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PÆg. 298080 NORMAS LEGALES Lima, viernes 5 de agosto de 2005 se solicite, dentro del marco legal de la Ley Nº 27806 y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 072-2003-PCM: Zona Registral Nº V - Sede Trujillo Oficina Registral de Chepén Abog. Karla Zagaceta Azcárate - Jefa y Registradora Pública Oficina Registral de San Pedro de Lloc Abog. Breno Ulianof Alzamora Can- cino - Jefe y Registrador Público Oficina Registral de Sánchez Carrión Abog. Jorge Solano Castillo - Jefe y Registrador Público Regístrese, comuníquese y publíquese. PILAR FREITAS A. Superintendente Nacional delos Registros Públicos 13542 SUNASS Derogan Directiva sobre Reconocimien- to de Entidades Prestadoras de Servi-cios de Saneamiento, Reglamento del Registro de Entidades Prestadoras de Servicios de Saneamiento y disponenactualización de oficio del Registro deEntidades Prestadoras de Servicios deSaneamiento RESOLUCIÓN DE CONSEJO DIRECTIVO Nº 018-2005-SUNASS-CD Lima, 1 de agosto de 2005VISTO; el Informe Nº 020-2005/SUNASS-100 pre- sentado por la Gerencia de Políticas y Normas, referido a la evaluación de los comentarios recibidos sobre el proyecto de resolución que deroga la Directiva sobreReconocimiento de Entidades Prestadoras de Serviciosde Saneamiento y el Reglamento del Registro de Entida-des Prestadoras de Servicios de Saneamiento y su co-rrespondiente Documento de Análisis de Impacto Regu- latorio, proyecto cuya publicación fue aprobada por Re- solución de Consejo Directivo Nº 007-2005-SUNASS-CD; CONSIDERANDO: Que, según el Reglamento General de la Superinten- dencia Nacional de Servicios de Saneamiento, aproba-do mediante Decreto Supremo Nº 017-2001-PCM, laSUNASS ejerce sus funciones supervisora, reguladora,normativa, fiscalizadora y sancionadora, y de solución de reclamos, con respecto a las actividades que involu- cran la prestación de servicios de saneamiento, dentrodel ámbito de su competencia, cautelando en forma im-parcial y objetiva, los intereses del Estado, de los inver-sionistas y del usuario; Que, el artículo 47º literal b) del citado Reglamento señala que, además de las funciones señaladas, la SUNASS debe establecer y mantener actualizado el re-gistro de empresas prestadoras de servicios de sanea-miento (EPS), asignándole un carácter informativo; Que, la Directiva sobre Reconocimiento de Entidades Prestadoras de Servicios de Saneamiento, aprobada me- diante Resolución de Superintendencia Nº 046-95-PRES- VMI-SSS, y el Reglamento del Registro de Entidades Pres-tadoras de Servicios de Saneamiento, aprobado medianteResolución de Superintendencia Nº 222-96-PRES-VMI-SUNASS, fueron emitidos con anterioridad a la entrada envigencia de la Ley Marco de los Organismos Reguladores de la Inversión Privada en los Servicios Públicos - Ley Nº 27332, y del Reglamento General de la SUNASS; Que, según el marco legal actual, el derecho de ex- plotación de los servicios de saneamiento lo otorgan lasmunicipalidades provinciales, siendo función de la SUNASS regular y supervisar su actuación en el merca-do; Que, por tanto, la necesidad de un reconocimiento por parte de la SUNASS para que las EPS puedan pres-tar servicios de saneamiento no es concordante con el marco regulatorio actual del sector ni con las funciones establecidas para los organismos reguladores; Que, la existencia de la Directiva sobre Reconoci- miento ha generado que existan EPS que no están bajoel ámbito regulatorio de la SUNASS; Que, de acuerdo al Reglamento de la Ley General de Servicios de Saneamiento y el Reglamento General de la SUNASS, el Registro de Entidades Prestadoras deServicios de Saneamiento no es constitutivo de dere-chos sino mas bien de naturaleza informativa; Que, en consecuencia, es necesario derogar la Di- rectiva sobre Reconocimiento de Entidades Prestado- ras de Servicios de Saneamiento y el Reglamento del Registro de Entidades Prestadoras de Servicios de Sa-neamiento, a fin de armonizar la normativa emitida por laSUNASS con las disposiciones de la referida Ley y delcitado Reglamento General; De conformidad con lo dispuesto por el artículo 20º del Reglamento General de la Superintendencia Nacio- nal de Servicios de Saneamiento; El Consejo Directivo en su sesión Nº 015-2005; HA RESUELTO: Artículo 1º.- Derogar la Directiva sobre Reconoci- miento de Entidades Prestadoras de Servicios de Sa-neamiento, aprobada mediante Resolución de Superin-tendencia Nº 046-95-PRES-VMI-SSS. Artículo 2º.- Derogar el Reglamento del Registro de Entidades Prestadoras de Servicios de Saneamiento, aprobado mediante Resolución de Superintendencia Nº 222-96- PRES-VMI-SUNASS. Artículo 3º.- Disponer la actualización de oficio del Registro de Entidades Prestadoras de Servicios de Sa-neamiento, a cargo de la Gerencia de Supervisión y Fis-calización. Regístrese y publíquese. Con la intervención de los señores consejeros Sergio Salinas Rivas, Manuel Burga Seoane, Javier Pra-do Blas, Víctor Antonio Maldonado Yactayo y Santiago Roca Tavella. SERGIO SALINAS RIVAS Presidente del Consejo Directivo DEROGATORIA DEL RECONOCIMIENTO DE EPS Documento de Análisis de Impacto Regulatorio Contenido Resumen Ejecutivo. 1. Introducción. 2. Diagnóstico: 2.1. EPS del sector saneamiento. 2.2. Ámbito de regulación formal. 2.3. Ámbito de regulación operativa.2.4. Ámbito de provisión de los servicios de sa- neamiento. 3. Problemática.4. Objetivo. 5. Propuesta de Solución: 5.1.Derogar la Directiva sobre Reconocimiento de EPS.