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/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G39/G30/G30/G35/G38 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, sábado 2 de abril de 2005 gencia en el ejercicio de sus funciones, previstas en los incisos a) y d) del artículo 28º de la Ley de Bases de laCarrera Administrativa y de Remuneraciones del SectorPúblico, aprobada por Decreto Legislativo Nº 276. 6. IMPONER la sanción administrativa disciplinaria de VEINTE (20) DÍAS DE SUSPENSIÓN al señorELMER DELFÍN QUEZADA REYES, Jefe del Serviciode Gineco-Obstetricia del Hospital III Chimbote, por lacomisión de faltas administrativas disciplinarias tipificadascomo incumplimiento de normas y negligencia en el ejer-cicio de sus funciones, previstas en los incisos a) y d)del artículo 28º de la Ley de Bases de la Carrera Adminis-trativa y de Remuneraciones del Sector Público, aproba-da por Decreto Legislativo Nº 276. 7. IMPONER la sanción administrativa disciplinaria de TREINTA (30) DÍAS DE SUSPENSIÓN al señor SER-GIO LUIS OBREGÓN CORTEZ, ex Subgerente de Ad-ministración y Finanzas de la Gerencia DepartamentalAncash, por la comisión de faltas administrativas disci-plinarias tipificadas como incumplimiento de normas ynegligencia en el ejercicio de sus funciones, previstasen los incisos a) y d) del artículo 28º de la Ley de Basesde la Carrera Administrativa y de Remuneraciones delSector Público, aprobada por Decreto Legislativo Nº 276. 8. IMPONER la sanción administrativa disciplinaria de DIEZ (10) DÍAS DE SUSPENSIÓN al señor EBERTHARQUÍMIDES PEREDA CHÁVEZ, ex Jefe de la Divisiónde Desarrollo de la Gerencia Departamental Ancash,por la comisión de faltas administrativas disciplinariastipificadas como incumplimiento de normas y negligen-cia en el ejercicio de sus funciones, previstas en losincisos a) y d) del artículo 28º de la Ley de Bases de laCarrera Administrativa y de Remuneraciones del SectorPúblico, aprobada por Decreto Legislativo Nº 276. 9. ABSOLVER al señor SITO UBALDO QUEZADA MENDOZA, Jefe de Adquisiciones de la División de Lo-gística de la Gerencia Departamental Ancash, de loscargos por los que se le instauró proceso administrativodisciplinario mediante Resolución de Gerencia CentralNº 119-GCRH-ESSALUD-2004. 10. NOTIFICAR la presente resolución a la parte interesada con las formalidades de ley. 11. De conformidad con lo dispuesto en el artículo 207º de la Ley Nº 27444 - Ley del ProcedimientoAdministrativo General, los recursos impugnativos sonReconsideración, Apelación y Revisión, pudiendo serpresentados en el término de quince (15) días contadosa partir del día siguiente de la notificación ante la Geren-cia Central de Recursos Humanos, sito en la Av.Arenales Nº 1402 Sétimo Piso - Jesús María, Lima. Regístrese y comuníquese.RAFAEL NOE QUIROZ Gerente Central de Recursos Humanos (e) 06500 RESOLUCIÓN DE GERENCIA CENTRAL Nº 665-GCRH-ESSALUD-2004 Lima, 22 de setiembre del 2004 VISTA:El Acta Nº 11-CEPADAN-ESSALUD-2004 de la Comi- sión Especial de Procesos Administrativos Disciplinariosde Alto Nivel, con relación a la Carta Nº 0202-GDAM-ESSALUD-2003 sobre sentencia judicial por condenapenal consentida, referente al Expediente Nº 2003-30-CEPADAN; CONSIDERANDO: Que, mediante Carta Nº 1109-GCRH-ESSALUD-2003, esta Gerencia Central remite a la Comisión Especial deProcesos Administrativos Disciplinarios Alto Nivel, la Car-ta Nº 0202-GDAM-ESSALUD-2003 conteniendo la copiacertificada de la sentencia de fecha 8 de febrero del 2001,expedida por la Sala Mixta de la Corte Superior deAmazonas, condenando a la servidora Lelia Angelita Mon- tenegro Lapiz, ex Jefe de la Unidad de Logística de laGerencia Departamental Amazonas, como autora del delitode Peculado y Concusión en agravio del Ipss - HoyEsSalud - y el Estado a un (1) año de pena privativa delibertad, la misma que se suspende condicionalmente porel mismo período de la sentencia, fijando en diez mil nue-vos soles el monto de la Reparación Civil en forma solida-ria e inhabilitación por el período de un año, pena suspen-dida bajo ciertas reglas de conducta; Que, con fecha 26 de setiembre del 2002, la Sala Penal de la Corte Suprema declara No Haber Nulidad enla sentencia recurrida; Que, el artículo 161º del Reglamento de la Ley de la Carrera Administrativa, aprobado por Decreto SupremoNº 005-90-PCM, establece que "La condena penal con-sentida y ejecutoriada privativa de la libertad por delitodoloso, acarrea destitución automática. En el caso decondena condicional, la Comisión de Procesos Admi-nistrativos Disciplinarios evalúa si el servidor puede se-guir prestando servicios, siempre y cuando el delito noesté relacionado con las funciones asignadas ni afectela Administración Pública"; Que, la Comisión Especial de Procesos Administrati- vos Disciplinarios de Alto Nivel, en su sesión de fecha 27de mayo del presente año, en acuerdo por unanimidad,opinaron que tratándose de una sentencia penal condi-cional consentida que impone un (1) año de pena privati-va de libertad, suspendida en su ejecución por el términode un año a la servidora Lelia Angelita MontenegroLápiz, por delito de Peculado y Concusión en agravio dela Institución y el Estado, la mencionada servidora nopuede seguir prestando servicios a la Institución por lanaturaleza del delito cometido y porque éste afecta laAdministración Pública; asimismo el ilícito penal fue co-metido cuando ejercía el cargo de Jefe de la Unidad deLogística de la Gerencia Departamental de Amazonas,consistiendo éste en que el precio pactado y pagadopara el pintado de los centros asistenciales del Ipss -Hoy EsSalud -, ubicados en las ciudades de Chachapo-yas, Rodriguez de Mendoza, Bagua, Utcubamba y La-mud, se efectuó con grave perjuicio pecuniario para laInstitución, así como para los bienes de capital, porquelos contratos para la prestación del servicio de pintadode los locales estaban sobrevalorados en su precio; Que, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 161º del Reglamento de la Ley de la Carrera Administra-tiva, aprobado por Decreto Supremo Nº 005-90-PCM, alo acordado por la Comisión Especial de Procesos Admi-nistrativos Disciplinarios de Alto Nivel en su sesión defecha 27 de mayo del año en curso, y en mérito a lasfacultades delegadas mediante Resolución de GerenciaGeneral Nº 731-GG-ESSALUD-2000; SE RESUELVE:Primero.- IMPONER la DESTITUCIÓN de la servi- dora LELIA ANGELITA MONTENEGRO LAPIZ, ex Jefede la Unidad de Logística de la Gerencia Departamentalde Amazonas, por condena penal consentida por delitode Peculado y Concusión en agravio de la Institución y elEstado, conforme a lo dispuesto por el artículo 161º delReglamento de la Ley de la Carrera Administrativa, apro-bado por Decreto Supremo Nº 005-90-PCM. Segundo.- NOTIFICAR la presente resolución a la parte interesada con las formalidades de ley. Tercero.- De conformidad con lo dispuesto en el ar- tículo 207º de la Ley Nº 27444- Ley del ProcedimientoAdministrativo General, los recursos impugnativos sonReconsideración, Apelación y Revisión, pudiendo serpresentados en el término de quince (15) días contadosa partir del día siguiente de la notificación ante la Geren-cia Central de Recursos Humanos, sito en la Av. Arena-les Nº 1402- Sétimo Piso - Jesús María, Lima. Regístrese y comuníquese.RAFAEL NOE QUIROZ Gerente Central de Recursos Humanos (e) 06501