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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 22 DE ABRIL DEL AÑO 2005 (22/04/2005)

CANTIDAD DE PAGINAS: 84

TEXTO PAGINA: 40

PÆg. 291314 NORMAS LEGALES Lima, viernes 22 de abril de 2005 Artículo 2º.- Remitir copia de la presente Resolución Ministerial, así como los antecedentes del caso mencio- nado, al Procurador Público, para su conocimiento y fines pertinentes. Regístrese, comuníquese y publíquese.JOSÉ JAVIER ORTIZ RIVERA Ministro de Transportes y Comunicaciones 07740 Otorgan a persona natural concesión para prestar servicio pœblico de distribución de radiodifusión por ca- ble en Ærea ubicada en la provincia deHuancayo RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 245-2005-MTC/03 Lima, 19 de abril de 2005 VISTA, la solicitud formulada mediante Expediente Nº 2003-021622 por la señora OLIMPIA VICTORIA TE- LLO DE VILLEGAS, para que se le otorgue concesión para la prestación del servicio público de distribución de radiodifusión por cable; CONSIDERANDO: Que, el inciso 3) del artículo 75º del Texto Único Or- denado de la Ley de Telecomunicaciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 013-93-TCC, señala que corres- ponde al Ministerio de Transportes y Comunicaciones otorgar concesiones, autorizaciones, permisos y licen- cias en materia de telecomunicaciones; Que, el artículo 126º del Texto Único Ordenado del Reglamento General de la Ley de Telecomunicaciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 027-2004-MTC, es- tablece que los servicios públicos de difusión se prestan bajo el régimen de concesión la cual se otorga previo cumplimiento de los requisitos y trámites establecidos en la Ley y su Reglamento y se perfecciona mediante la suscripción de un contrato de concesión aprobado por el Titular del Ministerio de Transportes y Comunicaciones; Que, el artículo 93º del Texto Único Ordenado del Reglamento General de la Ley de Telecomunicaciones, establece que entre los servicios públicos de difusión se encuentra el servicio público de distribución de radiodi- fusión por cable; Que, mediante Informes Nºs. 043-2004-MTC/ 17.01.ssp y 207-2004-MTC/17.01.ssp., la Dirección de Concesiones y Autorizaciones de Telecomunicaciones, de la Dirección General de Gestión de Telecomuni- caciones, señala que, habiéndose verificado el cumpli- miento de los requisitos que establece la legislación para otorgar la concesión solicitada para la prestación del servicio público de distribución de radiodifusión por ca- ble, es procedente la solicitud formulada por la señora OLIMPIA VICTORIA TELLO DE VILLEGAS; De conformidad con lo dispuesto por el Texto Único Ordenado de la Ley de Telecomunicaciones aprobado por Decreto Supremo Nº 013-93-TCC, el Texto Único Ordenado del Reglamento General de la Ley de Telecomunicaciones aprobado por Decreto Supremo Nº 027-2004-MTC, el Decreto Supremo Nº 041-2002- MTC y el TUPA del Ministerio; Con la opinión favorable del Director General de Ges- tión de Telecomunicaciones y del Viceministro de Comuni- caciones; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Otorgar a la señora OLIMPIA VICTO- RIA TELLO DE VILLEGAS concesión para la prestación del servicio público de distribución de radiodifusión por cable por el plazo de veinte (20) años, en el área que comprende los distritos de Chilca, Huancayo y El Tambo, provincia de Huancayo, departamento de Junín. Artículo 2º.- Aprobar el contrato de concesión a ce- lebrarse con la señora OLIMPIA VICTORIA TELLO DEVILLEGAS para la prestación del servicio público a que se refiere el artículo precedente, el que consta de vein- ticinco (25) cláusulas y tres (3) anexos que forman par- te integrante de la presente resolución. Artículo 3º.- Autorizar al Director General de Ges- tión de Telecomunicaciones para que, en representación del Ministerio, suscriba el contrato de concesión que se aprueba en el artículo anterior, así como, en caso cual- quiera de las partes lo solicite, a firmar la elevación a Escritura Pública del referido contrato y de las Adden- das que se suscriban al mismo. Artículo 4º.- La concesión otorgada quedará sin efec- to de pleno derecho, sin perjuicio que el Ministerio emita el acto administrativo correspondiente, si el contrato de concesión no es suscrito por la solicitante en el plazo máximo de sesenta (60) días hábiles computados a par- tir de la publicación de la presente resolución. Para la suscripción deberá cumplir previamente con el pago por derecho de concesión, así como el pago de la publica- ción de la presente Resolución Ministerial. Regístrese, comuníquese y publíquese. JOSÉ JAVIER ORTIZ RIVERA Ministro de Transportes y Comunicaciones 07741 Autorizan a procurador iniciar accio- nes legales para que se declare la nu- lidad de la licencia de conducir N” Q-32101417/AIII obtenida durante perío-do de inhabilitación del titular RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 246-2005-MTC/02 Lima, 19 de abril de 2005 CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Directoral Nº 6030-2004- MTC/15 de fecha 24 de noviembre de 2004, se sancionó a diversos conductores con la inhabilitación por el térmi- no de dos (2) años para obtener licencia de conducir, computado a partir de la fecha en que fueron interve- nidos, por conducir vehículos con licencia de conducir vencida, infracción tipificada en el literal F-3 del artículo 296º del Reglamento Nacional de Tránsito, aprobado por Decreto Supremo Nº 033-2001-MTC, estando com- prendido entre ellos don Luis Dagoberto Loli Fow, con licencia de conducir Nº G-148675/2D; Que, con Memorándum Nº 386-2005-MTC/15.03 de fecha 25 de febrero de 2005, el Director de Circulación y Seguridad Vial de la Dirección General de Circulación Terrestre hace de conocimiento el Informe Nº 287-2005- MTC/15.03.1.AA, de fecha 24 de febrero de 2005, del Área de Antecedentes del Conductor de la Subdirección de Licencias de Conducir y Educación Vial, en el que se señala que mediante acción de control posterior, se ha verificado en la Base de Datos de Conductores del Área de Antecedentes de la SDLCEV que don Luis Dagoberto Loli Fow ha obtenido la licencia de conducir Nº Q- 32101417/AIII con fecha del 12 de agosto del 2003 en la modalidad de revalidación y con posterioridad a la fecha de la comisión de la infracción, comunicada por parte de la Autoridad de Control de Tránsito a esta Administra- ción; Que, mediante Memorándum Nº 597-2005-MTC/15, el Director General de Circulación Terrestre solicita se declare la nulidad de la licencia de conducir Nº Q- 32101417/AIII correspondiente a don Luis Dagoberto Loli Fow; Que, de conformidad con el numeral 3 del artículo 10º de la Ley del Procedimiento Administrativo General, Ley Nº 27444, son nulos los actos expresos por los que se adquiere facultades o derechos, cuando son contra- rios al ordenamiento jurídico, o cuando no se cumplen con los requisitos, documentación o trámite esenciales para su adquisición; Que, de acuerdo a lo informado por la Subdirección de Licencias de Conducir y Educación Vial, y tal como