Norma Legal Oficial del día 02 de abril del año 2005 (02/04/2005)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, sabado 2 de MORDAZA de 2005

gencia en el ejercicio de sus funciones, previstas en los incisos a) y d) del articulo 28º de la Ley de Bases de la MORDAZA Administrativa y de Remuneraciones del Sector Publico, aprobada por Decreto Legislativo Nº 276. 6. IMPONER la sancion administrativa disciplinaria de VEINTE (20) DIAS DE SUSPENSION al senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Jefe del Servicio de Gineco-Obstetricia del Hospital III Chimbote, por la comision de faltas administrativas disciplinarias tipificadas como incumplimiento de normas y negligencia en el ejercicio de sus funciones, previstas en los incisos a) y d) del articulo 28º de la Ley de Bases de la MORDAZA Administrativa y de Remuneraciones del Sector Publico, aprobada por Decreto Legislativo Nº 276. 7. IMPONER la sancion administrativa disciplinaria de TREINTA (30) DIAS DE SUSPENSION al senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, ex Subgerente de Administracion y Finanzas de la Gerencia Departamental MORDAZA, por la comision de faltas administrativas disciplinarias tipificadas como incumplimiento de normas y negligencia en el ejercicio de sus funciones, previstas en los incisos a) y d) del articulo 28º de la Ley de Bases de la MORDAZA Administrativa y de Remuneraciones del Sector Publico, aprobada por Decreto Legislativo Nº 276. 8. IMPONER la sancion administrativa disciplinaria de DIEZ (10) DIAS DE SUSPENSION al senor EBERTH ARQUIMIDES MORDAZA MORDAZA, ex Jefe de la Division de Desarrollo de la Gerencia Departamental MORDAZA, por la comision de faltas administrativas disciplinarias tipificadas como incumplimiento de normas y negligencia en el ejercicio de sus funciones, previstas en los incisos a) y d) del articulo 28º de la Ley de Bases de la MORDAZA Administrativa y de Remuneraciones del Sector Publico, aprobada por Decreto Legislativo Nº 276. 9. ABSOLVER al senor SITO MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Jefe de Adquisiciones de la Division de Logistica de la Gerencia Departamental MORDAZA, de los cargos por los que se le instauro MORDAZA administrativo disciplinario mediante Resolucion de Gerencia Central Nº 119-GCRH-ESSALUD-2004. 10. NOTIFICAR la presente resolucion a la parte interesada con las formalidades de ley. 11. De conformidad con lo dispuesto en el articulo 207º de la Ley Nº 27444 - Ley del Procedimiento Administrativo General, los recursos impugnativos son Reconsideracion, Apelacion y Revision, pudiendo ser presentados en el termino de quince (15) dias contados a partir del dia siguiente de la notificacion ante la Gerencia Central de Recursos Humanos, sito en la Av. MORDAZA Nº 1402 Setimo Piso - MORDAZA MORDAZA, Lima. Registrese y comuniquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Gerente Central de Recursos Humanos (e) 06500 RESOLUCION DE GERENCIA CENTRAL Nº 665-GCRH-ESSALUD-2004 MORDAZA, 22 de setiembre del 2004 VISTA: El Acta Nº 11-CEPADAN-ESSALUD-2004 de la Comision Especial de Procesos Administrativos Disciplinarios de Alto Nivel, con relacion a la Carta Nº 0202-GDAMESSALUD-2003 sobre sentencia judicial por condena penal consentida, referente al Expediente Nº 2003-30CEPADAN; CONSIDERANDO: Que, mediante Carta Nº 1109-GCRH-ESSALUD-2003, esta Gerencia Central remite a la Comision Especial de Procesos Administrativos Disciplinarios Alto Nivel, la Carta Nº 0202-GDAM-ESSALUD-2003 conteniendo la MORDAZA certificada de la sentencia de fecha 8 de febrero del 2001, expedida por la Sala Mixta de la Corte Superior de

Amazonas, condenando a la servidora MORDAZA MORDAZA MORDAZA Lapiz, ex Jefe de la Unidad de Logistica de la Gerencia Departamental Amazonas, como autora del delito de Peculado y Concusion en agravio del Ipss - Hoy EsSalud - y el Estado a un (1) ano de pena privativa de MORDAZA, la misma que se suspende condicionalmente por el mismo periodo de la sentencia, fijando en diez mil nuevos soles el monto de la Reparacion Civil en forma solidaria e inhabilitacion por el periodo de un ano, pena suspendida bajo ciertas reglas de conducta; Que, con fecha 26 de setiembre del 2002, la Sala Penal de la Corte Suprema declara No Haber Nulidad en la sentencia recurrida; Que, el articulo 161º del Reglamento de la Ley de la MORDAZA Administrativa, aprobado por Decreto Supremo Nº 005-90-PCM, establece que "La condena penal consentida y ejecutoriada privativa de la MORDAZA por delito doloso, acarrea destitucion automatica. En el caso de condena condicional, la Comision de Procesos Administrativos Disciplinarios evalua si el servidor puede seguir prestando servicios, siempre y cuando el delito no este relacionado con las funciones asignadas ni afecte la Administracion Publica"; Que, la Comision Especial de Procesos Administrativos Disciplinarios de Alto Nivel, en su sesion de fecha 27 de MORDAZA del presente ano, en acuerdo por unanimidad, opinaron que tratandose de una sentencia penal condicional consentida que impone un (1) ano de pena privativa de MORDAZA, suspendida en su ejecucion por el termino de un ano a la servidora MORDAZA MORDAZA MORDAZA Lapiz, por delito de Peculado y Concusion en agravio de la Institucion y el Estado, la mencionada servidora no puede seguir prestando servicios a la Institucion por la naturaleza del delito cometido y porque este afecta la Administracion Publica; asimismo el ilicito penal fue cometido cuando ejercia el cargo de Jefe de la Unidad de Logistica de la Gerencia Departamental de Amazonas, consistiendo este en que el precio pactado y pagado para el pintado de los centros asistenciales del Ipss Hoy EsSalud -, ubicados en las ciudades de Chachapoyas, MORDAZA de MORDAZA, Bagua, Utcubamba y Lamud, se efectuo con grave perjuicio pecuniario para la Institucion, asi como para los bienes de capital, porque los contratos para la prestacion del servicio de pintado de los locales estaban sobrevalorados en su precio; Que, de conformidad con lo dispuesto en el articulo 161º del Reglamento de la Ley de la MORDAZA Administrativa, aprobado por Decreto Supremo Nº 005-90-PCM, a lo acordado por la Comision Especial de Procesos Administrativos Disciplinarios de Alto Nivel en su sesion de fecha 27 de MORDAZA del ano en curso, y en merito a las facultades delegadas mediante Resolucion de Gerencia General Nº 731-GG-ESSALUD-2000; SE RESUELVE: Primero.- IMPONER la DESTITUCION de la servidora MORDAZA MORDAZA MORDAZA LAPIZ, ex Jefe de la Unidad de Logistica de la Gerencia Departamental de Amazonas, por condena penal consentida por delito de Peculado y Concusion en agravio de la Institucion y el Estado, conforme a lo dispuesto por el articulo 161º del Reglamento de la Ley de la MORDAZA Administrativa, aprobado por Decreto Supremo Nº 005-90-PCM. Segundo.- NOTIFICAR la presente resolucion a la parte interesada con las formalidades de ley. Tercero.- De conformidad con lo dispuesto en el articulo 207º de la Ley Nº 27444- Ley del Procedimiento Administrativo General, los recursos impugnativos son Reconsideracion, Apelacion y Revision, pudiendo ser presentados en el termino de quince (15) dias contados a partir del dia siguiente de la notificacion ante la Gerencia Central de Recursos Humanos, sito en la Av. MORDAZA Nº 1402- Setimo Piso - MORDAZA MORDAZA, Lima. Registrese y comuniquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Gerente Central de Recursos Humanos (e) 06501

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