dos (2) frecuencias minimas semanales. - MORDAZA - Juliaca - MORDAZA, dos (2) frecuencias minimas semanales. - MORDAZA - MORDAZA - MORDAZA, dos (2) frecuencias minimas semanales. - MORDAZA - Tacna - MORDAZA, dos (2) frecuencias minimas semanales. - MORDAZA - Juliaca - MORDAZA, dos (2) frecuencias minimas semanales. - MORDAZA - Ilo - MORDAZA, dos (2) frecuencias minimas semanales. - MORDAZA - MORDAZA - MORDAZA, dos (2) frecuencias minimas semanales. - MORDAZA - Puerto MORDAZA - MORDAZA, dos (2) frecuencias minimas semanales. - MORDAZA - MORDAZA - MORDAZA, dos (2) frecuencias minimas semanales. - MORDAZA - Tarapoto - MORDAZA, dos (2) frecuencias minimas semanales. - MORDAZA - Moyobamba - MORDAZA, dos (2) frecuencias minimas semanales. - MORDAZA - Iquitos - MORDAZA, dos (2) frecuencias minimas semanales. - MORDAZA - Yurimaguas - MORDAZA, dos (2) frecuencias minimas semanales. - MORDAZA - Pucallpa - MORDAZA, dos (2) frecuencias minimas semanales. BASE DE OPERACIONES: - Aeropuerto Internacional "Jorge Chavez". Articulo 2º.- Las aeronaves autorizadas a la empresa TRANS AMERICAN AIRLINES S.A. - TACA PERU deben estar provistas de sus correspondientes Certificados de Matricula vigentes, expedidos -de ser el caso- por el Registro Publico de Aeronaves de la Oficina Registral de MORDAZA y Callao; de sus Certificados de Aeronavegabilidad vigentes, expedidos o convalidados por la Direccion General de Aeronautica Civil; y, de la Poliza o Certificado de Seguros que cubran los riesgos derivados de su actividad aerea. Articulo 3º.- La empresa TRANS AMERICAN AIRLINES S.A. - TACA PERU esta obligada a presentar a la Direccion General de Aeronautica Civil, los datos estadisticos e informes que correspondan a su actividad aerea, de acuerdo a los procedimientos que establece la Direccion General de Aeronautica Civil. Articulo 4º.- La empresa TRANS AMERICAN AIRLINES S.A. - TACA PERU esta obligada a establecer un Sistema de Radiocomunicacion entre los puntos a operar, a fin de mantener permanente informacion del trafico aereo que realizan sus aeronaves. Articulo 5º.- La empresa TRANS AMERICAN AIRLINES S.A. - TACA PERU empleara en su servicio, personal aeronautico que cuente con su respectiva licencia y certificacion de aptitud expedidos o convalidados por la Direccion General de Aeronautica Civil. Articulo 6º.- La empresa TRANS AMERICAN AIRLINES S.A. - TACA PERU podra hacer uso de las instalaciones de aeropuertos y/o aerodromos privados, previa autorizacion de sus propietarios. Articulo 7º.- Las aeronaves de la empresa TRANS AMERICAN AIRLINES S.A. - TACA PERU podran operar en las rutas, aeropuertos y/o aerodromos cuyas alturas y longitudes de pista esten comprendidas dentro de sus tablas de performance aprobadas por el fabricante y la autoridad correspondiente. Articulo 8º.- El presente Permiso de Operacion sera revocado de inmediato en forma automatica, cuando el peticionario incumpla las obligaciones contenidas en la presente Resolucion; o pierda alguna de las capacidades legal, tecnica o economico-financiera, exigidas por la Ley Nº 27261 - Ley de Aeronautica Civil, su Reglamento; o renuncie, se suspenda o se revoque su respectivo Certificado de Explotador y Especificaciones Tecnicas de Operacion. Articulo 9º.- Si la Administracion verificase la existencia de fraude o falsedad en la documentacion presentada o en las declaraciones hechas por el interesado, la Direccion General de Aeronautica Civil, procedera conforme a

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