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PÆg. 306294 NORMAS LEGALES Lima, viernes 16 de diciembre de 2005 justicia en forma rápida y eficaz, resulta procedente la petición que se formula; Por tales fundamentos, el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, en uso de sus atribuciones, con arreglo a lo establecido en el inciso 24 del artículo 82º del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial, de conformidad con el informe del señor Consejero Wálter Cotrina Miñano, en sesión ordinaria de la fecha, por unanimidad; RESUELVE:Artículo Primero.- Crear un Juzgado de Paz en el Centro Poblado Chichucancha, con competencia además en los Caseríos de Lanchán, Jato y Shongo, distrito de Chavín de Huantar, provincia de Huari, departamento y Distrito Judicial de Ancash. Artículo Segundo.- Transcríbase la presente resolución al Presidente del Poder Judicial, Oficina Nacional de Apoyo a la Justicia de Paz, Presidencia de la Corte Superior de Justicia de Ancash y a la Gerencia General del Poder Judicial, para su conocimiento y fines consiguientes. Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase.SS.WÁLTER VÁSQUEZ VEJARANOANTONIO PAJARES PAREDESJOSÉ DONAIRES CUBAWÁLTER COTRINA MIÑANOLUIS ALBERTO MENA NÚÑEZ21209 Reubican Juzgado de Paz del distrito de Yarinacocha al Centro Poblado San JosØ, provincia de Coronel Portillo RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA Nº 232-2005-CE-PJ Cusco, 28 de octubre del 2005 VISTOS:El Oficio 0557-2005-P-CSJUC/PJ, cursado por el Presidente de la Corte Superior de Justicia de Ucayali y el Informe Nº 078-2005-SEP-GP-GG-PJ, remitido por la Gerencia General del Poder Judicial; y, CONSIDERANDO:Que, mediante Resolución Administrativa Nº 828- CME-PJ de fecha 21 de diciembre de 1998, se creó el Juzgado de Paz Letrado del distrito de Yarinacocha, provincia de Coronel Portillo, departamento y Distrito Judicial de Ucayali, disponiéndose su puesta en funcionamiento a partir del 15 de noviembre del 2004 por Resolución Administrativa Nº 202-2004-P-CSJUC/PJ; Que, al encontrarse en funcionamiento un Juzgado de Paz Letrado en el distrito de Yarinacocha, el Presidente de la Corte Superior de Justicia de Ucayali remite a este Órgano de Gobierno propuesta de reubicación del Juzgado de Paz del mencionado distrito al Centro Poblado San José, atendiendo la solicitud presentada por pobladores de la localidad; Que, la petición se fundamenta en que el Centro Poblado San José, ubicado en el distrito de Yarinacocha, tiene población aproximada de 978 habitantes, así como en la necesidad de contar con una autoridad judicial, teniendo en cuenta que el órgano jurisdiccional más cercano se encuentra ubicado en la capital del distrito, a 5 kilómetros de distancia; por cuya razón no tiene acceso a un oportuno servicio de administración de justicia; Que, el Informe Nº 078-2005-SEP-GP-GG-PJ remitido por la Gerencia General del Poder Judicial, concluyeque es factible la reubicación del Juzgado de Paz del distrito de Yaricocha al Centro Poblado San José del mismo distrito; Que, por el número de habitantes a los que beneficiaría el Juzgado de Paz y siendo objetivo principal de este Poder del Estado el administrar justicia en forma rápida y eficaz, resulta procedente la petición que se formula; Por tales fundamentos, el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, en uso de sus atribuciones, con arreglo a lo establecido en el inciso 25 del artículo 82º del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial, de conformidad con el informe del señor Consejero José Donaires Cuba, en sesión ordinaria de la fecha, por unanimidad; RESUELVE:Artículo Primero.- Reubicar el Juzgado de Paz del distrito de Yarinacocha al Centro Poblado San José del mismo distrito, provincia de Coronel Portillo, departamento y Distrito Judicial de Ucayali. El mencionado órgano jurisdiccional tendrá competencia sobre los caseríos Once de Agosto, Dos de Mayo, El Triunfo, San Lorenzo, San Luis, Santa Isabel, Lacre, Santa Rosa, Mariscal Sucre, San Juan, San Salvador, Los Angeles, Pueblo Libre, Porvenir, Bellavista, Leoncio Prado e Iputía. Artículo Segundo.- Transcríbase la presente resolución al Presidente del Poder Judicial, Oficina Nacional de Apoyo a la Justicia de Paz, Presidencia de la Corte Superior de Justicia de Ucayali y a la Gerencia General del Poder Judicial para sus conocimientos y fines consiguientes. Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase.SS.WÁLTER VASQUEZ VEJARANOANTONIO PAJARES PAREDESJOSÉ DONAIRES CUBAWÁLTER COTRINA MIÑANOLUIS ALBERTO MENA NÚÑEZ21206 Crean Juzgado de Paz en el caserío San Pedro, distrito de Namballe, provincia de San Ignacio, Distrito Judicial de Lambayeque RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA Nº 233-2005-CE-PJ Cusco, 28 de octubre del 2005 VISTOS: El Oficio Nº 875-2004-P-CSJLA/PJ, cursado por el Presidente de la Corte Superior de Justicia de Lambayeque y el Informe Nº 155-2004-SEP-GP-GG- PJ, remitido por la Gerencia General del Poder Judicial; y, CONSIDERANDO: Que, el Presidente de la Corte Superior de Justicia de Lambayeque, remite a este Órgano de Gobierno propuesta de creación de un Juzgado de Paz en el caserío San Pedro, distrito de Namballe, provincia de San Ignacio, departamento de Cajamarca, Distrito Judicial de Lambayeque; a solicitud de las autoridades de la mencionada localidad; Que, la petición se fundamenta en tener población aproximada de 1,835 habitantes conjuntamente con los caseríos de Pueblo Libre, La Unión, Ramón Castilla, San Lorenzo, Pampa Verde, Linderos, Miracasa, Tres de