Norma Legal Oficial del día 29 de abril del año 2005 (29/04/2005)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 22

Pag. 291724

NORMAS LEGALES

MORDAZA, viernes 29 de MORDAZA de 2005

e) Vigilar el adecuado destino de los recursos de la Institucion Educativa y aquellos que, de acuerdo con lo establecido en el Reglamento General de la Asociacion de Padres de Familia, esten comprometidos con las actividades previstas en el Plan Anual de Trabajo. f) Colaborar con el Director en garantizar el cumplimiento de las horas efectivas de aprendizaje, el numero de semanas lectivas y la jornada del personal docente y administrativo para alcanzar el tiempo de aprendizaje requerido para los diferentes niveles y modalidades. g) Cooperar con el Consejo Participativo Local de Educacion de su circunscripcion. h) Propiciar la solucion de conflictos que se susciten en esta, priorizando soluciones concertadas frente a quejas o denuncias que no impliquen delito. i) Opinar sobre los criterios de autoevaluacion de la Institucion Educativa y los indicadores de desempeno laboral. Articulo 26º.- Periodicidad de reuniones y quorum del CONEI. El Consejo Educativo Institucional se reune ordinariamente por lo menos cuatro veces al ano; extraordinariamente, las veces que sea convocado por el Director, en funcion de las necesidades de la Institucion Educativa o, a pedido de la mitad mas uno de sus miembros. El quorum para iniciar la sesion es de la mitad mas uno de sus miembros. Los acuerdos que se tomen constan en Acta firmada por todos los asistentes, la que debe ser de publico conocimiento en la Institucion Educativa o Programa. Articulo 27º.- Consejo Academico En las Instituciones Educativas publicas polidocentes completas y Centros de Educacion Tecnico-Productiva, el Consejo Academico coordina y da coherencia al MORDAZA pedagogico. Es presidido por el Director e integrado por los subdirectores, personal jerarquico, y representantes de los docentes de los distintos niveles, modalidades y ciclos, propuestos anualmente por los profesores y designados por la Direccion, al inicio del ano escolar. El Reglamento Interno senala el numero y composicion del Consejo Academico de la Institucion Educativa o Programa. Articulo 28º.- Funciones del Consejo Academico El Consejo Academico tiene las siguientes funciones: a) Elaborar, desarrollar y evaluar la propuesta pedagogica (Proyecto Curricular de Centro). b) Analizar el trabajo de los docentes y proponer recomendaciones para mejorar los aprendizajes de los alumnos. c) Disenar estrategias para optimizar los servicios de tutoria y orientacion educacional. d) Formular los criterios de evaluacion y recuperacion academica de los estudiantes. e) Promover y desarrollar innovaciones e investigaciones. f) Elaborar los criterios e indicadores de autoevaluacion institucional. g) Participar, en el MORDAZA del Proyecto Educativo Institucional y Plan Anual de Trabajo, en la organizacion de actividades y programas de la Institucion Educativa. Articulo 29º.- Programas comunitarios El desarrollo educativo, cultural y deportivo de la comunidad local, en lo que compete a la Institucion Educativa o Programa, es promovido por el Director, los padres de familia, docentes y los demas miembros de la comunidad educativa. Organizan programas de apoyo que aporten creativamente a la satisfaccion de necesidades e intereses especificos, entre otros, de recreacion, expresion grafica y plastica, narracion literaria, expresion musical, actividad psicomotriz, exploracion cientifica, uso de tecnologias de informacion, revaloracion de costumbres locales y otras que propicien el desarrollo educativo. Estos programas pueden funcionar en locales o con recursos facilitados por las entidades de la educacion comunitaria, o el Municipio, siempre que cumplan con las condiciones basicas acordadas con las Unidades de Gestion Educativa Local.

Articulo 30º.- Solucion de conflictos Los conflictos que se susciten en las Instituciones o Programas Educativos publicos se resuelven en la misma institucion o Programa, bajo la responsabilidad del Director, con participacion de la comunidad educativa. Articulo 31º.- Recursos Impugnativos Los recursos impugnativos contra una resolucion expedida por el Director de la Institucion Educativa se sujetaran a lo normado por la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General. CAPITULO III INSTRUMENTOS DE GESTION Articulo 32º.- Instrumentos de gestion. Los instrumentos de gestion de toda Institucion o Programa Educativos son: a) Proyecto Educativo Institucional (PEI).- Es un instrumento de gestion de mediano plazo que se enmarca dentro de los Proyectos Educativos Nacional, Regional y Local. Orienta una gestion autonoma, participativa y transformadora de la Institucion Educativa o Programa. Integra las dimensiones pedagogica, institucional, administrativa y de vinculacion al entorno. Articula y valora la participacion de la comunidad educativa, en funcion de los fines y objetivos de la Institucion Educativa. Contiene: la identidad de la Institucion Educativa (Vision, Mision y Valores), el diagnostico y conocimiento de los estudiantes a los que atiende, la propuesta pedagogica y la propuesta de gestion. Incluye criterios y procedimientos para la practica de la etica publica y de la prevencion y control de la corrupcion en la Institucion o Programa Educativo. Las Instituciones Educativas que conforman la Red Educativa Institucional formularan el Proyecto Educativo de Red, pertinente para todas las Instituciones Educativas publicas que lo integran, sobre la base de sus objetivos e intereses comunes. Una vez aprobado, se obligan a participar y a cumplir con los acuerdos establecidos en dicho Proyecto Educativo. Es responsabilidad de los Directores de las Instituciones Educativas incluir en el Plan Anual de Trabajo de su Institucion las actividades de la Red. b) Proyecto Curricular de Centro (PCC).- Es un instrumento de gestion que se formula en el MORDAZA del Diseno Curricular Basico. Se elabora a traves de un MORDAZA de diversificacion curricular, a partir de los resultados de un diagnostico, de las caracteristicas de los estudiantes y las necesidades especificas de aprendizaje. Forma parte de la Propuesta Pedagogica del Proyecto Educativo Institucional. c) Reglamento Interno (RI).- Es un instrumento de gestion que regula la organizacion y el funcionamiento integral (pedagogico, institucional y administrativo) de la Institucion o Programa Educativo y de los distintos actores, en el MORDAZA del Proyecto Educativo Institucional, de otros instrumentos de planeacion local y regional y de las normas legales vigentes. Establece pautas, criterios y procedimientos de desempeno y de comunicacion entre los diferentes miembros de la comunidad educativa. d) Plan Anual de Trabajo (PAT).- Es un instrumento de gestion, derivado del Proyecto Educativo Institucional de la Institucion Educativa y del Informe de Gestion Anual de la Direccion del ano anterior. Concreta los objetivos estrategicos del Proyecto Educativo Institucional de la Institucion Educativa o Programa, en actividades y tareas que se realizan en el ano. Para la aprobacion del Proyecto Educativo Institucional y Reglamento Interno, en las Instituciones y Programas Educativos publicos, se solicitara la opinion del Consejo Educativo Institucional. Una vez aprobados el Proyecto Educativo Institucional, Reglamento Interno y el Proyecto Curricular de Centro, se remiten, para conocimiento de la Unidad de Gestion Educativa Local, solamente la primera vez o cuando MORDAZA modificados. e) Informe de Gestion Anual

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.