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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 09 DE ABRIL DEL AÑO 2005 (09/04/2005)

CANTIDAD DE PAGINAS: 68

TEXTO PAGINA: 47

/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G39/G30/G34/G36/G39 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, sábado 9 de abril de 2005 cer retribuciones a favor de las autoridades de la Junta de Acreedores o miembros del Comité por el ejercicio de su cargo. La necesidad de un pronunciamiento por parte de esta instancia respecto de las cuestiones antes indicadas se justifica por su trascendencia en el correcto funcionamien- to del sistema concursal, entendido este último como elinstrumento previsto por la Ley para establecer un procedi- miento colectivo de cobro ordenado de créditos que permi- ta, bajo reducidos costos de transacción, distribuir entre latotalidad de acreedores involucrados los beneficios y pér- didas derivados del concurso en función a su grado de afectación por la crisis patrimonial del deudor. III.2 Actos realizados en fraude a la ley De acuerdo al principio de autonomía privada que ins- pira el derecho civil patrimonial, las personas se encuen- tran facultadas para regular libremente sus propios intere-ses en el ámbito del ordenamiento jurídico, libertad que se expresa en el poder de crear, modificar y extinguir relacio- nes jurídicas obligacionales 9. Esta concepción se funda- menta en el reconocimiento de una esfera de libertad de actuación reservada a los particulares, dentro de la cual éstos tengan la posibilidad de determinar por sí mismos losefectos de las relaciones entabladas entre ellos, dado que tal autoregulación constituye el mecanismo que permite a los individuos la consecución de fines que, si bien estándirigidos a la satisfacción de intereses privados, son consi- derados valiosos por el Derecho para garantizar un ade- cuado desarrollo de la sociedad y, por tanto, resultan mere-cedores de protección. El ordenamiento jurídico ha provisto a los particulares de instrumentos que les permiten autoregular sus relacio-nes jurídicas de la forma más conveniente para sus intere- ses. Dichos instrumentos son el acto jurídico y, principal- mente, como una especie de aquél, el contrato, de acuer-do a la definición establecida por el Código Civil 10. Ahora bien, la autonomía otorgada a los privados para regular sus intereses no es irrestricta, encontrando su lími-te en aquel ámbito regulado por normas de obligatorio cumplimiento o de carácter prohibitivo o sancionador, sin que los destinatarios de las mismas puedan pactar en con-trario. El fundamento de tal limitación radica en la existen- cia de un conjunto de reglas generales de organización social que deben ser respetadas por todos los integrantesde la sociedad para la preservación del orden establecido, para lo cual el Estado compromete el uso de su poder de coerción a través de la expedición de normas imperati-vas 11. El artículo V del Título Preliminar del Código Civil esta- blece que es nulo el acto jurídico contrario a las leyes queinteresan al orden público o a las buenas costumbres 12. Del mismo modo, el artículo 1354 del citado dispositivo legal prescribe que las partes pueden determinar libremen-te el contenido del contrato, siempre que no sea contrario a norma legal de carácter imperativo 13. Por tanto, los particulares sólo se encuentran habilita- dos para regular sus relaciones jurídicas dentro del ámbito de actuación que el ordenamiento jurídico les reconoce, encontrándose obligados a observar las normas imperati-vas vigentes. Sin embargo, existe la posibilidad de que los destinatarios de tales normas pretendan, a través de una utilización fraudulenta de los instrumentos que la Ley lesotorga para la satisfacción de sus intereses privados, elu- dir el cumplimiento de las mismas bajo la apariencia de una actuación sujeta al marco legal. Esta figura jurídica ha sidodenominada por la doctrina como “negocio jurídico en frau- de a la ley” 14. Mediante la figura del negocio en fraude a la ley, los sujetos celebran un determinado negocio (o acto) jurídico con el propósito de alcanzar un resultado práctico que no guarda correspondencia alguna con los efectos que nor-malmente se pretenden conseguir a través de la realiza- ción de tal negocio, sino con la finalidad de obtener un resultado prohibido por contravenir el orden público, lasbuenas costumbres o alguna norma imperativa en particu- lar 15. El elemento que caracteriza dicha modalidad de frau- de es la apariencia de respeto a la norma que ofrece elacto celebrado, pero que en realidad oculta la finalidad de eludir su cumplimiento 16. El acto jurídico celebrado en fraude a la ley es nulo, de acuerdo a lo dispuesto en el artículo V del Título Preliminar del Código Civil, así como en virtud de lo establecido en el numeral 3 del artículo 140 del referido texto legal17, debidoa que, siendo la utilización de dicho acto un mecanismo para burlar la aplicación de normas imperativas, su fin es ilícito. Ello, sin perjuicio de la eventual responsabilidad penal que, de ser el caso, pudiera corresponder a quienes parti-ciparon de la celebración del acto en mención. En el marco de un procedimiento concursal, también existe la posibilidad de que determinados agentes intervi-nientes en el concurso pretendan, mediante actos jurídi- cos formalmente celebrados con arreglo a Derecho, evadir el cumplimiento de normas imperativas. Esta situación pue-de presentarse potencialmente en el ámbito de la Junta de Acreedores, escenario en el cual la colectividad de acree- dores, a través del sistema de mayorías previsto por ley,adopta, en el ejercicio de la autonomía privada que rige su accionar, las decisiones relativas al mecanismo que consi- deren más conveniente para la maximización del valor delpatrimonio del deudor concursado y, de esta manera, po- der asignar eficientemente los recursos obtenidos al pago de los créditos comprendidos en el procedimiento. Para el cumplimiento de dicho objetivo, la Ley General del Sistema Concursal ha conferido amplias facultades a la Junta de Acreedores para adoptar los acuerdos antes se-ñalados. Sin embargo, así como ocurre en las relaciones jurídicas de naturaleza civil analizadas en los párrafos an- teriores, el ejercicio de las atribuciones del referido órganodeliberativo se encuentra limitado por la observancia de las normas que el ordenamiento jurídico impone con carácter obligatorio a los particulares, de modo que aquellos acuer-dos adoptados en contravención a tales disposiciones son susceptibles de ser declarados nulos, a pedido de parte o de oficio, por la Comisión, según lo dispuesto por el artícu-lo 118 de la Ley General del Sistema Concursal 18. 9 Sobre el particular, Manuel De La Puente y Lavalle señala lo siguiente: “(...) Podremos decir, pues, que la autonomía privada es el poder reconocido a las personas para regular, dentro del ordenamiento jurídico, sus propios intereses y crear libremente relaciones jurídicas entre sí. (...)” En: De La Puente y Lavalle, Manuel. El Contrato en General. Fondo Editorial de la Pontificia Universidad Católica del Perú, tercera edición, tomo I, Lima, 1996, pág. 262. 10CÓDIGO CIVIL, Artículo 140º.- El acto jurídico es la manifestación de volun- tad destinada a crear, regular, modificar o extinguir relaciones jurídicas. (...) Artículo 1351.- El contrato es el acuerdo de dos o más partes para crear, regular, modificar o extinguir una relación jurídica patrimonial. 11 En tal sentido, Marcial Rubio señala lo siguiente: “(...) El orden público es un concepto esencialmente jurídico, que atañe al cumplimiento ineludible de las normas imperativas. Hace referencia al Derecho, y también se vincula al orden interno en el sentido de la preservación de las reglas generales de la organi- zación social. Así, el orden público no puede desvincularse totalmente de los conceptos político-sociales, aun cuando su ámbito específico resulta siendo el Derecho. (...)” En: Rubio Correa, Marcial. La invalidez del acto jurídico. Fondo Editorial de la Pontificia Universidad Católica del Perú, quinta edición, Lima,2001, pp. 107-108. 12CÓDIGO CIVIL, Título Preliminar. Artículo V.- Es nulo el acto jurídico con- trario a las leyes que interesan al orden público o a las buenas costumbres. 13CÓDIGO CIVIL, Artículo 1354º.- Las partes pueden determinar libremente el contenido del contrato, siempre que no sea contrario a norma legal de carácterimperativo. 14 Véase a: Emilio Betti, Francesco Galgano, Renato Scognamiglio y Giovanni Battista Ferri, “Teoría General del Negocio Jurídico-Cuatro estudios fundamen-tales”, ARA Editores, primera edición, Lima, 2001; Enneccerus-Kipp-Wolf,“Tratado de Derecho Civil”, Bosch Casa Editorial, tercera edición, tomo I volu-men 2, Barcelona, 1981; Lizardo Taboada Córdova, “Acto jurídico, negociojurídico y contrato”, Grijley, primera edición, Lima, 2002. 15 Taboada Córdova, Lizardo , Op.cit.., pp. 353-354. 16 Betti, Emilio, Op.cit., pp. 62-63.17CÓDIGO CIVIL, Artículo 140º.- El acto jurídico es la manifestación de volun- tad destinada a crear, regular, modificar o extinguir relaciones jurídicas. Parasu validez se requiere:(...)3. Fin lícito.(...) 18 Ver Nota a Pie de Página Nº 8.