TEXTO PAGINA: 30
PÆg. 298082 NORMAS LEGALES Lima, viernes 5 de agosto de 2005 2.1.2 Empresas Municipales de Agua y Alcantari- llado según información del MEF.- La Dirección Nacional de Presupuesto Público (DNPP) del Ministerio de Economía y Finanzas (MEF), adminis-tra el presupuesto de las empresas municipales de agua potable y alcantarillado. Según la Ley de Presupuesto del año 2004, la DNPP autorizó el presupuesto público de 53 empresas munici-pales de agua y alcantarillado. Aquí no se considera aSEDAPAL S.A. pues pertenece al gobierno central, y seencuentra bajo el ámbito de acción de FONAFE. Según la información proporcionada por el MEF y la información de las EPS actualmente reguladas por laSUNASS, del total de Empresas Municipales Prestado-ras de Servicios de Saneamiento que reportan a la DNPP,las siguientes son las que actualmente no se encuen-tran bajo el ámbito de regulación de la SUNASS: Cuadro Nº 2 EMPRESAS MUNICIPALES DE SERVICIOS DE SANEAMIENTO SEDAM HUANCAYO S.A.C. (Junín) EMSAPA CALCA (Cusco) EMAPAL S.A. (Amazonas) EPS AGUAS DEL ANTIPLANO (Puno) EMSAP - A (Huancavelica) EMAPA CHANCAY S.A.C. (Lima) EMAPAT S.A. (Lima) EMSAPA YAULI S.A. (Junín) EMAPA SALAS S.A. (Ica) Fuente: MEF - SUNASS De estas empresas municipales, las de ámbito pro- vincial son cinco (SEDAM HUANCAYO S.A.C, EMSAPACALCA, EPS AGUAS DEL ALTIPLANO, EMSAP - A yEMSAPA YAULI S.A). De las últimas, la más grande esSEDAM HUANCAYO S.A.C, que cuenta con cerca de 50mil conexiones de agua potable. 2.2. Ámbito de regulación formal.- 2.2.1. Base Legal.-1. Ley Nº 27332 - Ley Marco de los Organismos Reguladores de la Inversión Privada en los Servicios Públicos, en adelante la Ley Marco. 2. Ley Nº 26338 - Ley General de Servicios de Sa- neamiento, en adelante la LGSS. 3. Ley Nº 27444 - Ley del Procedimiento Administra- tivo General, en adelante la LPAG. 4. Reglamento de la Ley General de Servicios de Sa- neamiento, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 09-95-PRES y modificado por Decreto Supremo Nº 015-96-PRES, Decreto Supremo Nº 013-98-PRES, Decreto Su-premo Nº 007-2005-VIVIENDA y Decreto Supremo Nº 008-2005-VIVIENDA, en adelante el Reglamento LGSS. 5. Reglamento General de la SUNASS, aprobado por Decreto Supremo Nº 017-2001-PCM, en adelante el Re-glamento SUNASS. 6. Texto Único de Procedimientos Administrativos de la SUNASS, aprobado por Decreto Supremo Nº 118-2001-PCM y modificado por Decreto Supremo Nº 011- 2005-PCM y Decreto Supremo Nº 011-2005-PCM, en adelante el TUPA de SUNASS. 7. Directiva sobre Reconocimiento de Entidades Presta- doras de Servicios de Saneamiento, aprobada medianteResolución de Superintendencia Nº 046-95-PRES-VMI-SUNASS, en adelante la Directiva sobre Reconocimiento. 8. Reglamento del Registro de Entidades Prestado- ras de Servicios de Saneamiento, aprobado medianteResolución de Superintendencia Nº 222-96-PRES-VMI-SUNASS, en adelante, el Reglamento del Registro. 2.2.2. Problemas específicos en el ámbito nor- mativo.- La regulación vigente respecto de las EPS, estable- ce que:- El derecho de explotación de los servicios de sa- neamiento lo otorgan las municipalidades provinciales 6. - La Directiva sobre Reconocimiento es aplicable a las EPS provinciales o multiprovinciales, que adminis-tren más de 10,000 conexiones domiciliarias de aguapotable. Este procedimiento es obligatorio para las EPS públicas "no reconocidas" para poder prestar el servi- cio, caso contrario, según esta Directiva, serán sancio-nadas. - De acuerdo con el artículo 2º del Reglamento del Registro 7 (en concordancia con el Reglamento de la Ley General de la SUNASS vigente en ese momento8), la inscripción en el Registro de EPS constituye el reconoci- miento y autorización formal de funcionamiento por par-te de la SUNASS. - El nuevo Reglamento SUNASS del año 2001, en concordancia con la Ley Marco, señala que la SUNASSdebe establecer y mantener actualizado el Registro de EPS 9. Asimismo, como parte de la función fiscalizadora y sancionadora, indica que la SUNASS llevará un regis-tro de las sanciones aplicadas, con la finalidad de infor-mar al público, así como para detectar los casos dereincidencia 10. - Según el TUPA de SUNASS, el Registro está a car- go de la Gerencia de Supervisión y Fiscalización, y el Reconocimiento a cargo de la Gerencia de RegulaciónTarifaria y la Gerencia General. Para una mejor apreciación de la evolución del mar- co legal relativo al "reconocimiento", y una mejor com- prensión de los problemas, se adjunta como Anexo un diagrama de la cronología de las normas relacionadas. 1. El "reconocimiento" fue creado por la SUNASS en 1995, estando vigentes la Ley Nº 26284 y su Reglamen-to aprobado mediante Decreto Supremo Nº 024-94- PRES 11, en concordancia con dichas normas. Sin em- bargo, actualmente el obligatorio "reconocimiento" por elcual deben pasar las EPS para poder prestar serviciosno es acorde con las funciones de la SUNASS estable-cidas por la Ley Marco para los organismos regulado-res: supervisar, regular, normar, fiscalizar y sancionar en el ámbito de su competencia. Adicionalmente, la Municipalidad, en su condición de concedente del derecho de explotación, puede tener in-terés en celebrar un contrato con una EPS pero el orga-nismo regulador podría, según la Directiva sobre Reco-nocimiento y el Reglamento del Registro, impedir su en- trada al mercado. 2. El artículo 2º del Reglamento del Registro estable- ce que éste "constituye el reconocimiento y autorizaciónformal de funcionamiento", y señala el reconocimientoprevio como requisito para el Registro. Así, con las dosnormas vigentes, las EPS deberían pasar primero por el trámite de reconocimiento y luego por el de registro, que según establece su Reglamento, constituye el reconoci-miento de la SUNASS. 3. El Reglamento del Registro mantiene la necesidad de un "reconocimiento" de las EPS por parte de la 6LGSS. Artículo 5º.- Las municipalidades provinciales son responsables de la prestación de los servicios de saneamiento y en consecuencia, les corres-ponde otorgar el derecho de explotación a las entidades prestadoras, de con-formidad con las disposiciones establecidas en la presente Ley y en su Regla-mento. 7Reglamento del Registro. Artículo 2º.- El Registro de EPS, es el instrumen- to en el cual se inscriben las personas jurídicas que prestan servicios desaneamiento, y constituye el reconocimiento y autorización formal de funcio-namiento por parte de la SUNASS. 8Aprobado por Decreto Supremo Nº 024-94-PRES y derogado por Decreto Supre-mo Nº 017-2001-PCM. 9Reglamento SUNASS. Artículo 47ºb) 10Reglamento SUNASS. Artículo 39º. 11Ley General de la SUNASS y su Reglamento, derogados expresamente por elDecreto Supremo Nº 017-2001-PCM el 21 de febrero de 2001.