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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 03 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2005 (03/12/2005)

CANTIDAD DE PAGINAS: 84

TEXTO PAGINA: 37

PÆg. 305511 NORMAS LEGALES Lima, sábado 3 de diciembre de 2005 3. ÁMBITO DE APLICACIÓN La presente Directiva Administrativa es de cumplimiento obligatorio en las Direcciones de Salud II Lima Sur, III Lima Norte, y IV Lima Este, y las respectivas Direcciones de Redes de Salud involucradas en laResolución Ministerial Nº 689-2005/MINSA, así como en el SIS, PAAG y las Direcciones Generales y Oficinas Generales del Ministerio de Salud, 4. BASE LEGAL - Ley Nº 27658 - Ley Marco de Modernización de la Gestión del Estado. - Ley Nº 27783 - Ley de Bases de la Descentralización. - Ley Nº 27657 - Ley del Ministerio de Salud. - Resolución Ministerial Nº 689-2005/MINSA.- Resolución Ministerial Nº 826-2005/MINSA. 5. DISPOSICIONES GENERALES5.1 Las Direcciones de Salud y Direcciones de Red de Salud, cuyos ámbitos jurisdiccionales han sidomodificados por la Resolución Ministerial Nº 689-2005/ MINSA, continuarán desarrollando hasta el 31 de diciembre de 2005, las siguientes acciones para elcumplimiento de sus objetivos funcionales: a) Ejecución del Plan Operativo institucional. b) Ejecución y Evaluación del Presupuesto. c) Suministro de productos farmacéuticos y afines (fondo rotatorio-SISMED y otros). d) Pago a personal (personal nombrado) y demás acciones de personal. e) Los contratos de servicios no personales.f) La fiscalización y vigilancia Sanitaria. g) La ejecución de fondos por la modalidad de encargos. h) El manejo de la Información de SME (supervisión médica electrónica periférica). i) Brindar atención integral en los establecimientos de salud que conforman las Microrredes y Redes de Salud j) Vigilancia Epidemiológica en Salud Pública, respuesta oportuna y adecuada ante brotes epidémicosy otras emergencias y Análisis de Situación de Salud. k) Reembolso del consumo de medicamentos por la atención de los pacientes SIS. l) Reembolso del consumo de medicamentos de soporte. m) Determinar el número de casos por cada Intervención Sanitaria definidas por la DGSP, teniendo en cuenta la información citada en el literal a) del numeral 6.1.1.4 y comunicar a la DISA destino, a DIGEMID, DGSPy al PAAG de los casos a transferirse para el suministro de medicamentos estratégicos y de soporte. n) Otras derivadas de las anteriores. 5.2 El SIS gestionará los recursos necesarios para efectuar el adelanto de las remesas hasta el mes dediciembre 2005. 5.3 La Oficina General de Administración dará conformidad a la solicitud de adelanto de las entregascorrespondientes a la Licitación Pública Nº 0005-2004 (segunda compra nacional) para que sean ejecutadas en el presente año. 5.4 Los Directores Generales de las Direcciones Generales y Oficinas Generales del Ministerio de Salud, quedan autorizados para ejecutar las accionesnecesarias a fin de que las actividades señaladas en numeral 5.1, continúen desarrollándose hasta el 31 de diciembre del 2005, brindando las facilidades y asistenciatécnica necesarias. 6. DISPOSICIONES ESPECÍFICAS6.1 Los Directores Generales de las Direcciones Generales y Oficinas Generales del Ministerio de Salud,Direcciones de Salud: II Lima Sur, III Lima Norte y IV Lima Este, dispondrán las medidas necesarias para que las actividades que a continuación se detallan seimplementen correctamente a partir del primer día útil del 2006, en los ámbitos jurisdiccionales a las que fueron adscritas:6.1.1Actividades de Gestión 6.1.1.1 Actualización del ROF y CAP a) La DISA II Lima Sur, La DISA III Lima Norte y La DISA IV Lima Este, deberán presentar a la Oficina General de Planeamiento Estratégico, el Reglamento de Organización y Funciones - ROF actualizado,dentro los quince días útiles de aprobada la presente directiva. b) La Oficina General de Planeamiento Estratégico deberá efectuar la revisión y análisis del documento presentado, priorizando su aprobación. c) El referido documento de gestión, se implementará a partir del día siguiente de la publicación de la Resolución Ministerial que lo aprueba, proyectando inmediatamente el respectivo Cuadro para Asignaciónde Personal - CAP. 6.1.1.2 Modificación del Plan Operativo Institucional y Presupuesto a) Las Direcciones de Redes de Salud involucradas en la Resolución Ministerial Nº 689-2005/MINSA, deberán formular su Plan Operativo 2006 de acuerdo a lo establecido en la Guía para la Formulación de losPlanes Operativos 2006 de las entidades y dependencias del MINSA, el mismo que deberá tener opinión técnica para su aprobación, de la DISA a la quefue transferida. b) La Oficina General de Planeamiento Estratégico deberá efectuar la revisión y análisis de los PlanesOperativos presentados, priorizando su aprobación. c) Las Unidades Ejecutoras involucradas en la Resolución Ministerial Nº 689-2005/MINSA presentarána la Oficina General de Planeamiento Estratégico del MINSA, la documentación sustentatoria y el análisis detallado del presupuesto por Fuente de Financiamientoy Grupo Genérico de Gasto (a nivel de microrredes o establecimientos de salud) para la entrega y recepción de las nuevas jurisdicciones a más tardar el 16 dediciembre del presente año. d) Las Unidades Ejecutoras involucradas en dicha resolución están facultades a mantener los procesosiniciados, con cargo a presentar las modificaciones presupuestarias pertinentes a más tardar el 6 de enero del año 2006. e) La Oficina General de Planeamiento Estratégico deberá efectuar la revisión y análisis de los documentos presentados, que permitan sustentar las modificacionespresupuestarias entre Unidades Ejecutoras, según la Normatividad presupuestal vigente. 6.1.1.3 Transferencia de Proyectos de Inversión Los Directores Generales de la DISA II Lima Sur, DISA III Lima Norte y DISA IV Lima Este, designaránequipos de trabajo integrados por personal especializado de las Oficinas Ejecutivas de Planeamiento Estratégico, para que prevean las acciones necesarias destinadas atransferir los proyectos de inversión en proceso, debiendo: a) Identificar los perfiles de inversiones inconclusos y observados. b) Elaborar un cronograma de trabajo conjunto, para levantar las observaciones y concluir con los perfiles inconclusos. c) Asimismo deberán determinar los perfiles cuyas observaciones o conclusión se levantarán o concluirán en el 2006, en este caso deberá proveerse la información necesaria para dichas actividades. d) Levantar un acta de Acuerdo entre DISAs, que contemple las acciones detalladas en los literales precedentes y las especificaciones complementarias queresulten necesarias para la mejor ejecución de la presente Directiva, respetando el marco legal vigente, debiendo enviar un ejemplar de dicha acta a la OficinaGeneral de Planeamiento Estratégico. 6.1.1.4 Suministro de Medicamentos, Insumos y Drogas Los Directores Generales de la DISA II Lima Sur, DISA III Lima Norte y DISA IV Lima Este deben: