Norma Legal Oficial del día 16 de diciembre del año 2005 (16/12/2005)


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TEXTO DE LA PÁGINA 20

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NOMBRE DE LA EMBARCACION MORDAZA A NUMERO OFICIAL P-00-0740 INDICATIVO INTERNACIONAL -----------

NORMAS LEGALES
ARQUEO CAP. TAMANO SIST. DE NETO BOD. DE PRESERV. (m3) MALLA 115.43 455.94 110 mm. RSW

MORDAZA, viernes 16 de diciembre de 2005

Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA VERTIZ MORDAZA Director Nacional de Extraccion y Procesamiento Pesquero 21244

Articulo 2º.- El permiso de pesca a que se refiere el articulo anterior, caducara automaticamente al vencer el plazo establecido en el citado articulo, por el cumplimiento de la cuota de esfuerzo pesquero que fije el Ministerio de la Produccion para la temporada de pesca. El permiso de pesca otorgado a traves de la presente resolucion, podra ser renovado automaticamente por un periodo igual con el pago de los correspondientes derechos de pesca, siempre que se mantenga la vigencia de los requisitos presentados para la obtencion del permiso de pesca, conforme a lo establecido en numeral 7.3 del Reglamento de Ordenamiento Pesquero del Atun. Articulo 3º.- Las operaciones que se autorizan a traves de la presente resolucion estan sujetas a las disposiciones establecidas en el Reglamento de Ordenamiento Pesquero del Atun, aprobado por Decreto Supremo Nº 032-2003-PRODUCE, asi como las normas sobre sanidad y medio ambiente y demas que le MORDAZA aplicables. Articulo 4º.- El inicio de las operaciones de pesca de la embarcacion pesquera a que se refiere el articulo 1º de la presente Resolucion Directoral, esta condicionado a efectuarse la inspeccion tecnica de la embarcacion y llevar a bordo a un Tecnico Cientifico de Investigacion del IMARPE (TCI), encargado de efectuar las investigaciones cientificas y apoyo en el control de las operaciones de pesca, conforme a lo establecido en el numeral 9.1 del articulo 9º del Reglamento de Ordenamiento Pesquero del Atun, aprobado por Decreto Supremo Nº 032-2003-PRODUCE. Articulo 5º.- El armador propietario de la embarcacion materia del presente procedimiento debera contratar como minimo el 30% de tripulantes peruanos, sujetandose al cumplimiento de las disposiciones que les fueran aplicables conforme a la legislacion nacional, de acuerdo a lo dispuesto en el numeral 9.4 del articulo 9º del Reglamento de Ordenamiento Pesquero del Atun aprobado por Decreto Supremo Nº 032-2003PRODUCE. Articulo 6º.- Terminada la vigencia del permiso de pesca otorgada mediante la presente, la empresa pesquera a traves de su representante legal en el MORDAZA, debera entregar mediante declaracion jurada expresa a la Direccion Nacional de Extraccion y Procesamiento Pesquero, la captura realizada por la embarcacion pesquera, por especies y expresada en toneladas. Articulo 7º.- El incumplimiento de lo dispuesto en la presente resolucion, sera causal de caducidad del permiso de pesca o de la aplicacion de las sanciones que pudieran corresponder, segun sea el caso, de conformidad con las disposiciones establecidas en Ley General de Pesca y su Reglamento. Articulo 8º.- La Direccion Nacional de Seguimiento, Control y Vigilancia, efectuara las acciones correspondientes a efecto de vigilar el cumplimiento del derecho administrativo otorgado a traves de la presente resolucion; debiendo informar a la Direccion Nacional de Extraccion y Procesamiento Pesquero, para las acciones a que MORDAZA lugar. Articulo 9º.- La Direccion General de Capitanias y Guardacostas del Ministerio de Defensa, a solicitud de la Direccion Nacional de Seguimiento, Control y Vigilancia del Ministerio de la Produccion, impedira que la embarcacion a que se refiere el articulo 1º abandone aguas jurisdiccionales peruanas, si al finalizar el plazo de vigencia de su permiso de pesca, registrara alguna obligacion pendiente frente al Ministerio de la Produccion, derivada de las obligaciones de pesca autorizada por la presente resolucion. Articulo 10º.- La autorizacion que se otorga por la presente Resolucion no exime al recurrente de los procedimientos administrativos cuya competencia corresponda al Ministerio de Defensa y demas dependencias de la Administracion Publica. Articulo 11º.- Transcribase la presente resolucion directoral a la Direccion General de Capitanias y Guardacostas del Ministerio de Defensa, a la Direccion Regional de MORDAZA y al Instituto MORDAZA del Peru.

RELACIONES EXTERIORES
Autorizan al Ministerio de Trabajo y Promocion del Empleo a efectuar pago por afiliacion a la Organizacion Iberoamericana de Seguridad Social (OISS)
RESOLUCION SUPREMA Nº 324-2005-RE MORDAZA, 15 de diciembre de 2005 VISTO: El Oficio Nº 1117-2005-MTPE/DM, de fecha 21 de MORDAZA de 2005, del Ministerio de Trabajo y Promocion del Empleo solicita al Ministerio de Relaciones Exteriores la expedicion de la Resolucion Suprema que autorice el pago de su afiliacion a la Organizacion Iberoamericana de Seguridad Social (OISS); CONSIDERANDO: Que, la Organizacion Iberoamericana de Seguridad Social (OISS), es un organismo internacional, tecnico y especializado de caracter social que tiene como finalidad promover el bienestar social y economico de los paises iberoamericanos, mediante la coordinacion, intercambio y aprovechamiento de las experiencias mutuas en seguridad social; Que, el Ministerio de Trabajo y Promocion del Empleo, considera necesario afiliarse a dicho organismo, el cual ofrece diversos beneficios a sus agremiados, tales como: asistencia tecnica especializada, acceso a cursos, desplazamiento de expertos, visitas tecnicas, participacion en reuniones tecnicas, grupos de trabajo y comisiones tecnicas permanentes que acrecientan el beneficio mutuo de los flujos de cooperacion y asistencia tecnica internacional; Que, en consecuencia, es necesario autorizar al Ministerio de Trabajo y Promocion del Empleo, a efectuar el pago por concepto de afiliacion a la Organizacion Iberoamericana de Seguridad Social (OISS); Que el articulo 67º numeral 67.3 de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, autoriza a las entidades del Sector Publico a pagar, con cargo a sus respectivos presupuestos, las cuotas del Gobierno Peruano a los organismos internacionales de los cuales el Peru es miembro; Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar al Ministerio de Trabajo y Promocion del Empleo a efectuar el pago de CINCO MIL Y 00/100 DOLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE MORDAZA (US$ 5,000.00), a la Organizacion Iberoamericana de Seguridad Social (OISS), por concepto de afiliacion a dicho organismo. Articulo 2º.- Los gastos que demande lo dispuesto en el articulo precedente, seran financiados con cargo al presupuesto del Ministerio de Trabajo y Promocion del Empleo. Articulo 3º.- La equivalencia en moneda nacional sera establecida segun el MORDAZA de cambio vigente a la fecha de pago. Registrese, comuniquese y publiquese. Rubrica del Dr. MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MAURTUA DE MORDAZA Ministro de Relaciones Exteriores 21295

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