Norma Legal Oficial del día 02 de abril del año 2005 (02/04/2005)


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TEXTO DE LA PÁGINA 31

MORDAZA, sabado 2 de MORDAZA de 2005

NORMAS LEGALES

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tal MORDAZA, por la comision de falta administrativa disciplinaria tipificada como ausencias injustificadas, prevista en el inciso k) del articulo 28º de la Ley de Bases de la MORDAZA Administrativa y de Remuneraciones del Sector Publico, aprobada por Decreto Legislativo Nº 276. Segundo.- De conformidad con lo dispuesto con el articulo 207º de la Ley Nº 27444 - Ley del Procedimiento Administrativo General, los recursos impugnativos son Reconsideracion, Apelacion y Revision, pudiendo ser presentados en el termino de quince (15) dias contados a partir del dia siguiente de la notificacion ante la Gerencia de Administracion de Personal de la Gerencia Central de Recursos Humanos, sito en la Av. MORDAZA Nº 1402 - Setimo Piso - MORDAZA MORDAZA, Lima. Registrese y comuniquese. MORDAZA MORDAZA HERRAN Gerente de Administracion de Personal (e) - GCRH 06505 RESOLUCION DE GERENCIA Nº 324-GAP-GCRH-ESSALUD-2004 MORDAZA, 2 de noviembre de 2004 VISTA: La recomendacion adoptada por unanimidad contenida en el Acta Nº 19-CPAD-ESSALUD-2004 de la Comision Permanente de Procesos Administrativos Disciplinarios de MORDAZA y Callao, con relacion a la Carta Nº 706GDLIMA-ESSALUD-2004, sobre presunta falta administrativa disciplinaria que se encuentra consignada en el Expediente Nº 2004-14-CPAD; CONSIDERANDO: Que, mediante Resolucion de Gerencia Nº 247-GAPGCRH-ESSALUD-2004, se instauro MORDAZA administrativo disciplinario a los senores MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, ex Asistente Administrativo, MORDAZA MORDAZA Arata MORDAZA, ex Jefe de la Unidad de Remuneraciones de la Division de Personal y MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, ex Jefe de la Unidad de Remuneraciones de la Division de Personal de la Gerencia Departamental MORDAZA, por presuntas faltas disciplinarias tipificadas como incumplimiento de normas y negligencia en el ejercicio de sus funciones, previstas en los incisos a) y d) del articulo 28º de la Ley de Bases de la MORDAZA Administrativa y de Remuneraciones del Sector Publico, aprobada por Decreto Legislativo Nº 276; Que, los procesados fueron notificados conforme a ley, habiendo presentado sus descargos respectivos ante la Comision Permanente de Procesos Administrativos Disciplinarios de MORDAZA y Callao, e informado oralmente los senores MORDAZA MORDAZA Arata MORDAZA y MORDAZA MORDAZA MORDAZA Limay; no habiendo presentado descargo el senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA Diaz; Que, del analisis y evaluacion del expediente, de los descargos presentados, de los fundamentos expuestos en el Informe Oral, asi como de la documentacion que obra en el principal, se desprende que le asiste responsabilidad administrativa disciplinaria al senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, por haber realizado abonos sin tener el sustento correspondiente, por concepto de subsidios por fallecimiento y gastos de sepelio a favor de pensionistas del Decreto Ley Nº 20530; asimismo efectuo el alta como pensionistas del indicado regimen pensionario, sin contar con los respectivos actos resolutivos que justifiquen el monto de la pension a la que habrian tenido derecho veintiun (21) ex servidores pertenecientes al mismo regimen, correspondiendole la responsabilidad funcional del procesamiento de planillas de los senores pensionistas, en merito de la Carta Nº 5675DP-SGAYF-GDLI-ESSALUD-2002 de fecha 3 de setiembre del 2002, causando perjuicio economico a la Institucion situacion que se agrava al haber incurrido en ausencias injustificadas desde el 1 de marzo del 2004, lo

cual mediante MORDAZA administrativos disciplinario aparte, dio motivo a la aplicacion de la medida disciplinaria de destitucion, mediante la Resolucion de Gerencia Nº 305GAP-GCRH-ESSALUD-2004 de fecha 11 de octubre del 2004; Que, no le asiste responsabilidad administrativa disciplinaria al senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA debido a que la Jefatura de la Division de Personal de la Gerencia Departamental MORDAZA encargo en forma expresa al servidor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA la elaboracion de informes, resoluciones y pago de subsidios de luto y sepelio a cesantes del Decreto Ley Nº 20530, elaboracion de planillas de cesantes, elaboracion de liquidacion de pension de cesantes y sobrevivientes e ingreso a planillas, elaboracion de Resolucion de Pension de cesantia y sobreviviente, sin que se hubiere dispuesto labor de supervision por parte de la Unidad de Remuneraciones a cargo del senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, quien mediante las Cartas Nºs. 038 y 045-UR-DP-SGAYF-GDLIMA-ESSALUD-2004 del 16 de MORDAZA y 17 de MORDAZA del 2004, hizo llegar un informe sobre la verificacion efectuada a los movimientos variables de planillas realizados por el senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA Diaz; Que, no le asiste responsabilidad administrativa disciplinaria a la senora MORDAZA MORDAZA Arata MORDAZA porque la asignacion de funciones que cumplio el senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, por encargo de la Jefatura de la Division de Personal, no estuvo supeditada a sus labores funcionales de supervision, sino que fue responsabilidad de la mencionada Jefatura de Division que constituia primera instancia administrativa para el reconocimiento, declaracion y calificacion de derechos pensionarios obtenidos al MORDAZA del Decreto Ley Nº 20530, y sus Normas Modificatorias y Complementarias, de acuerdo a la Resolucion de Presidencia Ejecutiva Nº 157-PE-ESSALUD-2002 de fecha 14 de MORDAZA del 2002; Que de conformidad con lo senalado en el articulo 170º del Reglamento de la Ley de la MORDAZA Administrativa, aprobado por Decreto Supremo Nº 005-90PCM, concordante con el articulo 31º del Reglamento de Procesos Administrativos Disciplinarios de la Institucion, aprobado por Acuerdo del Consejo Directivo Nº 2-30-IPSS-95, y en merito a las facultades delegadas; SE RESUELVE: Primero.- IMPONER la sancion administrativa disciplinaria de DESTITUCION al senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA , ex Asistente Administrativo de la Gerencia Departamental MORDAZA por la comision de faltas administrativas disciplinarias tipificadas como incumplimiento de normas y negligencia en el ejercicio de sus funciones, previstas en los incisos a) y d) de la Ley de Bases de la MORDAZA Administrativa y de Remuneraciones del Sector Publico, aprobada por Decreto Legislativo Nº 276. Segundo.- ABSOLVER a la senora MORDAZA MORDAZA ARATA MORDAZA, ex Jefe de la Unidad de Remuneraciones de la Gerencia Departamental MORDAZA, de los cargos imputados en la Resolucion de Gerencia Nº 247-GAP-GCRH-ESSALUD-2004. Tercero.- ABSOLVER al senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, ex Jefe de la Unidad de Remuneraciones de la Gerencia Departamental MORDAZA, de los cargos imputados en la Resolucion de Gerencia Nº 247GAP-GCRH-ESSALUD-2004. Cuarto.- REMITIR el expediente administrativo a la Oficina Central de Asesoria Juridica, al existir indicios razonables de la comision de delito por parte del ex servidor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, para que proceda de acuerdo a sus atribuciones. Quinto.- De conformidad con el articulo 207º de la Ley Nº 27444 - Ley del Procedimiento Administrativo General, los recursos impugnativos son Reconsideracion, Apelacion y Revision, pudiendo ser presentados en el termino de quince (15) dias contados a partir del dia siguiente de la notificacion ante la Gerencia de Administracion de Personal de la Gerencia Central de

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